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El Peruano Viernes 5 de junio de 2015 554119 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a dos (02) militares de los Estados Unidos de América, del 5 de junio al 1 de agosto de 2015, con la fi nalidad de reunirse con miembros del Comando de Inteligencia y Operaciones Especiales Conjuntas de las Fuerzas Armadas del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1246534-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 484-2015 DE/SG Lima, 3 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 369 del 13 de mayo de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Oficio G.500-2390, del 29 de mayo de 2015, el Secretario del Comandante General de la Marina, por especial encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 5 al 20 de junio de 2015, con la fi nalidad de realizar una encuesta sobre higiene industrial en las instalaciones del Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos de América (NAMRU-6), en las ciudades de Lima e Iquitos; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a dos (02) militares de los Estados Unidos de América, del 5 al 20 de junio de 2015, con la fi nalidad de realizar una encuesta sobre higiene industrial en las instalaciones del Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos de América (NAMRU-6), en las ciudades de Lima e Iquitos. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1 Modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209 1246534-2 EDUCACION Modifican Anexo de la R.M. Nº 271-2015- MINEDU, que contiene el cronograma de los Concursos Públicos de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial y de Contratación Docente en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 289-2015-MINEDU Lima, 4 de junio de 2015 Vistos, el Informe N° 261-2015-MINEDU/VMPG- DIGEDD-DIED, y el Informe N° 292-2015-MINEDU/SG- OGAJ, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planifi car, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la carrera pública magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confi abilidad; Que, el artículo 19 de la referida Ley señala que, el Ministerio de Educación autoriza, cada dos años, la convocatoria para el concurso público de ingreso a la Carrera Pública Magisterial; Que, el artículo 77 del citado dispositivo legal, señala que el Ministerio de Educación defi ne la política sectorial de contratación docente. Asimismo, el artículo 209 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº 004- 2013-ED, establece que el Ministerio de Educación emitirá las normas de procedimiento para contratación de profesores, las que son de obligatorio cumplimiento a nivel nacional por las instancias de gestión educativa descentralizada; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 021- 2015-MINEDU, se aprobó la Norma Técnica denominada “Norma que regula los Concursos Públicos de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial y de Contratación Docente en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, la cual contiene disposiciones para la organización, implementación y ejecución de los referidos concursos; así como, sus etapas, instrumentos de evaluación y acciones que involucran a las diversas instancias de gestión educativa descentralizada en el marco de los citados concursos; Que, asimismo, con Resolución Ministerial N° 271- 2015-MINEDU, se convocó a los Concursos Públicos de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial y de Contratación Docente en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, aprobándose el cronograma correspondiente a dichos concursos, en el cual se estableció que el procedimiento de inscripción de postulantes se debía realizar del 25 de mayo al 5 de junio de 2015;