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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (05/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 13

El Peruano Viernes 5 de junio de 2015 554123 Que, el Perú es miembro del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífi co APEC desde el año 1998. Dicho Foro cuenta con 21 miembros (Australia, Brunéi, Canadá, Indonesia, Japón, Corea del Sur, Malasia, Nueva Zelanda, Filipinas, Singapur, Tailandia, Estados Unidos, China Taipéi, Hong Kong, China, México, Papúa Nueva Guinea, Chile, Perú, Rusia, Vietnam), incluyendo todas las principales economías de la Región y algunas de las economías de más rápido crecimiento y más dinámicas del mundo; Que, mediante Resolución Suprema N° 061-2014- RE con fecha 24 de abril de 2014 se declara de interés nacional el ejercicio por el Perú de la Presidencia del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífi co (APEC) durante el año 2016, incluyendo la realización de la XXIV Cumbre de Líderes de dicho Foro y los eventos conexos que se llevarán a cabo los años 2014, 2015 y 2016, reuniones Ministeriales, reuniones Ministeriales Sectoriales, encuentros preparatorios de las reuniones Ministeriales, diálogos de Alto Nivel, reuniones de Altos Funcionarios, reuniones de los Grupos de Trabajo; reuniones de los Grupos de Tarea, diálogos Público-Privados, reuniones de Comités, Subcomités, Grupos de Expertos, reuniones del Consejo Consultivo Empresarial, Cumbre Empresarial de APEC; así como los seminarios, simposios y talleres nacionales e internacionales preparatorios de la agenda para la Presidencia peruana APEC 2016; Que, el Informe N° 015-2015-PRODUCE/DVMYPE-I/ MAP del Despacho Viceministerial MYPE e Industria señala que la participación del funcionario del Sector en el evento “The 40th APEC Small and Medium Enterprises Working Group and Related Meetings” es de gran importancia, toda vez que los participantes tendrán la oportunidad de intercambiar información para la creación de una red de contactos al más alto nivel, lo que permitirá afi anzar los lazos de cooperación técnica entre las economías de los países miembros en temas tales como: la innovación tecnológica, el desarrollo productivo, las barreras institucionales al comercio y la diversifi cación productiva; con el fi n de aportar al descubrimiento y desarrollo de los nuevos motores de crecimiento en nuestro país; Que, asimismo, el Informe citado en el considerando precedente refi ere que la participación del funcionario en el evento “The 40th APEC Small and Medium Enterprises Working Group and Related Meetings”, como punto Focal Alterno de APEC en representación del Ministerio de la Producción, permitirá generar conocimientos técnicos especializados, que serán necesarios para la organización y gestión de futuras reuniones de APEC en el Perú, tales como, la APEC-Perú 2016. Además, que propiciará un Grupo de Trabajo (41th SMEWG) previo a la Reunión del APEC-Filipinas en setiembre 2015; Que, de acuerdo al Informe citado, el viaje que realizaría el señor José Manuel Azañero Saona, Asesor del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, del 07 al 12 de junio de 2015, a fi n de participar en el evento “The 40th APEC Small and Medium Enterprises Working Group and Related Meetings”, irrogará gasto al Estado peruano; Que, la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, establece los casos excepcionales en que procede la autorización de viaje al exterior de los funcionarios y servidores públicos con cargo a recursos públicos, entre otros supuestos, cuando los viajes se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, la fi nalidad del viaje se enmarca dentro del supuesto de excepción citado en el considerando precedente, el mismo que se encuentra establecido en el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30281, conforme al análisis técnico efectuado en el Informe N° 015-2015-PRODUCE/DVMYPE-I/MAP del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, toda vez que el viaje propuesto se relaciona con las negociaciones económicas y acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, estando al itinerario remitido, corresponde autorizar el viaje del señor José Manuel Azañero Saona, Asesor del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, del 07 al 12 de junio de 2015 a la ciudad de Atlanta, Estado de Georgia, Estados Unidos de América; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y de las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, Administración, Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; Las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modifi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; y, la Directiva General Nº 007- 2009-PRODUCE, Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción, aprobada por Resolución Ministerial Nº 296- 2009-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor JOSÉ MANUEL AZAÑERO SAONA, Asesor del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, a la ciudad de Atlanta, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, del 7 al 12 de junio de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de la Producción, debiendo presentar el funcionario comisionado la rendición de cuentas en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes aéreos (FEE) : $ 2,268.64 - Viáticos US$ 440.00 x 4 días : $ 1,760.00 - Un día de instalación : $ 440.00 -------------- $ 4,468.64 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario comisionado deberá presentar al Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, con copia a las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Recursos Humanos. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y derechos de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1246538-1 Designan Secretaria del Consejo Directivo del ITP INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 37-2015-ITP/DE Callao, 4 de junio de 2015 VISTO: La Carta s/n de fecha 28 de mayo de 2015, presentada por la señora Rossana Elvia Cerrón Meza; y el Acuerdo N° SO 041-10-2015-ITP/CD de fecha 28 de mayo de 2015, correspondiente a la Sesión Ordinaria N° 10-2015-ITP/ CD, y; CONSIDERANDO: Que, por el numeral 1 del Acuerdo N° SO 95-11-2014- ITP/CD de fecha 18 de junio de 2014, correspondiente a la Sesión Ordinaria N° 11-2014-ITP/CD, se aprobó encargar a la señora Rossana Elvia Cerrón Meza, Jefa de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica la Secretaria del Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP):