TEXTO PAGINA: 5
El Peruano Jueves 18 de junio de 2015 555339 cuyo texto en Anexo 01 forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, el cual tendrá vigencia de un (1) año calendario. Artículo 2.- Las autorizaciones de caza con fi nes deportivos deberán indicar el nombre científi co y el nombre común del especimen; la cantidad autorizada; el monto de pago por derecho de aprovechamiento; y, la ubicación geográfi ca (localidad, distrito, provincia y departamento) donde se realizará la caza. Artículo 3.- Los especímenes cazados deberán ser transportados portando la Guía de Transporte de Fauna Silvestre, el cual deberá contener, adicionalmente, el número de la Resolución expedida por la Autoridad Forestal y de Fauna Silvestre competente que autorizó la caza. Artículo 4.- Los calibres mínimos de las armas de fuego para la caza deportiva, es conforme al detalle descrito en el Anexo 02 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- Las prohibiciones relacionadas con la caza deportiva, aparecen en el Anexo 03 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Finalizada la caza, los cazadores deportivos informarán a la Autoridad Forestal y de Fauna Silvestre competente sobre la cantidad de ejemplares cazados. Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe), y, en los Portales Institucionales del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe), y del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego Anexo 01: Calendario de Caza Deportiva de Especies No Amenazadas Año 2015 fuera de ANP Clase Familia Nombre Científi co Nombre Común Época de caza Ámbito (ATFFS o GORE según sea el caso) Cuota máxima/ por ámbito Cuota máxima/ cazador/ autorización Cantidad máxima Nº ejemplares Pago por derecho de aprovechamiento por ejemplar (S/.) Categoría de autori- zación Español Inglés AVES * Tinamidae Nothoprocta pentlandii Perdiz serrana Andean tinamou 01 setiembre - 31 enero Ancash 80 8 1000 3.00 1 Apurímac 80 Arequipa 80 Ayacucho 80 Cajamarca 80 Cusco 80 Huánuco 80 Ica 80 La Libertad 60 Lima 60 Moquegua-Tacna 80 Puno 80 Sierra Central 80 AVES * Tinamidae Nothoprocta ornata Perdiz coordillerana Ornate tinamou 01 setiembre - 31 enero Ancash 50 8 400 3.00 1 Cajamarca 50 La Libertad 50 Sierra Central 150 Ayacucho 100 AVES * Anatidae Anas bahamensis Pato gargantillo White Cheecked Pintail 01 mayo - 30 noviembre Ancash 100 10 1000 6.00 2 Arequipa 140 Ica 140 La Libertad 100 Lambayeque 100 Lima 120 Moquegua-Tacna 100 Piura 100 Tumbes 100 AVES * Anatidae Anas cyanoptera Pato acanelado Cinammon teal 01 mayo - 30 noviembre Ancash 270 20 3000 6.00 2 Arequipa 270 Cusco 280 Ica 270 La Libertad 270 Lambayeque 270 Lima 270 Moquegua-Tacna 270 Piura 275 Puno 280 Tumbes 275 AVES * Anatidae Anas fl avirostris Pato sutro Speckled teal 01 mayo - 30 noviembre Ancash 160 20 2000 6.00 2 Apurímac 200 Arequipa 200 Ayacucho 190 Cajamarca 160 Cusco 200 Huánuco 190 La Libertad 160 Moquegua-Tacna 150 Puno 200 Sierra Central 190