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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (18/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Jueves 18 de junio de 2015 555350 para reaccionar con oportunidad ante situaciones de emergencia; Que, las reuniones anuales del SICOFAA son eventos planifi cados el año anterior a su ejecución, que buscan la implementación de mecanismos de cooperación internacional mutua; intercambio de experiencias, medios, entrenamiento e instrucción de personal y todo aquello que facilite la elaboración de procedimientos para actuar en forma integrada, durante situaciones de emergencia para proporcionar ayuda humanitaria a través de los medios aéreos de cada país; Que, con SITFAGRAMA FAM ABRIL 2015 el Ofi cial de Enlace SICOFAA de la Fuerza Aérea de México, ha programado la realización de la LV Conferencia de Jefes de las Fuerzas Aéreas Americanas (LV CONJEFAMER), en la ciudad de México D.F – Estados Unidos Mexicanos, En esta Conferencia los Comandantes de las Fuerzas Aéreas de América fi rmarán documentos normativos y defi nitivos aprobados por los Jefes asistentes; Que, dentro del ámbito de competencia de la Fuerza Aérea del Perú, es conveniente para los intereses nacionales e institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de México D.F – Estados Unidos Mexicanos, del Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva, para que participe en la LV Conferencia de Jefes de las Fuerzas Aéreas Americanas (LV CONJEFAMER), del 22 al 25 de junio de 2015; por cuanto permitirá emitir opinión y plasmar acuerdos y procedimientos favorables a la FAP, orientados a las operaciones aéreas de aeronaves en el Perú durante emergencias y desastres naturales (Operaciones de Ayuda Humanitaria), así como también cumplir en su totalidad con la Agenda de Trabajo formulada en la LV PREPLAN, redundando en benefi cio de las poblaciones vulnerables del Perú, expuestas a sufrir las consecuencias de los desastres naturales; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2015, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación del personal designado durante la totalidad de la referida comisión, resulta necesario autorizar su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que este día adicional irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002- 2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015- DE del 28 de enero de 2015 que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de México D.F – Estados Unidos Mexicanos, del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que participe en LV Conferencia de Jefes de las Fuerzas Aéreas Americanas (LV CONJEFAMER), del 22 al 25 de junio de 2015; así como autorizar su retorno el 26 de junio 2015: General del Aire DANTE ANTONIO AREVALO ABATE NSA: O-9317774 DNI: 43585532 Coronel FAP GREGORIO CESAR MENDIOLA LOMPARTE NSA: O-9478083 DNI: 43369147 Mayor FAP ALAND RENATO PUCCE DE LA FUENTE CHAVEZ NSA: O-9659596 DNI: 43597051 Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2015, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - México D.F. (Estados Unidos Mexicanos) - Lima: US$ 1309.03 x 03 personas (Incluye TUUA) = US$ 3,927.09 Viáticos: US$ 440.00 x 04 días x 03 personas = US$ 5,280.00 ------------------- Total a pagar = US$ 9,207.09 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1252529-3 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del pliego Autoridad Nacional del Agua DECRETO SUPREMO Nº 139-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional de los pliegos 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria y 164: Autoridad Nacional del Agua; Que, a través de la Ley N° 30283, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprueba, entre otros, los montos máximos y destinos generales de las operaciones de endeudamiento externo e interno que puede acordar el Gobierno Nacional para el sector público durante el Año Fiscal 2015; Que, el numeral 4.3 del artículo 4 de la Ley N° 30282, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, establece que, cuando luego de la evaluación periódica de los recursos previstos en la fuente de fi nanciamiento recursos por operaciones ofi ciales de crédito considerados en el artículo 1 de la referida Ley, resulte necesario realizar modifi caciones