Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2015 (25/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano Jueves 25 de junio de 2015

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- Que, el numeral 36.1) del artículo 36º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General dispone que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen, exclusivamente, en el caso de gobiernos locales, a través de la expedición de la Ordenanza Municipal correspondiente, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). - Que, el numeral 36.3 del artículo 36º de la precitada Ley del Procedimiento Administrativo General determina que: "Las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, según se trate de entidades dependientes del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales, respectivamente". - Que, el numeral 38.5) del artículo 38º de la Ley Nº 27444 señala que: "Una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno respectivo"; Que, con Informe Nº 97-2015-GAJ-MDC, de fecha 10 de junio de 2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica indica lo que a continuación se enuncia: - Del Informe emitido por la Subgerencia de Planeamiento y Desarrollo Institucional se aprecia que de las variaciones efectuadas en concordancia a lo anotado en la Ley Nº 29090 y sus modificatorias significan que debe modificarse el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Municipalidad toda vez que contempla los procedimientos y servicios prestados a los ciudadanos de este distrito por lo que debe modificarse el documento de gestión antes glosado a través del Decreto de Alcaldía correspondiente. Estando a lo expuesto y en atención a las facultades conferidas en los artículos 20º inciso 6), 39º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la ADECUACIÓN y MODIFICACIÓN delTEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA, (aprobado mediante la Ordenanza Nº 137-2011-MDC y ratificado por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 1042-2011-MML, así como sus modificatorias posteriores efectuadas mediante los respectivos Decretos de Alcaldía), con la finalidad de dar cumplimiento a lo indicado en la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificada por la Ley Nº 29476, Ley que modifica y complementa la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, asimismo las modificaciones establecidas mediante la Ley Nº 30230, Ley que Establece Medidas Tributarias, Simplificación de Procedimientos y Permisos para la Promoción y Dinamización de la Inversión en el País y la Ley Nº 30228, Ley que Modifica la Ley Nº 29022, Ley para la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones y en el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y su nueva Estructura Orgánica aprobada mediante la Ordenanza Nº 218-2015MDC;en el marco de lo establecido en el numeral 36.3 del artículo 36º y en el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, conforme al Anexo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ACTUALIZAR el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) 2011 de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA, con las modificaciones mencionadas en el Artículo precedente. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, la publicación

Dado en Ayacucho, en la sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los 30 días del mes de diciembre del año dos mil catorce. WILFREDO OSCORIMA NÚÑEZ Presidente Gobierno Regional Ayacucho 1254463-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Aprueban la adecuación y modificación del TUPA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2015-A-MDC Cieneguilla, 15 de Junio de 2015. VISTOS: El Informe Nº 001-2015-SGPDI-GPP/MDC, de fecha 10 de junio de 2015, de la Subgerencia de Planeamiento y Desarrollo Institucional y el Informe Nº 97-2015-GAJMDC, del 10 de junio de 2015, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, a través de los cuales se remite la Propuesta de Adecuación, Modificación y Actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (aprobado mediante Ordenanza Nº 137-2011-MDC, ratificado por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 1042-2011-MML y sus modificatorias posteriores mediante Decretos de Alcaldía). CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 001-2015-SGPDI-GPP/ MDC, de fecha 10 de junio de 2015, la Subgerencia de Planeamiento y Desarrollo Institucional señala lo que a continuación se detalla: - La Ordenanza Nº 137-2011-MDC, emitida el 21 de julio del año 2011 y ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 1042MML, de fecha 22 de septiembre 2011, la Municipalidad Distrital de Cieneguilla aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta jurisdicción, el mismo que fue adecuado, modificado y actualizado por las normas que a continuación se enuncian: - Decreto de Alcaldía Nº 001-2012-A-MDC, del 17 de enero de 2012, Decreto de Alcaldía Nº 003-2012-A-MDC, del 13 de abril 2012, Decreto de Alcaldía Nº 001-2013-AMDC, del 02 de enero de 2013, Decreto de Alcaldía Nº 0022014-A-MDC, del 30 de enero de 2014, Decreto de Alcaldía Nº 009-2014-A-MDC, del 12 de noviembre de 2014 y por el Decreto de Alcaldía Nº 001-2015-A-MDC, del 28 de enero de 2015; en cumplimiento a lo establecido en el numeral 36.3 del artículo 36º y en el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. - Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Corporación Edil no contempla en su totalidad las modificaciones efectuadas en la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificado a su vez por la Ley Nº 29476, Ley que Modifica y Complementa la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y por la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento a través de la Ley Nº 30230, Ley que Establece Medidas Tributarias, Simplificación de Procedimientos y Permisos para la Promoción y Dinamización de la Inversión en el País. Igualmente, se aprecia que no contempla lo establecido en la Ley Nº 30228, Ley que modifica la Ley Nº 29022, Ley para la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones y en el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y su nueva estructura orgánica, aprobada mediante la Ordenanza Nº 218-2015-MDC.

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