Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2015 (25/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano Jueves 25 de junio de 2015

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CONSIDERANDO: Que, el artículo 62 de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado, señala en el inc.b), que es función de los Gobiernos Regionales: "b) Realizar los actos de inmatriculación, saneamiento, adquisición, enajenación, administración y adjudicación de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal." Que, en virtud de lo establecido en la Resolución Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de fecha 26 de mayo de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de Arequipa las que se encuentran establecidas en los incisos a), b) y c) del artículo 62 de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA establecen las normas que regulan el ámbito, organización, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Que, el artículo 38 del Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, señala: "Artículo 38.- Del procedimiento de aprobación La primera inscripción de dominio de predios estatales, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, será sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la SBN de acuerdo a sus respectivas competencias. La resolución que dispone la primera inscripción de dominio del predio del Estado, deberá publicarse por única vez en el Diario Oficial "El Peruano" y, un extracto, en un diario de mayor circulación en la Región en que se encuentre el predio. La inscripción de los bienes del Estado de dominio público y de dominio privado se efectuará en el Registro de Predios a favor del Estado". Que, de conformidad con lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, el presente procedimiento, se encuentra regulado por las Directivas vigentes sobre la materia. Que, según se desprende del Informe Técnico Legal Nº 015-2015-GRA-OOT, Informes Nros. 1184 y 11852014-GRA/OOT, emitidos por la Oficina de Ordenamiento Territorial, se tiene que se ha seguido el procedimiento establecido y que se cuenta con los requisitos exigidos en la norma. Que, en virtud de lo señalado y de la documentación acompañada, es procedente que el Gobierno Regional de Arequipa, emita la resolución correspondiente a fin de que se inscriba en primera de dominio a favor del Estado, el terreno eriazo de dominio privado de 0.5093 Has., ubicado en el sector de 04 de Agosto, distrito de Yanaquihua, provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa. Que, la presente resolución es visada por el abogado y arquitecto que suscribieron el informe técnico legal del presente procedimiento. Con Informe Nº 951-2015-GRA/ORAJ emitido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867, Ley N° 27444, Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 012-2015-GRA/PR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado, de un terreno eriazo de dominio privado de 0.5093 Has., ubicado en el sector de 04 de Agosto, distrito de Yanaquihua, provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa; conforme a los documentos técnicos que sustentan la presente resolución y que son parte integrante de la misma. Articulo 2º.- Disponer que la presente resolución sea publicada por única vez en el Diario Oficial "El Peruano"

Que, en mérito de las funciones transferidas se emitió la Resolución Gerencial General Regional N° N° 3362014-GRA/PR-GGR que dispone la Primera Inscripción de dominio a favor del Estado del área de 0.5000 Has. Ubicado en el sector 4 de Agosto, distrito de Yanaquihua, provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa, el mismo que ha sido inscrito en la Partida Registral N° 12023787 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XII Sede Arequipa. Que, conforme se señala en los Informes Nros. 1154 y 1182-2015-GRA/OOT el terreno antes descrito se encontraba destinado a la Construcción del Establecimiento Estratégico ­ Hospital de Yanaquihua. Sin embargo el Ministerio de Cultura ha advertido que parte del terreno se encuentra comprometido con restos arqueológicos. Esta situación imposibilita que sobre este terreno pueda realizarse construcciones. Se señala también en los referidos informes, teniendo en cuenta que el área sobre la cual se ha encontrado restos arqueológicos es de 0.4650 Has., y no sobre la totalidad de terreno inscrita en la Partida Registral N° 12023787, proponen que se reduzca el área inscrita debiendo quedar registrada únicamente el área que sobre la cual se ha encontrado restos arqueológicos. Que, estando a lo señalado y teniendo en cuenta que la situación referida permitirá tener plenamente identificada el área sobre la cual existen restos arqueológicos, es procedente modificar la Resolución Gerencial General Regional N° 336-2014-GRA/PR-GGR, reduciéndose el área a 0.4650 Has. Con Informe Nº 950-2015-GRA/ORAJ emitido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867, Ley N° 27444, Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 012-2015-GRA/PR; SE RESUELVE: Articulo 1º.MODIFICAR el artículo 1° de la Resolución Gerencial General Regional N° 336-2014GRA/PR-GGR, quedando redactada de la siguiente manera: "Artículo 1°.- Disponer la Primera Inscripción de dominio a favor del Estado Peruano del terreno eriazo de dominio privado de 0.4650 Has., ubicado en el sector 4 de Agosto, distrito de Yanaquihua, provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa, conforme a los documentos técnicos que sustentan la presente resolución y que son parte integrante de la misma." Articulo 2º.- Ratificar la Resolución Gerencial General Regional N° 336-2014-GRA/PR-GGR, en lo demás que contiene. Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa, a los diecisiete (17 ) días del mes de junio del Dos Mil Quince. Regístrese y comuníquese EDMER TRUJILLO MORI Gerente General Regional 1254474-1

Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno eriazo de dominio privado, ubicado en el departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 103-2015-GRA/GGR VISTO: El Expediente Nº 015-2014, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado de un terreno eriazo ubicado en el distrito de Yanaquihua, provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa.

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