Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2015 (02/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Lunes 2 de marzo de 2015

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N° 659-2008-OS/CD o la que la sustituya. La propuesta debe incluir un conjunto de Acometidas MORDAZA que cubra los requerimientos de los Consumidores regulados. b. Los Topes Maximos y cargos de mantenimiento a que se refiere el parrafo precedente, se aplicaran desde el dia siguiente de su publicacion hasta que concluya la vigencia de la tarifa de distribucion de gas natural por red de ductos que se este aplicando en la nueva concesion. c. Los cobros por Corte y Reconexion seran fijados por Osinergmin para las nuevas concesiones, debiendo el concesionario presentar su propuesta de acuerdo a la MORDAZA "Procedimiento para la Elaboracion de los Estudios Tarifarios sobre Aspectos Regulados de la Distribucion de Gas Natural", aprobada por la Resolucion Osinergmin N° 659-2008-OS/CD o la que la sustituya. d. Los cargos maximos por Corte y Reconexion a que se refiere el parrafo precedente, se aplicaran desde el dia siguiente de su publicacion por un plazo de cuatro anos o hasta que concluya la vigencia de la tarifa de distribucion de gas natural por red de ductos que se este aplicando en la nueva concesion o lo que ocurra primero. e. Este procedimiento es aplicable a todos los demas Cargos Tarifarios Complementarios a las Tarifas Iniciales cuya aprobacion se encuentre a cargo de Osinergmin de acuerdo con el MORDAZA normativo vigente. f. Este procedimiento no sera de aplicacion para aquellas concesiones en las que los cargos comprendidos dentro del presente procedimiento hayan sido establecidos conjuntamente con la tarifa inicial de distribucion de gas natural por red de ductos de la concesion. Articulo 4°.- La presente Resolucion, conjuntamente con su Anexo, deberan ser publicadas en el diario oficial El Peruano; y consignada conjuntamente con el Informe Tecnico Legal N° 110-2015-GART en la pagina Web de Osinergmin: www2.osinerg.gob.pe. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

complementarias; asi como en sus respectivas normas modificatorias, complementarias y conexas, y; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de OSINERGMIN en su Sesion Nº 05-2015. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Incorporar el Anexo C.7 denominado "Procedimiento para la Fijacion de Cargos de Mantenimiento, Corte y Reconexion, Acometidas y otros Cargos Tarifarios Complementarios a las Tarifas Iniciales", a la MORDAZA "Procedimiento para Fijacion de Precios Regulados" aprobada mediante Resolucion Osinergmin N° 080-2012-OS/CD, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2°.- Dejar sin efecto el numeral 8.2.3 del Articulo 8° del Procedimiento para Fijacion de Precios Regulados, aprobado mediante Resolucion Osinergmin N° 080-2012-OS/CD. Articulo 3°.- Incorporar en el Articulo 8° del Procedimiento para Fijacion de Precios Regulados, aprobado mediante Resolucion Osinergmin N° 080-2012OS/CD, el numeral 8.7, conforme al siguiente texto: "8.7. Procedimiento para la Fijacion de Cargos de Mantenimiento, Corte y Reconexion, Acometidas y otros Cargos Tarifarios Complementarios: Regula los Cargos de Mantenimiento, Corte y Reconexion, Acometidas y otros Cargos Tarifarios Complementarios para aquellas concesiones cuyas tarifas iniciales han sido aprobadas en sus respectivos procesos de adjudicacion y/o Contratos de concesion, siendo de aplicacion los siguientes criterios: a. Los Topes Maximos de Acometida de gas natural y los cargos para su mantenimiento de nuevas concesiones, seran fijados por Osinergmin en base a la propuesta presentada por el Concesionario de acuerdo a la MORDAZA "Procedimiento para la Elaboracion de los Estudios Tarifarios sobre Aspectos Regulados de la Distribucion de Gas Natural", aprobada por la Resolucion Osinergmin

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