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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 2015 (10/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 15

El Peruano Martes 10 de marzo de 2015 548321 de la Policía Nacional del Perú, a la Gobernación Regional de Ayacucho, y a los interesados para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ENRIQUE PESTANA URIBE Jefe de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior (e) 1209259-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban formato del Acta de Verificación de Cumplimiento del Procedimiento de Entrega de Información de Precios de Combustibles Derivados de Hidrocarburos PRICE RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 23-2015-OS/GG Lima, 3 de marzo del 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 394-2005-OS/CD y sus modifi catorias, se aprobó el Procedimiento de entrega de Información de Precios de Combustibles Derivados de Hidrocarburos (PRICE); asimismo, se dispuso autorizar a la Gerencia General de Osinergmin a dictar las disposiciones técnicas operativas y medidas complementarias que se requieran para el mencionado procedimiento; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 132, de fecha 19 de abril de 2013, se aprobó la vigente Acta de Verifi cación de Cumplimiento del Procedimiento de Entrega de Información de Precios de Combustibles Derivados de Hidrocarburos – PRICE; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 265-2014-OS/CD, publicada en el diario oficial El Peruano el 09 de enero de 2015, se establece la competencia de la Ofi cina Regional como instancia sancionadora respecto de unidades menores de hidrocarburos; Que, en ese sentido, con la finalidad de adecuar la vigente Acta de Verifi cación de Cumplimiento del Procedimiento de Entrega de Información de Precios de Combustibles Derivados de Hidrocarburos - PRICE a la normativa actual, de manera que los administrados estén debidamente informados sobre las autoridades competentes para ejercer la función sancionadora sobre dicha materia, resulta necesaria la modificación del formato aprobado por Resolución de Gerencia General Nº 132; Con la opinión favorable del Gerente de Operaciones y la Gerencia Legal; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el formato del Acta de Verifi cación de Cumplimiento del Procedimiento de Entrega de Información de Precios de Combustibles Derivados de Hidrocarburos PRICE, que en calidad de anexo, forma parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- Dejar sin efecto la Resolución de Gerencia General N° 132. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente resolución conjuntamente con su Anexo, en el diario ofi cial El Peruano, en el portal electrónico de Osinergmin (www. osinergmin.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Artículo 4°.- Disponer la aplicación del formato de Acta aprobado con la presente resolución, a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese y comuníquese. JULIO SALVADOR JÁCOME Gerente General FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN