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El Peruano Martes 10 de marzo de 2015 548325 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Modifican la Res. Adm. Nº 037-2015- P-CSJLI/PJ, mediante la cual se dispusieron medidas administrativas para la remisión y redistribución de expedientes de la 4° Sala Laboral Permanente hacia la 3° Sala Laboral Permanente de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 095-2015-P-CSJLI/PJ Lima, 5 de marzo de 2015 VISTOS: La Resolución Administrativa N° 037-2015-P- CSJLI/PJ de fecha 22 de enero de 2014; y el Ofi cio N° 035- 2015-OTT-4SLP-NLPT-CSJLI/PJ; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, mediante Resolución Administrativa N° 037-2015-P-CSJLI/PJ de vistos, la Presidencia de este Distrito Judicial dispone las medidas administrativas para la remisión y redistribución de expedientes de la 4° Sala Laboral Permanente hacia la 3° Sala Laboral Permanente de Lima. Segundo.- Que, mediante el ofi cio de vistos los Jueces Superiores de la 4° Sala Laboral Permanente de Lima han puesto a conocimiento de este Despacho la solicitud de modifi catoria del Artículo Primero de la Resolución Administrativa N° 037-2015-P-CSJLI/PJ, en el punto que se comprenda dentro del proceso de remisión de expedientes a la 3° Sala Laboral Permanente de Lima, los procesos ingresados hasta el 30 de enero 2015. Tercero.- Que, en atención a la solicitud presentada por los Jueces Superiores de la 4° Sala Laboral Permanente de Lima, y que el principal objetivo del proceso de redistribución dispuesta mediante Resolución Administrativa N° 037- 2015-P-CSJLI/PJ, se planteó en los términos de equiparar la carga procesal entre las dependencias que conocerán los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal de Trabajo Ley N° 29497; y que al existir un desnivel de ingresos durante el periodo de enero del 2015 esta Presidencia dispone aprobar la solicitud presentada por los Jueces Superiores de la 4° Sala Laboral Permanente de Lima. Cuarto.- Que por las razones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de la Corte Superior de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 214-2012-CE-PJ de fecha 5 de noviembre de 2012. SE RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 037-2015-P-CSJLI/PJ de 22 de enero de 2015, en los siguientes términos: “Artículo Primero.- DISPONER, que la 4° Sala Laboral Permanente de Lima, que tramita procesos con la Nueva Ley Procesal de Trabajo remita los expedientes signados con número par, ingresados al 30 de enero de 2015, que no hayan quedado al voto a dicha fecha, a la 3° Sala Laboral Permanente de Lima que conocerá los procesos con arreglo a la Nueva Ley Procesal de Trabajo, dentro de un plazo de 15 días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución Administrativa,” Artículo Segundo.- AMPLIAR la fecha de vencimiento de la remisión y redistribución dispuestas mediante los artículos primero y tercero de la Resolución Administrativa N° 037-2015-P-CSJLI/PJ, de manera improrrogable hasta el 10 de marzo de los corrientes, debiendo dar cuenta todos los Magistrados involucrados en la remisión y redistribución de expedientes a la Presidencia de la Corte, al día siguiente del término señalado. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Gerencia General, Ofi cina de Control de la Magistratura – OCMA, de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, Gerencia de Administración Distrital y a los Órganos Jurisdiccionales Permanentes y Transitorios. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1209137-1 ORGANOS AUTONOMOS MINISTERIO PUBLICO Aceptan renuncia de Fiscal Adjunto Provincial Penal Titular de Mariscal Cáceres del Distrito Judicial de San Martín RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 017-2015-MP-FN-JFS Lima, 4 de marzo de 2015 VISTO Y CONSIDERANDO: La solicitud presentada por el doctor PAOLO AUGUSTO BERTINETTI CANTALICIO, mediante la cual formula renuncia al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Penal Titular de Mariscal Cáceres del Distrito Judicial de San Martín; Que, mediante Acuerdo N° 3763 adoptado en sesión ordinaria de Junta de Fiscales Supremos de fecha 04 de marzo de 2015, se aceptó por unanimidad la renuncia presentada por el mencionado Fiscal; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, la renuncia formulada por el doctor PAOLO AUGUSTO BERTINETTI CANTALICIO, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Penal Titular de Mariscal Cáceres del Distrito Judicial de San Martín. Artículo Segundo.- Remitir la presente Resolución a la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura para los fi nes pertinentes. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martín, a la Gerencia Central de Potencial Humano, a la Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al interesado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación (i) Presidente de la Junta de Fiscales Supremos 1209257-1