Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2015 (10/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Martes 10 de marzo de 2015

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Manual de Actividades de Registro y Codificacion HIS, de acuerdo a la normatividad vigente." "IX. CRONOGRAMA Ano 2015- Tercer Ano La cobertura minima sera del 80% de la cantidad de la poblacion beneficiaria que asciende a 3'075,033 escolares. Adicionalmente, se incluira a la poblacion de nivel MORDAZA de 2012 instituciones educativas del ambito Qali Warma ubicadas en las zonas alto amazonicas de las regiones: Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Pasco; que ascienden a 17,500 escolares, los que recibiran los mismos servicios prestacionales que recibe la poblacion de nivel primaria. A la cobertura de prestaciones se adicionara: Salud bucal.- Atendera a los escolares de los niveles inicial y primaria con paquetes preventivo y curativos de acuerdo a disponibilidad presupuestaria de la IAFAS que corresponda. Salud mental.- Se iniciara con pilotos en 6 regiones priorizadas: MORDAZA, MORDAZA, Callao, La MORDAZA, MORDAZA, Ucayali y MORDAZA Metropolitana, condicionado a la disponibilidad presupuestal que corresponda. En el componente de comportamientos saludables se incorporara el tema de actividad fisica. En el componente de entornos saludables se reforzara la promocion de quioscos saludables, y el mejoramiento de las condiciones para contar con espacios de recreacion y deporte. Ano 2016 Se espera la cobertura de como minimo el 85% de la poblacion estimada para el 2016, ubicada en las instituciones educativas del ambito Qali Warma. La cobertura de prestaciones podra adicionar a la cartera existente, las relacionadas con la salud auditiva, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de las IAFAS que corresponda. Cronograma de la Implementacion del Plan de Salud Escolar
COMPONENTE 1 Ano COBERTURA MINIMA DE ESCOLARES 2015* MORDAZA DE INTERVENCIONES PRESTACIONALES Evaluacion antropometrica, dosaje de hemoglobina, inmunizaciones, salud ocular, salud bucal, salud mental (pilotos) COMPONENTES 2 y 3 COBERTURA MORDAZA DE MINIMA INTERVENCIONES /ESCUELAS PROMOCION Alimentacion saludable, MORDAZA de manos, convivencia saludable, salud ocular, higiene oral, TBC y actividad fisica. Alimentacion saludable, MORDAZA de manos, convivencia saludable, salud ocular, higiene oral, TBC, actividad fisica y seguridad vial

Designan miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, en representacion de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales del Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 007-2015-SA MORDAZA, 9 de marzo de 2015 VISTO, el Oficio N° 004-2015-S/ANGR, del Presidente de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1158, se disponen medidas que tienen por proposito fortalecer las funciones desarrolladas por la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, con la finalidad de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud, supervisando que las prestaciones MORDAZA otorgadas con calidad, oportunidad, disponibilidad y aceptabilidad, con independencia de quien la financie, disponiendo asimismo, su cambio de denominacion por la de Superintendencia Nacional de Salud; Que, el articulo 3° de la citada MORDAZA senala que la Superintendencia Nacional de Salud es un organismo tecnico especializado adscrito al Ministerio de Salud, que cuenta con autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera; Que, el articulo 18° del Decreto Legislativo Nº 1158 establece que el Consejo Directivo es el organo MORDAZA de la Superintendencia Nacional de Salud, responsable de su direccion y del establecimiento de su politica institucional y se encuentra conformado por siete (7) miembros, entre ellos, un (1) representante miembro de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales del Peru, quien debera ser Presidente Regional en ejercicio; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-SA, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud y en su articulo 2° se aprueba el uso del termino SUSALUD, como acronimo; Que, con Resolucion Suprema Nº 038-2014-SA, de fecha 16 de setiembre de 2014, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, en representacion de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales del Peru; Que, mediante el documento de visto, el Presidente de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales propone como representante de dicha Asamblea al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, en reemplazo del funcionario mencionado en el considerando precedente, para que integre el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud; Que, en tal sentido corresponde designar al MORDAZA representante miembro de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales del Peru ante el citado Consejo Directivo; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1158, que dispone el fortalecimiento y cambio de denominacion de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud; en el Decreto Supremo Nº 008-2014-SA, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud; y, en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida, la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, en representacion de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales del Peru, efectuada mediante Resolucion Suprema Nº 038-2014-SA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados.

80%

40%

2016*

85%

Evaluacion antropometrica, dosaje de hemoglobina, inmunizaciones, salud ocular, salud bucal, salud mental, salud auditiva (pilotos).

85%

*Dependen de disponibilidad presupuestal y capacidad de resolucion. Leyenda DGSP Direccion General de Salud de las Personas

1209275-4

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