Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2015 (10/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Martes 10 de marzo de 2015

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Articulo 3º.- De los recursos Los recursos para el financiamiento de los Proyectos de Inversion Publica, priorizados conforme a los criterios establecidos en el articulo 1 de la presente MORDAZA, se incorporan en el presupuesto institucional respectivo, conforme a lo establecido en el articulo 3 de la Resolucion Ministerial Nº 422-2014-EF/11. Articulo 4º.- De la publicacion La presente Resolucion Ministerial se publica en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA electronico institucional del Ministerio de Economia y Finanzas: www. mef.gob.pe, en la misma fecha de publicacion oficial de la presente norma. Registrese, comuniquese y publiquese; MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas 1209273-1

a financiar Proyectos de Inversion Publica del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobierno Locales, que MORDAZA priorizados por el Gobierno Nacional, a traves del citado Ministerio; Que, el referido articulo 4 del Decreto de Urgencia N° 005-2014, dispone que por Resolucion Ministerial del Ministerio de Economia y Finanzas se dictaran, en un plazo no mayor a treinta (30) dias calendario contados a partir de la vigencia del mencionado Decreto de Urgencia, las medidas que resulten necesarias para la implementacion de lo dispuesto en el citado articulo; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 422-2014EF/11, se dictaron las medidas para la implementacion de lo dispuesto en el articulo 4 del Decreto de Urgencia MORDAZA mencionado, senalando los criterios para la seleccion de los Proyectos de Inversion Publica priorizados por el Gobierno Nacional a traves del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, resulta necesario modificar la citada Resolucion Ministerial, a fin de incluir criterios de priorizacion que fomenten la continuidad de la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica orientados al cierre de brechas sociales y de competitividad; De conformidad con lo establecido por el articulo 4 del Decreto de Urgencia N° 005-2014, que dicta medidas extraordinarias adicionales para estimular la economia, y el articulo 23 de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporacion del numeral 2.3 del articulo 2 de la Resolucion Ministerial N° 422-2014EF/11 Incorporese el numeral 2.3 del articulo 2° de la Resolucion Ministerial N° 422-2014-EF/11, conforme al siguiente texto: "Articulo 2.- De la priorizacion de los proyectos (...) 2.3 Para la seleccion de los Proyectos de Inversion Publica priorizados en las funciones agropecuaria, educacion, energia, salud, saneamiento y transporte, se tomara en cuenta que estos se encuentren en ejecucion y cuenten con el registro del Formato SNIP 15 - Informe de Consistencia del Estudio Definitivo o Expediente Tecnico detallado de PIP viable de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica debidamente registrado en el Banco de Proyectos del SNIP. Asimismo, dichos proyectos deberan: - Encontrarse en ejecucion mediante administracion indirecta; - Tener un monto de inversion total mayor o igual a S/. 3 000 000,00 (TRES MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES); - Contar con declaratoria de viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica; - Tener los registros en la Fase de Inversion del Ciclo del Proyecto en el Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversion Publica, que pudieran corresponder segun la normatividad que regula dicho Sistema Nacional. En el MORDAZA del presente numeral, se priorizaran un MORDAZA de tres (03) proyectos por Gobierno Regional o Gobierno Local, en cada oportunidad que se incorporen los recursos. Asimismo, el monto MORDAZA a financiar para cada Gobierno Regional o Gobierno Local, no podra exceder los S/. 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) en cada oportunidad que se autorice la incorporacion de los recursos en los pliegos correspondientes". Articulo 2º.- Asistencia Tecnica El Ministerio de Economia y Finanzas brindara asistencia tecnica a las entidades respectivas, para la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica a que se refiere la presente MORDAZA, para lo cual dichas entidades deberan proporcionar toda la informacion necesaria que se requiera.

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno del Estado de Qatar sobre la Cooperacion en el MORDAZA de la Cultura"
DECRETO SUPREMO Nº 013-2015-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno del Estado de Qatar sobre Cooperacion en el MORDAZA de la Cultura" fue suscrito el 20 de febrero de 2014, en la MORDAZA de Doha, Estado de Qatar; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento juridico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 57º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno del Estado de Qatar sobre Cooperacion en el MORDAZA de la Cultura", suscrito el 20 de febrero de 2014, en la MORDAZA de Doha, Estado de Qatar. Articulo 2°.- De conformidad con los articulos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procedera a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto integro del referido Acuerdo, asi como su fecha de entrada en vigencia. Articulo 3°.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Articulo 4°.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de marzo del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1209275-3

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