Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2015 (15/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA 15 de marzo de 2015

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procedimiento sancionador se efectuaria a los tres (03) meses de su publicacion, con el fin que las entidades puedan adecuarse internamente a su procedimiento; Que, de acuerdo con el articulo 92 de la Ley del Servicio Civil, el Secretario Tecnico de los organos instructores de los procedimientos administrativos disciplinarios, sera designado mediante resolucion del Titular de la Entidad, pudiendo desempenar dicha funcion en adicion a las otras que le correspondan de manera regular, debe ser un servidor, de preferencia abogado, que sirva de apoyo a las autoridades del procedimiento administrativo sancionador, quien sera responsable de precalificar las presuntas faltas, documentar la actividad probatoria, proponer la fundamentacion y administrar los archivos emanados del ejercicio de la potestad sancionadora disciplinaria de la Entidad Publica; Que, dicho articulo estipula ademas que la Secretaria Tecnica dependera de la Oficina de Recursos Humanos o de la que haga sus veces en la Entidad; Que, en consecuencia, es necesario designar a quien ejercera las funciones de Secretaria Tecnica de las autoridades de los organos instructores del procedimiento administrativo sancionador del Centro Nacional de Estimacion, Prevencion y Reduccion del Riesgo de Desastres ­ CENEPRED; Estando a lo informado por la Oficina de Asesoria Juridica, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, con el visado del Secretario General y el Responsable de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres ­ SINAGERD; el Reglamento de Organizacion y Funciones del CENEPRED, aprobado mediante Decreto Supremo N° 104-2012-PCM; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; mediante Decreto Supremo Nº 040-2014PCM Reglamento General de la Ley del Servicio Civil; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion Suprema N° 237-2013-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.DESIGNAR al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Secretario Tecnico del Procedimiento Administrativo Sancionador del Centro Nacional de Estimacion, Prevencion y Reduccion del Riesgo de Desastres - CENEPRED, cargo que desempenara en adicion a sus funciones que en la actualidad viene desempenando en la Entidad. Articulo 2°.- Conformar el Equipo Tecnico de Apoyo de la Secretaria Tecnica del Procedimiento Administrativo Sancionador del Centro Nacional de Estimacion, Prevencion y Reduccion del Riesgo de Desastres ­ CENEPRED el cual sera integrado por los siguientes profesionales: Abog. MORDAZA Grigorievna MORDAZA Zegarra. Econ. MORDAZA Yvan MORDAZA Martinez. Articulo 3°.- NOTIFICAR la presente resolucion a la Oficina de Administracion, al Secretario Tecnico y los miembros del Equipo Tecnico de Apoyo designados en el articulo primero y MORDAZA de la presente resolucion para los fines pertinentes. Articulo 4°.- PUBLICAR la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA Web Institucional del Centro Nacional de Estimacion, Prevencion y Reduccion del Riesgo de Desastres ­ CENEPRED. Registrese y comuniquese. MORDAZA DE MORDAZA MASANA MORDAZA Jefa (e) del CENEPRED 1211181-1

27806, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 0702013-PCM, el Reglamento de Organizacion y Funciones del CENEPRED aprobado por Decreto Supremo N° 1042012-PCM, y en uso de las facultades conferidas mediante la Resolucion Suprema N° 237-2013-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Dar por concluidas las designaciones de la senora Yacqueline MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como responsable de brindar la informacion solicitada al MORDAZA de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion; y del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia. Articulo 2°.- Designar a la CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Responsable (e) de la Oficina de Administracion, como nueva responsable de brindar la informacion solicitada al MORDAZA de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion. Articulo 3°.- Designar a la Ing. MORDAZA Pena MORDAZA, Especialista en Informatica de la Oficina de Administracion del CENEPRED, como responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia. Articulo 4°.- Las personas designadas en la presente Resolucion deberan cumplir las disposiciones contenidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, Ley N° 27806, en su Texto Unico Ordenado aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003PCM, modificado por Decreto Supremo N° 070-2013PCM, y demas disposiciones que resulten aplicables. Articulo 5°.- La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, y en el MORDAZA de transparencia. Articulo 6°.- Notifiquese la presente Resolucion Jefatural a las Unidades Organicas del CENEPRED, asi como a los designados, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE MORDAZA MASANA MORDAZA Jefa (e) del CEPERED 1211180-1

Designan Secretario Tecnico del Procedimiento Administrativo Sancionador del CENEPRED y conforman Equipo Tecnico de Apoyo
RESOLUCION JEFATURAL N° 035-2015-CENEPRED/J MORDAZA, 10 de marzo de 2015 VISTO: El informe Nº 035-2015-CENEPRED/OAJ, de fecha 10 de Marzo de 2015, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, con la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, se establecio un regimen unico y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades publicas del Estado, asi como para aquellas personas que estan encargadas de su gestion, del servicio de sus potestades y de la prestacion de servicios a cargo de estas; Que, la citada MORDAZA, de aplicacion progresiva por parte de las entidades de la Administracion Publica, establecio en su Titulo V de las disposiciones aplicables al regimen disciplinario y al procedimiento sancionador de los servicios civiles, las mismas que serian de aplicacion a la fecha de entrada en vigencia de las normas reglamentarias de dichas materias, conforme a lo establecido en la Primera Disposicion Complementaria de la citada Ley; Que, el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0402014-PCM establecio en su Undecima Disposicion Complementaria y Transitoria que la entrada en vigencia del titulo correspondiente al regimen disciplinario y

CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a la danza Los Chunchos de la provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 024-2015-VMPCIC-MC MORDAZA, 10 de marzo de 2015

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