Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2015 (15/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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El Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional en su Sesion Ordinaria de fecha 13 de febrero del 2015, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 838-2014-GR.LAMBPR de fecha 27/10/2014 la Presidencia Regional de MORDAZA traslada la solicitud de la Gerencia Regional de Salud, hecha mediante el Oficio Nº 1204-2014GR.LAMB/GERESA-L-OFPE-R de fecha 12/05/2014, segun la cual solicita la modificacion del CAP de las Unidades Ejecutoras 400 - SALUD LAMBAYEQUE; 401 - HOSPITAL LAS MERECEDES - 402- HOSPITAL MORDAZA Y 403 - HOSPITAL REGIONAL MORDAZA todas pertenecientes al Gobierno Regional de Lambayeque. Que, mediante el Informe Nº 113-2014-GR.LAMB/ ORPP de fecha 19/05/2014, el Jefe de la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de MORDAZA, senala: "En suma y a la luz de la documentacion presentada de manera sustentada por los responsables de las Unidades Ejecutoras 400, 401, 402 y 403 y validada por la Gerencia Regional de Salud, esta Oficina Regional otorga su conformidad para modificar el CAP del Gobierno Regional de MORDAZA, cambiando la denominacion de cargos y por ende el nivel remunerativo de los cargos plaza que se detallan en los anexos 1, 2, 3 y 4 del presente informe". Que, Mediante el Oficio Nº 001-2014-GR.LAMB/ ORPP-OFPT de fecha 06/01/2014 el Jefe de la Oficina Regional de Gestion Presupuestaria y Tributacion senala: "Al respecto, es necesario senalar que con documento de la referencia c) publicado en el Diario Oficial El Peruano el 20 de diciembre de 2013, el Ministerio de Economia y Finanzas ha asignado recursos economicos a la U.E 401 Hospital Las MORDAZA de Chiclayo, por el monto de DOSCIENTOS CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL NUEVOS SOLES y para la U.E 403 Hospital Regional MORDAZA el monto de CINCUENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA NUEVOS SOLES a fin de que den cumplimiento a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo "que a traves de la cuadragesima septima disposicion complementaria final de la Ley Nº 29951 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2013, se autorizo al Ministerio de salud, sus Organismos publicos y los Gobiernos Regionales, la progresion en la MORDAZA medica y de los profesionales de la salud no medicos, mediante el MORDAZA de ascenso automatico excepcional por ano de servicio, en el MORDAZA de sus respectivas carreras especiales". Que, La Oficina Regional de Asesoria Juridica emite el Informe Nº 308-2014-GR/LAMB/ORAJ de fecha 27/05/2014, MORDAZA mediante el Informe Legal Nº 6092014-GR/LAMB/ORAJ de fecha 22/10/2014, senala que: "Estando a lo senalado y con el Informe Complementario de esta Oficina Regional de Asesoria Juridica, se opina por la procedencia y pertinencia de modificar el CAP del Gobierno Regional MORDAZA en lo referente a las unidades ejecutoras de la Gerencia Regional de Salud: U.E 400 Salud MORDAZA, U.E 401 Hospital Las MORDAZA de Chiclayo, U.E Hospital MORDAZA de MORDAZA y U.E Hospital Regional MORDAZA, por estar arreglado a lo normado para tales efectos". Que, el Gerente Regional de Salud, con Oficio Nº 3169-2014-GR.LAMB/GERESA.L/OFPE, del 27 de noviembre del 2014, solicita modificar el vigente Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP, del Gobierno Regional MORDAZA, en cuanto a las Unidades Ejecutoras 400 ­ GERESA, 401 ­ Hospital Las MORDAZA, 402 ­ Hospital MORDAZA, 403 ­ Hospital Regional MORDAZA, peticion que se ampara en la Ley Nº 23536 "Ley de Trabajo y MORDAZA de los Profesionales de la Salud, Resolucion Ministerial Nº 998-2012-MINSA y otras normas complementarias, todas ellas relacionadas con el Ascenso Automatico de los Profesionales de la Salud; Que, en el caso de la Unidad Ejecutora 400, la peticion es de ascender de manera automatica a 249 profesionales de la salud que han generado ese derecho, tal como lo requiere la Oficina Ejecutiva de Administracion, segun

El Peruano MORDAZA 15 de marzo de 2015

Informe Nº 014-2014-GR.LAMB/GERESA.L-OEAD, asimismo cuenta con la opinion presupuestal favorable contenida en el Informe Nº 027-2014-GR.LAMB/DRSAL/ OFPE., y la opinion legal segun Informe Nº 533-2014GR.LAMB/HRL/GERESA.L.OEAJ; Que, respecto a la Unidad Ejecutora 401 - Hospital Las MORDAZA, el Director del aludido Nosocomio, con Oficio 1459-2014-GR.LAMB/DRSAL/HRDLM-DIPE, solicita el ascenso automatico de 137 profesionales de la salud que han generado ese derecho, tal como lo plantea la Division de Administracion con Informe Nº 04-2014-GR.LAMB/ GERESA-HRDLMCH-DA, la opinion presupuestal favorable contenida en el Informe Nº 007-2014-GR.LAMB/ GERESA-L/HRDLMCH-DIPE., y la opinion legal definida en el Informe Nº 003-2014-GR.LAMB/HRL/GERESA.LHRDLMCH-UAL; Que, en cuanto a la Unidad Ejecutora 402 ­ Hospital MORDAZA, el Director de dicho Nosocomio, con Oficio Nº 6362014-GR.LAMB/GERESA, solicita el ascenso automatico de 75 profesionales de la Salud, que han generado derecho, segun la Division de Administracion en su Informe Nº 075-2014-GR.LAMB/GERESA/HPDBL-DIA, la opinion presupuestal favorable contenida en el Informe Nº 0432014-GR.LAMB/HPDBL/DIPE, y la opinion legal descrita en el Informe Nº 062-2014-G.R.LAMB/HPDBL-UFAL; Que, respecto a la Unidad Ejecutora 403 - Hospital Regional MORDAZA, el Director del Nosocomio con Oficio Nº 1109-2014-GR.LAMB/HRL/OFPLA, solicita el ascenso automatico de 32 profesionales de la Salud, que han generado derecho, tal como indica la Oficina de Administracion en su Oficio Nº 045-2014-GR.LAMB/ GERESA/HRL/OFADM/UP, la opinion presupuestal favorable que alude el Informe Nº 006-2014-GR.LAMB/ GERESA/HRL/OFPLA-UPROG, y la opinion legal Informe Nº 231-2014-AL-GRL-GRS-HRL; Que, la Cuadragesima Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951 ­ Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ejercicio Fiscal 2013 y modificatoria, autoriza al Ministerio de Salud, sus organismos publicos y a los Gobiernos Regionales, la progresion en la MORDAZA medica y de los profesionales de la salud no medicos, mediante el MORDAZA automatico excepcional por anos de servicio en el MORDAZA de sus respectivas carreras profesionales; Que, el Decreto Supremo Nº 331-2013-EF, autoriza la transferencia de partidas, a fin de atender los requerimientos que se han producido en el MORDAZA de lo detallado en el parrafo anterior, siendo para el Pliego 452 - Gobierno Regional MORDAZA, un millon tres cientos cuarenta y tres mil dos cientos noventa y ocho nuevos soles (S/. 1,343,298), la asignacion presupuestal destinado a los ascensos automaticos, cargas sociales e incorporacion de AETAS, para atender hasta un MORDAZA de 249 plazas para la Unidad Ejecutora 400, 137 plazas para la UE 401, 75 plazas para la UE 402 y 32 plazas para la UE 403, por tanto desde el ano 2013 existe disponibilidad presupuestal para atender todos estos ascensos automaticos de los profesionales de la salud; Que, conforme al numeral 4.8 de la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC, "Reglas de aplicacion progresiva para la aprobacion del Cuadro de Puestos de las Entidades", aprobada con Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-SERVIR/PE, del 08 de agosto del 2014, y su modificatoria Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 234-2014-SERVIR/PE, del 08 de noviembre del 2014, la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP, de una entidad regional como el Gobierno Regional de MORDAZA, conllevara a la aprobacion de un CAP Provisional, en el contexto de la normativa de la Ley SERVIR; Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, y el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA ha emitido la siguiente Ordenanza Regional; SE ORDENA: Articulo Primero.- Aprobar las modificaciones al Cuadro para Asignacion de Personal CAP, del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado con Ordenanza Regional Nº 011-2011-GR.LAMB/CR y modificatorias, en los terminos que se indican a continuacion:

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