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El Peruano Jueves 19 de marzo de 2015 548918 Autoridad de Salud a nivel nacional, y según lo establece la Ley N° 26842, Ley General de Salud, tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política nacional de salud y es la máxima autoridad en materia de salud; siendo competente asimismo, entre otros aspectos, en infraestructura y equipamiento en salud; Que, mediante Ley Nº 30281 se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; Que, en el artículo 27º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se autoriza al Ministerio de Salud a efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por el monto de S/. 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) con cargo a su presupuesto institucional, a favor de sus organismos públicos y de los gobiernos regionales, para la compra y reposición de equipamiento biomédico en el marco de los programas presupuestales: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis y el VIH-SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Transmisibles y Prevención y Control del Cáncer; Que, asimismo, la disposición citada en el considerando precedente establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a solicitud de este último, a más tardar el 30 de marzo de 2015; Que, mediante Resolución Ministerial N° 148-2013/ MINSA, se aprobó el Documento Técnico “Lineamientos para la Elaboración de los Planes de Equipamiento de Establecimientos de Salud en áreas relacionadas a Programas Presupuestales”, de aplicación a los establecimientos de salud del Ministerio de Salud y los Gobiernos Regionales, disponiéndose que la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud deberá proporcionar asistencia y/o asesoramiento técnico especializado en aspectos de su competencia a los gobiernos regionales y brindará opinión técnica respecto de los Planes presentados por los citados gobiernos regionales ante el Ministerio de Salud, en el marco de lo dispuesto en el mencionado Documento Técnico; Que, mediante Resolución Ministerial N° 152-2013/ MINSA se aprobaron los Planes de Equipamiento de Establecimientos de Salud para diversos Programas Presupuestales; Que, mediante Resolución Ministerial N° 237-2014/ MINSA se aprobaron las actualizaciones de los Planes de Equipamiento de Establecimientos de Salud para diversos Programas Presupuestales; Que, con el documento de visto, la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento sustenta la aprobación de la actualización de los Planes de Equipamiento de Establecimientos de Salud – PEES de veinticinco (25) Gobiernos Regionales para los Programas Presupuestales: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis y el VIH-SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Transmisibles y Prevención y Control del Cáncer; Que, con Informe N° 070-2015-OGPP-OP/MINSA, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, en su calidad de órgano técnico, señala que conserva la base de datos con el detalle de la actualización de los Planes de Equipamiento de los Establecimientos de Salud – PEES de los veinticinco (25) Gobiernos Regionales; Estando a lo informado por la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento, así como por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente; Con la visación de la Directora General de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento; del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, de la Secretaria General; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, y el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la actualización de los Planes de Equipamiento de Establecimientos de Salud para los Programas Presupuestales: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis y el VIH-SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Transmisibles y Prevención y Control del Cáncer, conforme a lo dispuesto en el artículo 27º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, que en Anexo adjunto forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial, de los Gobiernos Regionales que a continuación se detallan: - Pliego 440: GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS - Pliego 441: GOBIERNO REGIONAL ANCASH- Pliego 442: GOBIERNO REGIONAL APURIMAC- Pliego 443: GOBIERNO REGIONAL AREQUIPA- Pliego 444: GOBIERNO REGIONAL AYACUCHO- Pliego 445: GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA- Pliego 446: GOBIERNO REGIONAL CUSCO- Pliego 447: GOBIERNO REGIONAL HUANCAVELICA - Pliego 448: GOBIERNO REGIONAL HUANUCO- Pliego 449: GOBIERNO REGIONAL ICA- Pliego 450: GOBIERNO REGIONAL JUNIN- Pliego 451: GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD- Pliego 452: GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE- Pliego 453: GOBIERNO REGIONAL LORETO- Pliego 454: GOBIERNO REGIONAL MADRE DE DIOS - Pliego 455: GOBIERNO REGIONAL MOQUEGUA- Pliego 456: GOBIERNO REGIONAL PASCO- Pliego 457: GOBIERNO REGIONAL PIURA- Pliego 458: GOBIERNO REGIONAL PUNO- Pliego 459: GOBIERNO REGIONAL SAN MARTIN- Pliego 460: GOBIERNO REGIONAL TACNA-Pliego 461: GOBIERNO REGIONAL TUMBES- Pliego 462: GOBIERNO REGIONAL UCAYALI- Pliego 463: GOBIERNO REGIONAL LIMA- Pliego 464: GOBIERNO REGIONAL CALLAO Artículo 2º.- La Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud, proporcionará la asistencia y/o asesoramiento técnico especializado en aspectos de su competencia a los Gobiernos Regionales para la correcta ejecución de los Planes aprobados mediante la presente Resolución Ministerial, informando periódicamente de los avances. Artículo 3º.- La O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud realizará las acciones pertinentes para proceder a la transferencia presupuestal con observancia de lo dispuesto en el artículo 27° de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015. Artículo 4°.- Encargar a la O fi cina General de Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/normas.asp Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1213274-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 122-2015 MTC/01.02 Lima, 18 de marzo de 2015