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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2015 (19/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Jueves 19 de marzo de 2015 548920 Modifican resoluciones mediante las cuales se otorgó a Aerolíneas Galápagos S.A. - AEROGAL, permiso de operación de servicio de transporte aéreo internacional regular de pasajeros, carga y correo, en lo relativo a rutas, frecuencias y derechos aerocomerciales RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 073-2015-MTC/12 Lima, 17 de febrero del 2015Vista la solicitud de AEROLÍNEAS GALÁPAGOS S.A. - AEROGAL sobre Modi fi cación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral N° 453-2011- MTC/12 del 14 de diciembre del 2011, modi fi cada por Resolución Directoral N° 420-2013-MTC/12 del 19 de agosto del 2013 y Resolución Directoral N° 430-2014-MTC/12 del 18 de setiembre del 2014, se otorgó a AEROLÍNEAS GALÁPAGOS S.A. - AEROGAL, Permiso de Operación para prestar el Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años, hasta el 26 de enero del 2016; Que, mediante documentos de Registro Nº 2014- 084351 del 17 de noviembre del 2014 y N° 2014-084351-A del 20 de noviembre del 2014, AEROLÍNEAS GALÁPAGOS S.A. - AEROGAL solicita la modi fi cación de su Permiso de Operación para prestar el Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, a fi n de incluir la ruta QUITO Y/O GUAYAQUIL - LIMA Y/O LA PAZ Y VV., con catorce (14) frecuencias semanales; Que, la Autoridad Aeronáutica Civil de Ecuador ha designado a AEROLÍNEAS GALÁPAGOS S.A. - AEROGAL para efectuar el servicio de transporte aéreo internacional regular de pasajeros, carga y correo, en la ruta solicitada; Que, la Autoridad Aeronáutica Civil de Ecuador ha autorizado a AEROLÍNEAS GALÁPAGOS S.A. - AEROGAL, la ruta QUITO Y/O GUAYAQUIL - LIMA Y/O LA PAZ Y VV. con siete (07) frecuencias semanales, en el Permiso de Operación; Que, de acuerdo a los términos del Memorando N° 108-2014-MTC/12.POA, no correspondería autorizar a AEROLÍNEAS GALÁPAGOS S.A. - AEROGAL mayores frecuencias a las autorizadas por la Autoridad Aeronáutica Civil de Ecuador en el Permiso de Operación; Que, según los términos del Memorando Nº 1953- 2014-MTC/12.LEG, Memorando N° 108-2014-MTC/12.POA e Informe Nº 054-2015-MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil y que forman parte de la presente Resolución Directoral, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° numeral 2) de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera pertinente atender - en lo que corresponde - lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes;Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modi fi car, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, veri fi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y, con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modi fi car, de conformidad con la Decisión N° 582 de la Comunidad Andina de Naciones, – en el extremo pertinente – el Artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 453-2011-MTC/12 del 14 de diciembre del 2011, modi fi cada por Resolución Directoral N° 420-2013- MTC/12 del 19 de agosto del 2013 y Resolución Directoral N° 430-2014-MTC/12 del 18 de setiembre del 2014, que otorgó a AEROLÍNEAS GALÁPAGOS S.A. - AEROGAL, Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, en los siguientes términos: RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AEROCOMERCIALES: (Adicional a lo autorizado)CON DERECHOS DE TERCERA, CUARTA Y QUINTA LIBERTAD DEL AIRE: - QUITO Y/O GUAYAQUIL - LIMA Y/O LA PAZ Y VV., con siete (07) frecuencias semanales. Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral N° 453-2011-MTC/12 del 14 de diciembre del 2011, modi fi cada por Resolución Directoral N° 420-2013- MTC/12 del 19 de agosto del 2013 y Resolución Directoral N° 430-2014-MTC/12 del 18 de setiembre del 2014, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS PAVIC MORENO Director General de Aeronáutica Civil 1204959-1 Modifican la R.D. Nº 829-2014-MTC/15 en cuanto al cambio de domicilio de la empresa Biogas Me S.A.C. en el departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 981-2015-MTC/15 Lima, 3 de marzo de 2015 PUBLICACI ŁN OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS Se comunica a todas las Entidades del Sector Público que, conforme al Decreto Supremo Nº 014- 2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo establecido en los artículos 51º y 109º de la Constitución Política del Perú . LA DIRECCION