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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2015 (24/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 46

El Peruano Martes 24 de marzo de 2015 549292 y participativo, promueven y desarrollan programas de prevención y servicio a la comunidad”; Que, el inciso 6.1. del Artículo 6° del Decreto Supremo N° 002-2013-IN, Reglamento de la Ley N° 29701, Ley que dispone benefi cios a favor de los integrantes de las Juntas Vecinales y establece el “Día de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana”, señala que: “Conforme a la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y lo dispuesto en el artículo 2º la Ley Nº 29701, las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana son agentes participantes que pueden intervenir con voz y voto en la discusión y toma de decisiones sobre la priorización de los problemas y proyectos de inversión durante las fases del proceso de Presupuesto Participativo de los Gobiernos Regionales y Locales”; Que, el Presupuesto Participativo es un proceso regulado por una norma general emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas, con la fi nalidad de permitir la participación de la Sociedad Civil organizada en la determinación de proyectos que permitan el desarrollo del distrito, y que el presente documento es un complemento cuyo objetivo es facilitar que el proceso se ejecute ordenadamente; consecuentemente, la presente norma recoge, en su mayoría aspectos regulados en los procesos de Presupuesto Participativo desarrollados anteriormente por lo que, al no haber cambios sustanciales, se encuentra exceptuada su pre publicación; Que, es necesario establecer las normas que reglamentan el proceso dentro del cual los representantes de la Sociedad Civil del distrito de Santiago de Surco, van a participar en la elaboración y formulación del presupuesto participativo de esta comuna de los diferentes años fi scales; Que, con Memorándum N° 084-2015-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, solicita se inicie el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2016 de la Municipalidad de Santiago de Surco; Que, mediante Informe N° 01-2015-CCLD-MSS del 03.03.2015, la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación Local Distrital remite el Acuerdo Nº 01-2015- CCLD-MSS, del 03.03.2015, mediante el cual, el Consejo de Coordinación Local Distrital acordó proponer elevar al Concejo Municipal el proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento para la Preparación, Convocatoria y Ejecución del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del distrito de Santiago de Surco – Año Fiscal 2016, para su debida aprobación; Que, con Informe Nº 148-2015-GAJ-MSS del 13.02.2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que con el fi n de dar cumplimiento a las normas que legislan sobre el presupuesto participativo, es necesario la aprobación del proyecto, que contiene entre otros aspectos, la determinación de los Agentes Participantes, la conformación y funciones del Equipo Técnico, las Fases del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados y el Cronograma de Actividades; Que, asimismo agrega, la Gerencia de Asesoría Jurídica, que en cuanto a la prepublicación que dispone el Decreto Supremo 001-09-JUS, la presente ordenanza se encuentra exonerada de la misma, por cuanto la propuesta facilitará, promoverá e incentivará la participación vecinal a fi n de consolidar el Presupuesto Participativo 2016; Estando al Informe Nº 148-2015-GAJ-MSS, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y al Acuerdo Nº 01-2015- CCLD-MSS, del Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad de Santiago de Surco y de conformidad a lo establecido en los Artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA PREPARACIÓN, CONVOCATORIA Y EJECUCIÓN DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO – AÑO FISCAL 2016 Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para la Preparación, Convocatoria y Ejecución del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2016 de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, que consta de once Títulos, cuarenta y tres Artículos, dos Disposiciones Complementarias y los Anexos 1 y 2, que forma parte de la presente ordenanza como Anexo I. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Reglamento, así como velar por el cumplimiento de los fi nes del mismo, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Gerencia de Participación Vecinal. Artículo Tercero.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas complementarias necesarias para el estricto cumplimiento del Reglamento, que se efectuará previo Informe del Equipo Técnico del proceso de formulación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Artículo Cuarto.- DEROGAR todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza, la misma que rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Ordenanza, el Reglamento y sus Anexos, en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, el día de su publicación. POR TANTO: Mando que se registre, comunique, publique y cumpla. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde ANEXO I DE LA ORDENANZA Nº 510 -MSS REGLAMENTO EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2016 TITULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1.- Objetivo. El presente reglamento tiene por objetivo regular los mecanismos a través de los cuales se desarrolla el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2016, del Distrito de Santiago de Surco, en concordancia con el marco normativo vigente de la materia. Artículo 2.- Finalidad. La fi nalidad del reglamento es establecer los mecanismos y procedimientos que promueven la participación de los diversos agentes que intervienen en el proceso del desarrollo del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, con un enfoque destinado a obtener el máximo benefi cio posible con la mayor cantidad de vecinos del Distrito de Santiago de Surco. Artículo 3.- Base Legal. El presente reglamento se fundamenta en: • Constitución Política del Perú. • Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización y Modifi catorias • Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y Modifi catorias • Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y disposiciones complementarias y modifi catorias. • Decreto Supremo N° 102-2007-EF, Reglamento del SNIP • Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y sus modificatoria Ley N° 29298. • Ley N° 28522, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico. • Decreto Supremo N° 097-2009-EF, mediante el cual se precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el Presupuesto Participativo.