Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2015 (30/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Lunes 30 de marzo de 2015

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GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos no Financieros PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Gobiernos Locales 1 : Recursos Ordinarios 13 808 042,00 13 808 042,00 306 699,00 306 699,00 -------------------15 293 793,00 =========== 17 371 787,00 =========== 1 179 052,00 1 179 052,00

que establece medidas para la prevencion, mitigacion y adecuada preparacion para la respuesta ante situaciones de desastre, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, en el MORDAZA de lo establecido en los numerales 1 y 2 de la Septuagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, la Universidad Nacional San MORDAZA de Huamanga y diversos pliegos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales han efectuado sus requerimientos de recursos para la continuidad de proyectos de inversion publica, acciones de mantenimiento y actividades vinculadas a la prevencion, mitigacion y adecuada preparacion para la respuesta ante situaciones de desastre en el MORDAZA de la Ley N° 30191, respectivamente, por lo que, teniendo en cuenta el cumplimiento de los criterios establecidos en la mencionada Disposicion Complementaria Final, y contando con la opinion favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico, resulta necesario autorizar un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, hasta por la suma de DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 17 371 787,00), en tanto que dicho financiamiento no ha sido considerado en el presupuesto institucional del ano fiscal 2015, por parte de los diversos pliegos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales y del pliego Universidad Nacional San MORDAZA de Huamanga, para los mismos fines MORDAZA senalados; De conformidad con lo establecido por la Septuagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1 Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, hasta por la suma de DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 17 371 787,00), para la continuidad de la ejecucion de proyectos de inversion publica, acciones de mantenimiento y actividades vinculadas a la prevencion, mitigacion y adecuada preparacion para la respuesta ante situaciones de desastre, en el MORDAZA de lo establecido en los numerales 1 y 2 de la Septuagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente MORDAZA, de acuerdo a lo siguiente:
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios TOTAL INGRESOS GASTOS SECCION PRIMERA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos no Financieros : GOBIERNO CENTRAL : Gobierno Nacional 1 : Recursos Ordinarios 1 990 424,00 1 990 424,00 87 570,00 87 570,00 ------------------TOTAL GOBIERNO CENTRAL 2 077 994,00 =========== (En Nuevos Soles) 17 371 787,00 -------------------17 371 787,00 ============ (En Nuevos Soles)

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos no Financieros GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios TOTAL INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS TOTAL GASTOS

1.2 Los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, habilitados en el numeral 1.1 del presente articulo y los montos de transferencia por pliego, se detallan en los Anexos N°s. 01, 02, 03 y 04, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo, los cuales seran publicados en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Educacion (www.minedu.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 2.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 Los titulares de los pliegos habilitados en el presente Credito Suplementario, aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (05) dias calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (05) dias calendario de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado por la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruira a las Unidades Ejecutoras, para que elaboren las correspondientes "Notas para la Modificacion Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos del credito suplementario a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de marzo del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion 1218815-1

SECCION MORDAZA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO

: INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS : Gobiernos Regionales 1 : Recursos Ordinarios

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