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El Peruano Miércoles 6 de mayo de 2015 552033 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO Aprueban “Lineamientos para el aprovechamiento y comercialización de la fibra de camélidos sudamericanos silvestres”, la “Guía de aplicación para el aprovechamiento y comercialización de la fibra de camélidos sudamericanos silvestres” y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 060 -2015-SERFOR-DE Lima, 30 de abril de 2015 VISTO: El Memorándum N° 137-2015-SERFOR-DGPCFFS- DPR, emitido por la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, el cual recomienda la aprobación de los Lineamientos y Guía de Aplicación para el aprovechamiento y comercialización de la fi bra de camélidos sudamericanos silvestres, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego, constituyendo un pliego presupuestal del Estado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2013- MINAGRI, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, modifi cado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI, el cual señala en su artículo 3 que el SERFOR es la autoridad nacional forestal y de fauna silvestre, que ejerce sus competencias y funciones en el ámbito nacional, regional y local, en el marco normativo sobre la materia y actúa en concordancia con las políticas, planes y objetivos nacionales, constituyéndose en el ente rector del Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre – SINAFOR, y en su autoridad técnico – normativa, encargada de dictar las normas y establecer los procedimientos relacionados al ámbito de su competencia; Que, la precitada norma precisa en el literal c) del artículo 14, que el SERFOR tiene entre sus funciones la de emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, mediante Decreto Supremo N° 014-2014- MINAGRI, se aprobó el régimen de promoción para el aprovechamiento y comercialización de la fi bra de camélidos sudamericanos silvestres, el cual tiene por objeto regular, promover y simplifi car los procedimientos para desarrollar las actividades de conservación, manejo y aprovechamiento sostenible, de los camélidos sudamericanos silvestres otorgados en custodia y usufructo; Que, asimismo el artículo 15 del decreto en mención, faculta al SERFOR a emitir las normas complementarias para su aplicación; Que, a su vez la citada norma en su artículo 16, autoriza al SERFOR a normar los plazos de adecuación necesarios para la implementación del referido decreto Supremo; Que, con el visado del Secretario General de la Secretaria General, de la Directora General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y modifi cado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los “Lineamientos para el aprovechamiento y comercialización de la fi bra de camélidos sudamericanos silvestres”, que forman parte de la presente resolución, los cuales resultan de observancia obligatoria por todas las entidades del Estado, en los tres niveles de Gobierno. Artículo 2º.- Aprobar la “Guía de aplicación para el aprovechamiento y comercialización de la fi bra de camélidos sudamericanos silvestres” y sus anexos, que forman parte de la presente resolución, la cual resulta de observancia obligatoria por todas las entidades del Estado, en los tres niveles de gobierno. Artículo 3º.- Aprobar un nuevo plazo de adecuación para los Planes de Manejo de vicuñas que se encuentren en trámite, estableciéndose hasta el inicio de la campaña de captura y esquila del año 2016, período apropiado para que los Titulares de Manejo se adecúen a la presentación de las declaraciones de manejo. Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y la publicación de los “Lineamientos y Guía de aplicación del Decreto Supremo Nº 014-2014-MINAGRI, que aprueba el Régimen de promoción para el aprovechamiento y comercialización de la fi bra de camélidos sudamericanos silvestres”, en el portal institucional del SERFOR: www.serfor.gob.pe y en el portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Directora Ejecutiva (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1233212-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representante del MINCETUR a Filipinas, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 128-2015-MINCETUR Lima, 4 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior en concordancia con la política general del Estado y en coordinación con los sectores e instituciones vinculados a su ámbito; representa al país en los foros y organismos internacionales de comercio, turismo, cooperación económica y esquemas de integración y actúa como órgano de enlace entre el Gobierno Peruano y los organismos internacionales de integración y de comercio internacional, en el ámbito de su competencia; Que, el Perú es miembro del Foro de Cooperación Económica del Asia Pacífi co – APEC, uno de los bloques o mecanismos plurilaterales más importantes del mundo, que se ocupa de asuntos relacionados con los intercambios comerciales entre las economías miembro; como mecanismo de cooperación y concertación económica, se orienta a la promoción, liberalización y facilitación del comercio, las inversiones, la cooperación económica y técnica y el desarrollo económico regional de veintiún (21) economías de la Cuenca del Océano Pacífi co que lo integran; Que, en el marco del APEC, se llevarán a cabo la Segunda Reunión de Altos Funcionarios, Reuniones Conexas, y la Reunión de Ministros Responsables de Comercio, en la ciudad de Borácay, República de Filipinas, del 10 al 24 de mayo de 2015, eventos que han agendado asuntos vinculados al comercio y la inversión