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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2015 (06/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 6

El Peruano Miércoles 6 de mayo de 2015 552036 país, a fi n de moderar los efectos contraproducentes que puedan darse en la población como también en la economía nacional, debiendo transferirse para tal efecto recursos por un total de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 255 855,00), a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, en cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva Nº 002- 2014-EF/63.01 “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos, a que se refi ere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30282, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015”; De conformidad con lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, la Directiva Nº 002- 2014-EF/63.01 “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015”, y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI hasta por la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 255 855,00), a fi n de atender tres (03) Actividades de Emergencia, para las situaciones descritas en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.0. Reserva de Contingencia 255 855,00 ---------------- TOTAL EGRESOS 255 855,00 ========= A LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI-Instituto Nacional de Defensa Civil En Nuevos Soles ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000502 : Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y a la Reconstrucción FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.4. Donaciones y Transferencias 255 855,00 ---------------- TOTAL EGRESOS 255 855,00 ========= Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de mayo del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1233506-1 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor de pliegos del Gobierno Nacional y Gobierno Regional del Departamento de San Martín DECRETO SUPREMO Nº 108-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó el presupuesto institucional de diversos pliegos del Gobierno Nacional y Gobierno Regional del Departamento de San Martín; Que, mediante Ofi cio Nº 627-2015-P-CNM, el Consejo Nacional de la Magistratura solicita recursos adicionales para fi nanciar la ejecución del Proyecto “Mejoramiento de los servicios de selección y nombramiento, evaluación y ratifi cación y procesos disciplinarios de jueces y fi scales del CNM a nivel nacional mediante el fortalecimiento integral de la organización, Lima, Lima”, con código SNIP Nº 232365; Que, mediante Ofi cios Nºs. 394 y 401-2015-INPE/01, el Instituto Nacional Penitenciario solicita recursos adicionales para, entre otros, fi nanciar la operatividad de los establecimientos penitenciarios de los departamentos de Cusco, Puno y Lima, del nuevo establecimiento penitenciario ubicado en la ciudad de Chincha y la ampliación de la operatividad del establecimiento penitenciario “Cochamarca” en la ciudad de Pucallpa; la contratación de agentes de seguridad para varios establecimientos penitenciarios; y los servicios de mantenimiento, acondicionamiento y reparaciones en cincuenta y siete (57) establecimientos penitenciarios a nivel nacional; Que, con fecha 29 de diciembre del 2014, el Proyecto Especial “Juntas de Gobernadores BM/FMI – 2015 PERÚ”, el Ministerio de Cultura y la Biblioteca Nacional del Perú suscribieron un Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional, el cual tiene por objeto establecer los términos de mutua cooperación para el óptimo desarrollo