Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2015 (06/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Miercoles 6 de MORDAZA de 2015

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fortalecimiento de las capacidades del capital humano en las entidades publicas necesario para llevar a cabo dicho MORDAZA, entre otros; Que, mediante Oficio Nº 577-2015-VIVIENDA-DM, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento solicita recursos adicionales para ser destinados al financiamiento de 11 042 Bonos Familiares Habitacionales, lo que permitira contribuir a reducir el deficit de viviendas de interes social a nivel nacional; Que, mediante la Ley Nº 30045, Ley de Modernizacion de los Servicios de Saneamiento, se crea el Organismo Tecnico de la Administracion de los Servicios de Saneamiento (OTASS) como organismo publico tecnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, con personeria juridica de derecho publico interno, con autonomia funcional, economica, financiera y administrativa, y con competencia a nivel nacional. Desarrolla su objeto en concordancia con la politica general, objetivos, planes y programas del sector saneamiento y en coordinacion con el ente rector; Que, mediante Oficios Nºs. 564-2015-VIVIENDA-DM, 128-2015-OTASS/DE y 392-2015-VIVIENDA-OGPP, el Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento solicita recursos adicionales a favor del Organismo Tecnico de la Administracion de los Servicios de Saneamiento OTASS, para ser destinados a financiar la continuacion de su MORDAZA de implementacion, el cual fue iniciado en el mes de noviembre del ano 2014, que comprende las acciones orientadas a cautelar la correcta ejecucion de la politica de Estado en materia de administracion para la prestacion de los servicios de saneamiento de las EPS (Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento), lo que permitira, entre otros, contribuir a mejorar los niveles de eficiencia en la prestacion de servicios; para tal fin, adjunta el Informe Nº 013-2015/OTASS/OPP de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del pliego OTASS; Que, mediante Oficio Nº 2563-2015-PCM/SG, la Presidencia del Consejo de Ministros solicita recursos adicionales para culminar la ejecucion de los proyectos "Ampliacion y Mejoramiento de los Servicios Publicos y Programas Sociales a traves de la Plataforma Itinerante de Accion Social (PIAS) en la MORDAZA del Rio Morona, Distrito de Morona, Datem del Maranon, Loreto", con codigo SNIP 293699, "Ampliacion y Mejoramiento de los Servicios Publicos y Programas Sociales a traves de la Plataforma Itinerante de Accion Social PIAS en la MORDAZA del Rio Putumayo, Region Loreto", con codigo SNIP 293837, y "Ampliacion y Mejoramiento de los Servicios Publicos y Programas Sociales a traves de la Plataforma Itinerante de Accion Social (PIAS) en el ambito insular del Lago Titicaca, Region Puno", con codigo SNIP 293924; Que, la Ley Nº 30048, Ley que modifica el Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, actualmente Ministerio de Agricultura y Riego, establece que dicho Ministerio disena, ejecuta y supervisa las politicas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoria en relacion con MORDAZA y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres (03) niveles de gobierno; Que, mediante Oficio Nº 0814-2015-MINAGRI-SG, el Ministerio de Agricultura y Riego solicita recursos adicionales para financiar actividades prioritarias orientadas a la reconversion de cultivos de arroz en la costa e impulsar cultivos de quinua y frutales, con el fin de reemplazar 171,000 hectareas de arroz que demanda, entre otros, MORDAZA cantidades de agua, y teniendo en cuenta ademas que en el ano 2015 dicho Ministerio se ha propuesto reconvertir el 2,5% del total de hectareas cosechadas de arroz; Que, los articulos 44 y 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Publico consideran una Reserva de Contingencia que constituye un credito presupuestario global, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectuen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia

de las actividades programadas para la organizacion, preparacion y realizacion de las Juntas de Gobernadores del Grupo del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional correspondientes al ano 2015, a llevarse a cabo en la Republica del Peru; Que, a traves del Oficio Nº 346-2015-SG/MC, el Ministerio de Cultura solicita recursos adicionales para financiar las acciones de seguridad en areas no intervenidas por el Proyecto Especial "Juntas de Gobernadores BM/ FMI ­ 2015 PERU" para la obtencion del Certificado de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Edificaciones (ITSE), asi como financiar el servicio adicional de seguridad y limpieza, y el programa cultural a cargo del Ministerio de Cultura, en el MORDAZA de compromisos asumidos para la realizacion del referido evento; Que, mediante Oficio Nº 214-2015-BNP/DN, la Biblioteca Nacional del Peru solicita recursos adicionales para, entre otros, financiar las acciones de seguridad, vigilancia y reforzamiento del servicio de limpieza para la preservacion y resguardo del patrimonio cultural, bienes muebles e infraestructura de dicha entidad y las acciones vinculadas a mantener la operatividad de la Biblioteca Nacional del Peru MORDAZA, durante y despues del citado evento; Que, con fecha 20 de junio de 2014, el Parlamento Europeo aprobo la enmienda al Reglamento 539/2001 "Reglamento de Visados" que dispone la inclusion de, entre otros, la Republica del Peru en la lista positiva de paises exonerados del requisito de visas de corta duracion para la MORDAZA Schengen; en virtud a lo cual la Republica del Peru se comprometio con la Union Europea a emitir, a partir del presente ano, pasaportes electronicos con altos niveles de seguridad a sus nacionales dentro del MORDAZA de exencion del visado Schengen para los ciudadanos peruanos; Que, mediante OF. "RE" (OPP) Nº 2-5-C/26 y 2-5/10, el Ministerio de Relaciones Exteriores solicita recursos adicionales para, entre otros, financiar la emision de pasaportes electronicos comunes, diplomaticos y especiales, que cumplan con las normas internacionales vigentes y que MORDAZA acordes con las caracteristicas de seguridad establecidas por la Organizacion Internacional de la Aviacion Civil ­ OACI; Que, a traves del Oficio Nº 524-2015-MTC/02, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita recursos adicionales para financiar la conservacion rutinaria de seis (06) proyectos de inversion publica que pertenecen al Plan Vial Regional del Gobierno Regional del Departamento de San MORDAZA, asi como para la reparacion de maquinaria de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones del citado Gobierno Regional; fines que fueron solicitados por el referido Gobierno Regional al Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante los Oficios Nºs. 132 y 152-2015-GRSM/PGR, respectivamente; Que, mediante Oficio Nº 022-2015-JF/ONP, la Oficina de Normalizacion Previsional solicita recursos adicionales para la continuidad a la redencion de los Bonos de Reconocimiento emitidos en el MORDAZA del articulo 9 del Decreto Ley Nº 25897, "Crean el Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones (SPP), conformado por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones AFP"; la MORDAZA Disposicion Transitoria del Decreto Legislativo Nº 874, "Dictan normas modificatorias y complementarias al Regimen del Sistema Privado de Pensiones"; y el articulo 9 de la Ley Nº 27617, "Ley que dispone la reestructuracion del Sistema Nacional de Pensiones del Decreto Ley Nº 19990 y modifica el Decreto Ley Nº 20530 y la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones"; asi como, asegurar el cumplimiento de la redencion de los Bonos de Reconocimiento en el MORDAZA de la Ley Nº 29426, "Ley que crea el Regimen Especial de Jubilacion Anticipada para Desempleados en el Sistema Privado de Pensiones", modificada por la Ley Nº 30142, "Ley que prorroga el Regimen Especial de Jubilacion Anticipada para desempleados en el Sistema Privado de Pensiones, creado por la Ley 29426"; Que, mediante Oficio Nº 091-2015/SERVIR-GG, la Autoridad Nacional del Servicio Civil solicita recursos adicionales para realizar acciones orientadas a la atencion de la operatividad del MORDAZA de MORDAZA a la reforma del servicio civil conforme a la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, en lo que respecta al ordenamiento del MORDAZA normativo que soportara el MORDAZA modelo, el

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