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El Peruano Lunes 25 de mayo de 2015 553260 la valuación del predio afectado por la ejecución del Proyecto de la Línea 2 y Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao, en adelante Proyecto, Línea 2; Que, el Gerente de la Unidad Gerencial de Supervisión y Control de Obras de la AATE. a través del Memorando Nº 275-2015-MTC/33.1 hace suyo el contenido del Informe Técnico Nº 055-2015-RJQ, en el cual se detalla la ubicación precisa del bien, establece los linderos, medidas perimétricas y área total de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal y señala el valor de tasación correspondiente al predio afectado por la ejecución del Proyecto Línea 2; por lo que, solicita se inicie el trámite correspondiente para la aprobación del valor de tasación: Que, mediante Informe N° 125-2015-MTC/33.8 de la Ofi cina de Asesoría Legal de la AATE, se emite opinión favorable para la aprobación del valor total de la tasación correspondiente al predio afectado por la ejecución del Proyecto Línea 2; De conformidad con la Ley N° 30025 y con el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Valor Total de la Tasación Aprobar el valor total de la tasación, correspondiente a un (01) predio afectado por la ejecución del Proyecto “Línea 2 y Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao”, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Notifi cación al sujeto pasivo Disponer que la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE notifi que la presente Resolución a los sujetos pasivos del predio afectado por la ejecución del Proyecto “Línea 2 y Ramal A.v. Faucett - Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao”, a que se refi ere el Anexo de esta Resolución, conjuntamente con la oferta de adquisición correspondiente, conforme a las formalidades de notifi cación establecidas en el numeral 5.5 del artículo 5º de la Ley N° 30025. Artículo 3.- Notifi cación a SUNARP Disponer que la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE notifi que a la ofi cina registral del Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), correspondiente al inmueble afectado, a fi n de que se proceda a reaiizar la anotación preventiva, de conformidad con lo establecido en el literal d) del numeral 5.4 del artículo 5º de la Ley N° 30025. Regístrese, comuníquese y públiquese JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO 1 TASACIÓN CORRESPONDIENTE A UN (01) PREDIO AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO LÍNEA 2 Y RAMAL AV. FAUCETT - AV. GAMBETTA DE LA RED BÁSICA DEL METRO DE LIMA Y CALLAO Nº CÓDIGO DE IDENTIFICACIÓN DEL PREDIO SUJETO ACTIVO SUJETO PASIVO UBICACIÓN MONTO DE LA TASACIÓN EN NUEVOS SOLES MÁS EL 10% A QUE SE REFIERE EL NUMERAL 5.3 DEL ARTÍCULO 5 DE LA LEY Nº 30025 COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL 1 TE-189 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Eduarda Huamaní Zambrano Viuda de Benites LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA TOTAL DE EDIFICACIÓN: - Por el frente: Colinda con el Jr. Sergio Caller (Pasaje S/N) con 2.47 ml. - Por la derecha: Colinda con el Lote 1 (Área Remanente) con 4.99 ml. - Por la izquierda: Colinda con el Lote 2 con 4.85 ml. - Por el fondo: Colinda con el Lote 2 y 3 con 2.14 ml. ÁREA DE TERRENO AFECTADA DIRECTAMENTE: 11.35 M2. ÁREA AFECTADA DE LA EDIFICACIÓN: 55.66 M2. PARTIDA REGISTRAL Nº P 02235387 del Registro de Predios de Lima de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Ofi cina Registral Lima. Informe Técnico Nº 14693-2014- SUNARP-Z.R.Nº.IX/OC emitido por la Ofi cina de Catastro de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Ofi cina Registral Lima de SUNARP. S/. 54,844.60 VÉRTICE LADO DISTANCIA ESTE NORTE A A-B 4.85 281602.5553 8’665883.2780 B B-C 2.14 281606.8542 8’665881.0325 C C-D 4 99 281605.9840 8’665879.0761 D D-A 2.47 281601.4106 8’665881.0839 1240844-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 235-2015 MTC/01.02 Lima, 21 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30025 - Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura, se declaró de necesidad pública la ejecución del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Líneas 1 y 2, y Línea 4: Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta, y, se autorizó la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tales fi nes; Que, de acuerdo con el artículo 5 de la Ley antes citada, el valor de la tasación para adquirir inmuebles afectados para la ejecución de obras de infraestructura es fi jado por la Dirección Nacional de Construcción, actualmente la Dirección de Construcción de la Dirección