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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2015 (25/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Lunes 25 de mayo de 2015 553264 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO NACIONAL DE SANIDAD PESQUERA Designan funcionaria responsable de remitir ofertas de empleo del SANIPES a la Dirección General del Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 035-2015-SANIPES/DE Surquillo, 22 de abril de 2015 VISTOS: El Informe Técnico N° 008-2015-SANIPES/ URRHH de la Unidad de Recursos Humanos de la Ofi cina de Administración y el Informe N° 035 -2015-SANIPES/ OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), es un organismo especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar, supervisar y fi scalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, que tiene por objeto garantizar la inocuidad en toda la cadena productiva de productos pesqueros, acuícolas y de piensos de origen hidrobiológico, mediante la certifi cación sanitaria de calidad, fortaleciendo la autoridad sanitaria pesquera, a fi n de proteger la vida y la salud pública, y se rige por lo dispuesto en su norma de creación Ley N° 30063 y su reglamento; Que, mediante el artículo 2 del Decreto Supremo N° 012-2004-TR, Decreto Supremo que dicta Disposiciones Reglamentarias a la Ley N° 27736, referente a la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales del Sector Público y Privado, se establece la obligatoriedad de todos los organismos del Estado de remitir al Programa Red Cil Proempleo, hoy Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las ofertas de puestos públicos con diez (10) días hábiles de anticipación al inicio del concurso de los puestos de trabajo vacantes a ofertar, para lo cual se deberá designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad, mediante Resolución del titular de la entidad, la cual deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 107-2011-SERVIR/PE, se aprobó, entre otros, el modelo de convocatoria para la Contratación Administrativa de Servicios – CAS, del personal sujeto al régimen del Decreto Legislativo N° 1057, estableciendo la obligatoriedad de las entidades públicas de publicar las convocatorias de los procesos CAS, en el Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, asimismo, el artículo 3 de la Ley N° 29849 que incorpora, entre otros, el artículo 8 al Decreto Legislativo N° 1057, establece que el acceso al régimen de Contratación Administrativa de Servicios se realiza obligatoriamente mediante concurso, precisando que la convocatoria se realiza a través del portal institucional de la entidad convocante, en la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y en el Portal del Estado Peruano, sin perjuicio de utilizarse, a criterio de la entidad convocante, otros medios de información; Que, de conformidad a las normas antes citadas, mediante el Informe Técnico N° 008-2015-SANIPES/ URRHH, Jefa de la Unidad de Recursos Humanos de la Ofi cina de Administración, manifi esta la necesidad de designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES, a la Dirección General del Servicio Nacional del Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Con las visaciones del Secretario General, del Jefe Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Jefa de la Ofi cina de Administración; De conformidad con lo dispuesto en Ley N° 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera, el Decreto Supremo N° 009-2014-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera, la Ley N° 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012- 2004-TR; SE RESUELVE Artículo 1°.- Designar a la Abogada Ada Rosa Basulto Liewald, Jefa de la Ofi cina de Administración, como la funcionaria responsable de remitir las ofertas de empleo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES, a la Dirección General del Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2°.- Notifi car la presente Resolución a la Abogada Ada Rosa Basulto Liewald, Jefa de la Ofi cina de Administración del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA GARCÍA BONILLA Directora Ejecutiva 1241398-1 Designan funcionarios responsables de elaborar y actualizar el portal de transparencia y de clasificar información de carácter secreta, reservada y/o confidencial del SANIPES RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 039-2015-SANIPES-DE Surquillo, 6 de mayo de 2015 VISTOS: El Informe N° 076-2015-SANIPES/URRHH, emitido por la Unidad de Recursos Humanos de la Ofi cina de Administración y el Informe N° 041-2015-SANIPES/ OAJ, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30063, se crea el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar, supervisar y fi scalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, en el ámbito de su competencia, precisando, además que tiene por objetivo garantizar la trazabilidad e inocuidad en toda la cadena productiva de los productos pesqueros, acuícolas y de piensos de origen hidrobiológico, mediante la certifi cación sanitaria de calidad, fortaleciendo la autoridad sanitaria pesquera, con el fi n de proteger la vida y la salud pública; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28706, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información, consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, al respecto, el artículo 4 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información