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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2015 (25/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Lunes 25 de mayo de 2015 553259 Que, asimismo, la empresa L.C BUSRE S.A.C., ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; por lo que, los costos del viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, la solicitud presentada por la empresa L.C BUSRE S.A.C., ha sido califi cada y aprobada por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según se desprende del Informe No. 190-2015-MTC/12.04, al que se anexa la respectiva Orden de Inspección, así como, por la citada Dirección General, según el Informe No. 208-2015-MTC/12.04, verifi cándose el cumplimiento de lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 27261, la Ley No. 27619, la Ley No. 30281, el Decreto Supremo No. 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Félix Alberto Alvarez Zevallos, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuará del 26 al 31 de mayo de 2015 a la ciudad de Toluca de Lerdo, México D.F., Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en el Informe No. 208- 2015-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe No. 190-2015-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa L.C BUSRE S.A.C., a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos. Artículo 3.- El Inspector autorizado en el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS DURANTE LOS DÍAS 26 AL 31 DE MAYO DE 2015 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 190-2015-MTC/12.04 Y Nº 208-2015-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs. 1325-2015- MTC/12.04 26-May 31-May US$ 1,100.00 LC BUSRE S.A.C. Alvarez Zevallos, Félix Alberto Toluca de Lerdo, México D.F. Estados Unidos Mexicanos Chequeo técnico Inicial en simulador de vuelo en el equipo B- 737/500 a su personal aeronáutico. 6993-6994 1240471-1 Aprueban valor total de tasaciones correspondientes a predios afectados por ejecución de proyecto de la Red Básica del Metro de Lima y Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 234-2015 MTC/01.02 Lima, 21 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30025 - Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura, se declaró de necesidad pública la ejecución del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Líneas 1 y 2, y Línea 4: Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta, y, se autorizó la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tales fi nes; Que, de acuerdo con el artículo 5 de la Ley antes citada, el valor de la tasación para adquirir inmuebles afectados para la ejecución de obras de Infraestructura es fi jado por la Dirección Nacional de Construcción, actualmente la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Asimismo, para la aprobación del Valor Total de la Tasación, se considera el monto fi jado por la Dirección de Construcción agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial del predio y mejoras o cultivos permanentes existentes, de corresponder; Que, la aprobación del Valor Total de la Tasación se realiza mediante Resolución Ministerial del sector correspondiente; Que, mediante Ofi cio N° 376-2015/VIVIENDA-VMCS- DGPRCS-DC, de fecha 24 de marzo de 2015, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a través de la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, remite a la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, en adelante la AATE, entre otros, el Informe Técnico de Tasación con