Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2015 (25/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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General de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; en la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminacion progresiva del Regimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales; en el Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y sus modificatorias; en el numeral 8) del articulo 25 de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a la Licenciada en Ciencias de la Comunicacion MORDAZA MORDAZA Junes, en el cargo de Directora Ejecutiva de la Oficina de Comunicacion Social de la Oficina General de Comunicaciones (CAP. Nº 626), nivel F-4, del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 1241368-2 VISTOS:

El Peruano Lunes 25 de MORDAZA de 2015

La solicitud de la empresa L.C BUSRE S.A.C. con registro P/D No. 066699 del 16 de MORDAZA de 2015, y los Informes No. 208-2015-MTC/12.04, de la Direccion General de Aeronautica Civil y No. 190-2015-MTC/12.04, de la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, la Ley No. 30281, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, en el numeral 10.1 del articulo 10, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil, los cuales se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad; Que, la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, preve que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y en el MORDAZA de dicha competencia es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, la empresa L.C BUSRE S.A.C., ha presentado ante la autoridad de aeronautica civil, una solicitud para la evaluacion de su personal aeronautico, acompanando los requisitos establecidos en el Procedimiento No. 05 correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo No. 008-2002-MTC y sus modificatorias;

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a Mexico, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 233-2015 MTC/01.02 MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2015

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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