Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2015 (25/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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El Peruano Lunes 25 de MORDAZA de 2015

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban el Plan Anual de Capacitacion a Terceros Vinculados a la Inocuidad de los Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos para el periodo 2015
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0046-2015-MINAGRI-SENASA-DIAIA 28 de MORDAZA de 2015 VISTO: La Resolucion Jefatural N° 253-2011-AG-SENASA, de fecha 16 de setiembre del 2011, que establece el Programa Nacional de Capacitacion en Inocuidad de los Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 16° del Decreto Legislativo N° 1062 ­ Ley de Inocuidad de los Alimentos, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA es la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria y tiene competencia exclusiva en el aspecto tecnico, normativo y de vigilancia en materia de inocuidad de los alimentos agropecuarios de produccion y procesamiento primario destinados al consumo humano y piensos, de produccion nacional o extranjera, y que ejercera sus competencias contribuyendo a la proteccion de la salud de los consumidores y promoviendo la competitividad de la agricultura nacional, a traves de la inocuidad de la produccion agropecuaria; Que, el Articulo 1° del Decreto Supremo N° 004-2011AG ­ Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria, senala como objetivo establecer disposiciones para garantizar la inocuidad de los alimentos agropecuarios primarios, asi como de los piensos, con el proposito de proteger la MORDAZA y la salud de las personas, reconociendo y asegurando los derechos e intereses de los consumidores y promoviendo la competitividad de la agricultura nacional; Que, el Articulo 47° del Decreto Supremo N° 0042011-AG ­ Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria, establece que el SENASA y los Gobiernos Regionales y Locales, mantendran comunicacion estrecha con otras autoridades y asociaciones de consumidores, coordinando y ejerciendo actividades que conlleven a la proteccion de la salud de los consumidores; Que, el Articulo 48º del Decreto Supremo N° 004-2011-AG ­ Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria, establece que el SENASA, los Gobiernos Regionales y Locales, desarrollaran programas de capacitacion y difusion para fortalecer los sistemas de vigilancia y control de la inocuidad de los alimentos agropecuarios primarios y piensos, de acuerdo a la identificacion de necesidades en la cadena de suministro de estos alimentos y piensos, asi como de los consumidores. Los programas de capacitacion sanitaria para los manipuladores de alimentos agropecuarios primarios y piensos deben incluir los aspectos relacionados a los Principios Generales de Higiene y Buenas Practicas de Produccion y Manipulacion; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 253-2011-AGSENASA, se establece el Programa Nacional de Capacitacion en Inocuidad de los Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos, el cual se ejecutara a nivel nacional en coordinacion con las autoridades de los Gobiernos Regionales y Locales; Que, visto la mencionada Resolucion, se establece que el Programa Nacional de Capacitacion en Inocuidad de los Alimentos agropecuarios primarios y piensos, constara de planes anuales en los que especificara el calendario a seguir, los agentes vinculados a la cadena alimentaria a capacitar, los lugares donde se realizara la capacitacion, asi como la metodologia a seguir; De conformidad con lo dispuesto y, en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo N° 1062 - Ley de Inocuidad de los Alimentos, Decreto Supremo N° 034-2008-AG ­ Reglamento de la Ley de Inocuidad de los Alimentos, Decreto Supremo N° 004-2011-AG y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2005-AG; y el visado de la Subdireccion de Inocuidad Agroalimentaria,

Oficina de Planificacion y Desarrollo Institucional y Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el Plan Anual de Capacitacion a Terceros Vinculados a la Inocuidad de los Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos para el periodo 2015; el que se desarrollara sobre los lineamientos establecidos en el Programa Nacional de Capacitacion a Terceros Vinculados a la Inocuidad de los Alimentos Agropecuarios y Piensos, aprobado mediante Resolucion Jefatural N° 253-2011-AG-SENASA. Articulo 2°.- Para el periodo 2015, las Direcciones Ejecutivas del SENASA, coordinaran con sus Terceros Vinculados a la Inocuidad de los Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos para que ejecuten la capacitacion en su respectiva jurisdiccion territorial, segun el anexo que forma parte de la presente Resolucion, que sera publicado en el MORDAZA institucional del SENASA (www.senasa.gob.pe). Articulo 3°.- El presupuesto utilizado en la capacitacion para el periodo 2015, sera el establecido en el Plan Operativo Anual 2015, en lo que corresponde a la Unidad Basica de Gestion "Sistema de Inocuidad Agroalimentaria 2013-2015". Articulo 4°.- Aquellos involucrados en alguna de las etapas de la cadena agroalimentaria primaria y que no se encuentren dentro del alcance de lo indicado en los Articulos 2° y 3° de la presente Resolucion, podran solicitar al SENASA ser capacitados sobre Inocuidad de los Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos. Dichas solicitudes podran ser ejecutadas por SENASA, siempre que no se incurra en gastos adicionales a lo establecido en su Plan Operativo Anual 2015. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1241047-1

Aprueban el Plan Anual de Monitoreo de Residuos Quimicos y Otros Contaminantes en Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos, para el periodo MORDAZA 2015 a marzo 2016
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0050-2015-MINAGRI-SENASA-DIAIA 18 de MORDAZA de 2015 VISTO: La Resolucion Jefatural Nº 0207-2012-AG-SENASA, de fecha 27 de agosto de 2012, que establece el Programa Nacional de Monitoreo de Contaminantes en alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 16° del Decreto Legislativo Nº 1062 ­ Ley de Inocuidad de los Alimentos, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA es la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria y tiene competencia exclusiva en el aspecto tecnico, normativo y de vigilancia en materia de inocuidad de los alimentos agropecuarios de produccion y procesamiento primario destinados al consumo humano y piensos, de produccion nacional o extranjera, y que ejercera sus competencias contribuyendo a la proteccion de la salud de los consumidores y promoviendo la competitividad de la agricultura nacional, a traves de la inocuidad de la produccion agropecuaria; Que, el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2011AG - Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria, senala como objeto establecer disposiciones para garantizar la inocuidad de los alimentos agropecuarios primarios asi como de los piensos, con el proposito de proteger la MORDAZA y la salud de las personas, reconociendo y asegurando los

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