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El Peruano Miércoles 27 de mayo de 2015 553314 GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA / MUNICIPALIDAD), GOBIERNO REGIONAL Y UNIVERSIDADES NACIONALES ÍNDICE VILLA VIRGEN 0.0004222645 PARURO PARURO 0.0008943958 ACCHA 0.0015025596 CCAPI 0.0013493516 COLCHA 0.0004575202 HUANOQUITE 0.0019721419 OMACHA 0.0030126812 PACCARITAMBO 0.0006609114 PILLPINTO 0.0003811500 YAURISQUE 0.0008008758 PAUCARTAMBO PAUCARTAMBO 0.0046316045 CAICAY 0.0009713650 CHALLABAMBA 0.0044564334 COLQUEPATA 0.0037655525 HUANCARANI 0.0021329038 KOSÑIPATA 0.0019486991 QUISPICANCHI URCOS 0.0021121819 ANDAHUAYLILLAS 0.0014272481 CAMANTI 0.0008953105 CCARHUAYO 0.0013593622 CCATCA 0.0056304935 CUSIPATA 0.0018233196 HUARO 0.0012169609 LUCRE 0.0014044435 MARCAPATA 0.0019114008 OCONGATE 0.0056484055 OROPESA 0.0016019301 QUIQUIJANA 0.0036335600 URUBAMBA URUBAMBA 0.0054236086 CHINCHERO 0.0033111998 HUAYLLABAMBA 0.0013376416 MACHUPICCHU 0.0010052536 MARAS 0.0021202813 OLLANTAYTAMBO 0.0037477054 YUCAY 0.0003716197 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AREQUIPA 0.0236025421 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE CUSCO 0.1263974579 UNIVERSIDADES NACIONALES UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTIN 0.0078675140 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO 0.0210662430 UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE QUILLABAMBA 0.0210662430 1242388-3 EDUCACION Aprueban las Bases de la XII Olimpiada Nacional Escolar de Matemática 2015 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 024-2015-MINEDU Lima, 26 de mayo de 2015 VISTOS, el Ofi cio N° 445-2015-MINEDU/VMGP- DIGEBR, el Informe Nº 127-2015/MINEDU/VMGP- DIGEBR/DES, y el Informe N° 232-2015- MINEDU/SG- OGAJ; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0180- 2004-ED, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 178- 2005-ED, se instituyó la Olimpiada Nacional Escolar de Matemática, como un espacio que permita a los alumnos de las instituciones educativas de Educación Básica Regular- Secundaria del país contrastar sus aprendizajes en esta ciencia; Que, a través de la Norma Técnica denominada “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2015 en la Educación Básica”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 556-2014-MINEDU, el Ministerio de Educación autoriza, entre otros concursos, la XII Olimpiada Nacional Escolar de Matemática 2015; Que, la XII Olimpiada Nacional Escolar de Matemática 2015 busca estimular el estudio de matemática y contribuir al mejoramiento de los logros de aprendizaje de matemática de estudiantes de educación secundaria; así como promover el desarrollo de competencias matemáticas de resolución de problemas en los estudiantes y su aplicación en la vida cotidiana; promover el desarrollo de jóvenes talentos matemáticos en el ámbito escolar; fomentar el trabajo en equipo; así como propiciar la sana competencia, el compañerismo y la amistad entre los participantes; Que, mediante el Ofi cio Nº 445-2015-MINEDU/VMGP/ DIGEBR, la Directora General de Educación Básica Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 127-2015/MINEDU/VMGP- DIGEBR/DES, a través del cual la Dirección de Educación Secundaria sustenta la necesidad de aprobar las Bases de la XII Olimpiada Nacional Escolar de Matemática 2015, precisando que es una estrategia pedagógica que moviliza a los estudiantes de educación secundaria de las instituciones educativas públicas y privadas para mejorar sus logros de aprendizajes en el área curricular de matemática; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001- 2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las Bases de la XII Olimpiada Nacional Escolar de Matemática 2015, las mismas que como Anexo forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Educación Secundaria, Direcciones Regionales de Educación, Gerencias Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas, el adecuado cumplimento de la presente resolución. Artículo 3.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, encargándose a la Ofi cina General de Asesoría Jurídica su publicación y la de su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio