Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2015 (16/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Lunes 16 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

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Público, traspasará al Gobierno Regional del Callao, los recursos provenientes de la emisión interna de bonos soberanos que se aprueba en el Artículo 1 del presente Decreto Supremo, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, a ser suscrito con el citado Gobierno Regional, el mismo que será aprobado mediante Resolución Ministerial de Economía y Finanzas. 4.2 Dicho Convenio establecerá, adicionalmente, los términos y condiciones en los cuales el Gobierno Regional del Callao trasladará al Ministerio de Economía y Finanzas los recursos relacionados con el servicio de la deuda derivada de la emisión interna de bonos soberanos. Artículo 5.-Suscripción de documentos Autorícese al Director General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir toda la documentación que se requiera para implementar la operación de endeudamiento. Artículo 6.-Servicio de Deuda El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione la emisión de bonos soberanos que se autoriza en el Artículo 1 del presente decreto supremo, será atendido por el Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos que para tal efecto le transfiera oportunamente el Gobierno Regional del Callao. Artículo 7.-Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Transportes y Comunicaciones y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de noviembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1312333-1

FN, solicita recursos adicionales destinados entre otros, a financiar el pago de los gastos operativos de los nuevos Fiscales Titulares del Ministerio Público nombrados por el Consejo Nacional de la Magistratura, producto de las convocatorias N°s 003 y 004-2014-SN/CNM, los mismos que no fueron previstos en el presupuesto institucional del año 2015 del Ministerio Público, debido a que sus nombramientos se produjeron con posterioridad a la elaboración del proyecto de presupuesto del año 2015, motivo por el cual no fue posible incluir el financiamiento en la Ley de Presupuesto del presente año fiscal; Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, los recursos para la acción descrita en los considerandos precedentes, no han sido previstos en el presupuesto institucional del presente año fiscal del pliego 022: Ministerio Público, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de DIECISÉIS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 16 000 000,00), para el financiamiento de los gastos operativos de los nuevos Fiscales Titulares nombrados por el Consejo Nacional de la Magistratura producto de las convocatorias N°s 003 y 004-2014-SN/CNM; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de DIECISÉIS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 16 000 000,00), a favor del pliego 022: Ministerio Público, destinados al financiamiento de los gastos operativos de los nuevos Fiscales Titulares nombrados por el Consejo Nacional de la Magistratura producto de las convocatorias N°s 003 y 004-2014-SN/ CNM, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del pliego Ministerio Público
DECRETO SUPREMO Nº 323-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 se aprobó, entre otros, el presupuesto del pliego 022: Ministerio Público; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura, en aplicación de las prerrogativas que le otorga el inciso a) del artículo 21 de la Ley N° 26397 - Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, ha expedido diversas resoluciones de nombramiento de Fiscales Titulares a quienes le corresponde percibir las remuneraciones establecidas por la Ley N° 30125 -"Ley que establece medidas para el fortalecimiento del Poder Judicial"; Que, los gastos operativos constituyen un componente dentro de la estructura de ingresos mensuales que de acuerdo a ley corresponde percibir a los Fiscales Titulares nombrados en sus diversos niveles o categorías; Que, el Ministerio Publico mediante los Oficios N°s 00196-2015-MP-FN, 384-2015-MP-FN y 410-2015-MP-

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.0. Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO : Gobierno Central 022 : Ministerio Público 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público 1 : Recursos Ordinarios 16 000 000,00 ------------------16 000 000,00 ===========

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