Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2015 (16/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

NORMAS LEGALES

Lunes 16 de noviembre de 2015 /

El Peruano

GASTOS CORRIENTES 2.1. Personal y Obligaciones Sociales TOTAL EGRESOS

16 000 000,00 ------------------16 000 000,00 ===========

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos a que se refiere el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de noviembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1312333-2

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a favor de la Municipalidad Distrital de Santa Anita
DECRETO SUPREMO Nº 324-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprueban, entre otros, los créditos presupuestarios correspondientes a los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; Que, mediante Decreto Supremo N° 059-2010-MTC, modificado por Decreto Supremo N° 009-2013-MTC, se aprueba la Red Básica del Metro de Lima ­ Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, la misma que estará conformada sobre la base de seis (06) líneas,

entre las cuales se encuentra la Línea 2 que conecta el Este (Ate) y el Oeste (Callao); Que, con fecha 28 de abril de 2014 se suscribió el Contrato de Concesión del Proyecto "Línea 2 y Ramal Av. Faucett ­ Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao", el cual requiere para su implementación generar planes de desvíos en la vías urbanas de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, conforme lo establecido en el numeral 6.74 de la Sección VI Inversiones Obligatorias y Pruebas de Puesta en Marcha del citado Contrato de Concesión; Que, el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1176, Decreto Legislativo para Promover, Fomentar y Agilizar la Inversión Pública, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el año fiscal 2015, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Locales, para financiar actividades y proyectos de inversión pública de infraestructura vial urbana, vinculados a la ejecución de la Línea 2 y Ramal Av. Faucett ­ Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao, así como a proyectos de infraestructura vial vinculados al desarrollo integral de los sistemas de transporte masivo de la ciudad de Lima Metropolitana; estableciéndose que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de este último; Que, asimismo, el segundo párrafo del artículo 8 del citado Decreto Legislativo, dispone que para la finalidad mencionada en el considerando precedente, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, quedando exonerado de lo dispuesto en el literal c) del numeral 41.1 del artículo 41, el artículo 76 y el artículo 80 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, mediante Oficio N° 080-2015-ALC/MDSA, la Municipalidad Distrital de Santa Anita solicita al Ministro de Transportes y Comunicaciones, la transferencia de recursos para la ejecución tres (03) proyectos de inversión pública denominados "Mejoramiento y Rehabilitación de Pavimento en la Av. Cascanueces Tramo Av. Huarochirí - Av. Los Ruiseñores, Distrito de Santa Anita - Lima ­ Lima", con Código Unificado N° 2268864, "Mejoramiento y Rehabilitación de Pavimento en la Av. 22 de Julio Tramo Av. Los Virreyes - Carretera Central, Distrito de Santa Anita - Lima ­ Lima", con Código Unificado N° 2271803 y "Mejoramiento y Rehabilitación de pavimento en la Av. Colectora Industrial y Av. La Encalada, Distrito de Santa Anita Lima ­ Lima", con Código Unificado N° 2269312; Que, a través del Memorándum N° 383-2015MTC/33.1 el Director Ejecutivo de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao ­ AATE, adjunta el Informe N° 041-2015-MTC/33.4 del Jefe (e) de la Oficina de Programación, Evaluación e Información de la citada Autoridad Autónoma, en el que recomienda gestionar a través del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Transferencia de Partidas a favor de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, hasta por la suma de DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 19 590 470,00), de conformidad a lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1176; Que, a través del Memorando N° 3037-2015MTC/09.03, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones adjunta el Informe N° 1111-2015MTC/09.03 de su Oficina de Presupuesto, y propone un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas a favor de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, en el marco de lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1176, Decreto Legislativo para promover, fomentar y agilizar la inversión pública; en virtud de lo cual, a través del Oficio N° 1554-2015-MTC/04, el referido Ministerio solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de

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