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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015 (02/10/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 36

563154 NORMAS LEGALES Viernes 2 de octubre de 2015 / El Peruano Artículo 4º.- Multas y deudas no sujetas a fraccionamiento y/o aplazamiento CAPÍTULO III PLAZOS DE FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO Artículo 5º.- Plazos máximos del fraccionamiento y/o aplazamiento CAPÍTULO IV DE LA SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO Artículo 6º.- De la solicitud de fraccionamiento y/o aplazamiento Artículo 7º.- De la documentación adjunta a la solicitud Artículo 8º.- Del procedimiento de la solicitud de fraccionamiento y/o aplazamiento CAPÍTULO V DE LAS GARANTÍAS Artículo 9º.- Garantía personal para acogerse al bene fi cio Artículo 10º.- De la carta fi anza Artículo 11º.- Del plazo para presentar la carta fi anza CAPÍTULO VI DEL OTORGAMIENTO O DENEGATORIA DEL BENEFICIO DE FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO Artículo 12º.- Califi cación positiva de la solicitud de fraccionamiento y/o aplazamiento Artículo 13º.- Aprobación o denegatoria de la solicitud de fraccionamiento y/o aplazamiento CAPÍTULO VII DE LOS ASPECTOS GENERALES DERIVADOS DEL FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO DE LA MULTA Artículo 14º.- Obligaciones generales Artículo 15º.- Tasa de interés Artículo 16º.- Pago adelantado de cuotas CAPÍTULO VIII PÉRDIDA DEL BENEFICIO DE FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO Artículo 17º.- Pérdida del bene fi cio Artículo 18º.- Efectos de la pérdida del bene fi cio Anexo I: Plazos para el fraccionamiento y/o aplazamiento de las solicitudes presentadas dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de noti fi cación de la resolución de sanción. Anexo II: Plazos para el fraccionamiento y/o aplazamiento de las solicitudes presentadas después de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de notifi cación de la resolución de sanción. Anexo III: Solicitud de fraccionamiento y/o aplazamiento de pago de multas impuestas por el OEFA. TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO DEL PAGO DE LAS MULTAS IMPUESTAS POR EL ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL - OEFA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 º.- Objeto y fi nalidad El presente Reglamento tiene por objeto regular el procedimiento de cali fi cación y otorgamiento de los bene fi cios de fraccionamiento y/o aplazamiento del pago de las multas impuestas por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, así como la denegatoria y los efectos de la pérdida de los referidos bene fi cios, con la fi nalidad de optimizar y facilitar el cumplimiento de su pago. Artículo 2 º.- Defi niciones Para efectos del presente Reglamento se entenderá por: a) Amortización: el monto mensual a redimir de la multa impuesta por el OEFA. b) Bene fi cio: el fraccionamiento y/o aplazamiento del pago de la multa impuesta por el OEFA. c) Cuota: aquella que comprende la amortización más el interés legal establecido en el Artículo 15º del presente Reglamento. d) Deuda: total de cuotas impagas. e) Multa: la sanción administrativa de carácter monetario impuesta por el OEFA. f) Multa coercitiva: medio de ejecución forzosa que se aplica cuando el administrado persiste en el incumplimiento de una medida administrativa emitida por el órgano competente del OEFA. g) Obligado: la persona natural o jurídica a la cual se le impuso la multa. CAPÍTULO II ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 3 º.- Multas materia de fraccionamiento y/o aplazamiento 3.1 La O fi cina de Administración del OEFA podrá otorgar el bene fi cio de fraccionamiento y/o aplazamiento del pago de las multas que consten en una resolución emitida por la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos, siempre que no hayan sido objeto de impugnación administrativa; o, en caso hayan sido impugnadas, se acredite el desistimiento del recurso presentado. 3.2 También podrán ser objeto de fraccionamiento y/o aplazamiento el pago de las multas que consten en una resolución emitida por la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos o por el Tribunal de Fiscalización Ambiental que: a) Se encuentren en procedimiento de cobranza coactiva. b) Hayan sido impugnadas judicialmente, siempre que el obligado acredite el desistimiento de la pretensión impugnada. Artículo 4 º.- Multas y deudas no sujetas a fraccionamiento y/o aplazamiento No podrán ser materia del bene fi cio de fraccionamiento y/o aplazamiento: a) Multas coercitivas impuestas por el OEFA. b) Multas impuestas por proporcionar información falsa o por ocultar, destruir o alterar información o cualquier tipo de registro o documento que haya sido requerido por el OEFA. c) Multas impuestas por negarse, injusti fi cadamente, a entregar información o por impedir o entorpecer, mediante violencia o amenaza, el ejercicio de las funciones de competencia del OEFA. d) Multa que haya sido rebajada en 25% o 30%, en aplicación de la Décimo Primera Regla General sobre el ejercicio de la potestad sancionadora del OEFA, aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 038-2013-OEFA/CD. e) La deuda que hubiera sido materia de fraccionamiento y/o aplazamiento anterior.