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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015 (07/10/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 5

563447 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de octubre de 2015 El Peruano / • Subo fi cial Técnico de Primera : 22 años • Subo fi cial Brigadier : 26 años DEBE DECIR: Artículo 44.- Tiempo Mínimo de Servicios y requisitos para el ascenso. Los O fi ciales y Subo fi ciales deben tener el tiempo mínimo de servicios reales y efectivos en sus respectivos grados y contar con un tiempo mínimo de años de servicios efectivos y reales, considerados al 31 de diciembre del año del proceso, conforme a las escalas siguientes: (...) 6) Subo fi ciales de Armas y Servicios deberán contar, como mínimo, con los siguientes años de servicios como Subo fi cial para postular al grado inmediato superior: • Subo fi cial de segunda : 5 años • Subo fi cial de Primera : 10 años • Subo fi cial Técnico de Tercera : 15 años • Subo fi cial Técnico de Segunda : 19 años • Subo fi cial Técnico de Primera : 23 años • Subo fi cial Brigadier : 27 años • Subo fi cial Superior : 31 años - En la Primera Disposición Complementaria Modi fi catoria (página 562200): DICE: Artículo 48.- Declaratoria de aptitud para el ascenso a General Son declarados aptos los Coroneles de Armas y de Servicios que reúnan los requisitos siguientes: (...) 2) Encontrarse en situación de actividad en cuadros por lo menos (1) año antes al de proceso de selección. (...)DEBE DECIR: Artículo 48.- Declaratoria de aptitud para el ascenso a General Son declarados aptos los Coroneles de Armas y de Servicios que reúnan los requisitos siguientes: (...) 2) Encontrarse en situación de actividad en cuadros por lo menos (1) año antes del proceso de selección. (...) - En la Primera Disposición Complementaria Modi fi catoria (página 562200): DICE:Artículo 52.- Factores de evaluación de los Ofi ciales y Subo fi ciales Los factores evaluación del desempeño profesional o técnico, formación académica, experiencia para el servicio policial, antigüedad y moral y disciplina, serán evaluados por las juntas selectoras, sobre la base de la información que obra en el legajo personal, considerando los méritos acumulados hasta el mes de julio del año del proceso de ascenso. Los deméritos impuestos se ponderan hasta el 31 de diciembre del año del proceso de ascenso. DEBE DECIR: Artículo 52.- Factores de evaluación de los Ofi ciales y Subo fi ciales Los factores de evaluación del desempeño profesional o técnico, formación académica, experiencia para el servicio policial, antigüedad y moral y disciplina, serán evaluados por las juntas selectoras, sobre la base de la información que obra en el legajo personal, considerando los méritos acumulados hasta el mes de julio del año