Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2015 (21/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Miércoles 21 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

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D.A. Nº 019-2015-ALC/MSI.- Aprueban el Reglamento que establece disposiciones relativas a la presentación de Declaraciones Tributarias vinculadas al Impuesto Predial aplicable en el distrito 564215 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR D.A. Nº 015-2015-ALC/MVES.- Aprueban Tabla de Puntuación para la calificación de los proyectos que se presenten en el Marco del Presupuesto Participativo 2016, Basado en Resultados del Distrito de Villa El Salvador 564216

D.A. Nº 016-2015-ALCV/MVES.Aprueban el "Reglamento para el Proceso de Presupuesto Participativo Específico 2016 del Programa de Municipios Escolares del distrito de Villa El Salvador", el "Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo Específico 2016 de Niños, Niñas y Adolescentes, del distrito de Villa El Salvador", el "Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo Específico 2016 dirigido a atender la Problemática de Adultos/as Mayores del distrito de Villa El Salvador" y el "Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo Específico 2016 para la Implementación del Plan de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres de Villa El Salvador al 2021" 564217

PODER EJECUTIVO

INTERIOR
Declaran de interés nacional el objeto del proceso de contratación para la adquisición de pistolas de la Policía Nacional del Perú
DECRETO SUPREMO N° 009-2015-IN
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 166 de la Constitución Política del Perú establece que la Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras; Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2013-IN, se aprobó el "Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013 ­ 2018", como política nacional del Estado peruano, que constituye el principal instrumento orientador en esta materia, estableciendo la visión, las metas, los objetivos y las actividades para enfrentar la inseguridad, la violencia y el delito en el país; asimismo, dicho Plan establece como Objetivo Específico 5.2, equipar a la Policía Nacional del Perú de infraestructura y equipamiento apropiado para el ejercicio de la función policial, para lo cual dispuso entre sus Actividades, dotar al personal policial de armamento; Que, con Resolución Suprema N° 095-2015-IN, se aprobó el "Plan Estratégico de Modernización, Repotenciación, Renovación, Reemplazo y Reparación del Equipamiento de la Policía Nacional del Perú 2015 ­ 2019", mediante el cual se priorizó la adquisición de 28 707 pistolas de puño para la Policía Nacional del Perú, en razón a que el armamento con el que cuenta actualmente la Policía Nacional del Perú tiene una antigüedad superior a los veinte años; garantizando de este modo la capacidad operativa en las intervenciones efectuadas por la Policía Nacional del Perú; Que, la renovación del citado armamento por nuevas pistolas, generará un impacto positivo en las fuerzas del orden, contribuyendo al cumplimiento de sus funciones consagrada en el artículo 166 de la Constitución Política del Perú, frente a la delincuencia y la inseguridad ciudadana, generando a la vez un efecto disuasivo, en resguardo y protección de la comunidad, de la vida del personal policial y del patrimonio público y privado; Que, en el segundo párrafo del artículo 76 de la Constitución Política del Perú, referido a la obligatoriedad de la Contratación y Licitación Pública, se dispone que la ley establece el procedimiento, las excepciones y las respectivas responsabilidades; Que, la Trigésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, establece que las contrataciones del Estado peruano con otro Estado no se encuentran bajo los alcances de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº

ECONOMIA Y FINANZAS
Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a las importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 020-2015-EF/15.01
Lima, 20 de octubre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 115-2001-EF, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado decreto supremo; Que, a través del Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modificó el artículo 7 del Decreto Supremo N° 1152001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados mediante resolución viceministerial del Viceministro de Economía; Que, con Decreto Supremo N° 161-2015-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia en el periodo comprendido del 1 de julio al 31 de diciembre de 2015; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia obtenidos en base a las cotizaciones observadas en el periodo del 1 al 15 de octubre de 2015; y De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modificado con el artículo 1 del Decreto Supremo N° 184-2002-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo 2 682

200

413

4062

Regístrese, comuníquese y publíquese. ENZO DEFILIPPI ANGELDONIS Viceministro de Economía

1301506-1

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