Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2015 (21/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Miércoles 21 de octubre de 2015 /

El Peruano

mencionada Ley Nº 27444, y el numeral 3 del Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, mediante Oficio N° 226-2015-MIGRACIONES, de fecha 23 de julio de 2015, el Superintendente Nacional de MIGRACIONES remite al Ministerio del Interior una propuesta de modificación de sus procedimientos administrativos contenidos en el "Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio del Interior", a fin de: i) Eliminar determinados Sub Procedimientos Administrativos, y ii) Eliminar y simplificar requisitos de determinados Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad; Que, la mencionada propuesta de modificación se sustenta en los Oficios N° 0786-2015-MIGRACIONESPP y N° 1207-2015-MIGRACIONES-AJ, de fechas 24 de junio y 01 de julio de 2015, respectivamente, que contienen las opiniones técnica y legal desarrolladas en los Informes Nº 406-2015-MIGRACIONES-PP y N° 221-2015-MIGRACIONES-AJ, de fechas 23 de junio y 1 de julio de 2015, elaborados por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Dirección General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, en los cuales se establece el sustento técnico legal para: i) Eliminar determinados Sub Procedimientos Administrativos, y ii) Eliminar y simplificar requisitos de determinados Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad; Que, a través del Oficio N° 002012-2015/IN/DGPP, de fecha 4 de setiembre de 2015, la Dirección General de Planificación y Presupuesto del Ministerio del Interior remitió el Informe N° 000139-2015/IN/DGPP/DMDI, de la misma fecha, de su Dirección de Modernización y Desarrollo Institucional, en la que se manifestó que la propuesta de modificación al "Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio del Interior", formulada por la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES contribuirá a la simplificación administrativa en el Ministerio del Interior, en concordancia con la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobada por Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, que tiene por objetivo la eliminación de obstáculos o costos innecesarios para el ciudadano, opinando que el citado proyecto resulta técnicamente viable, el mismo que guarda concordancia con lo establecido en el numeral 3 del artículo 36° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que estipula que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial; Que, mediante Informe N° 001143-2015/IN/OGAJ, de fecha 16 de setiembre de 2015, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior, señaló que es legalmente viable la propuesta formulada por la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES para la modificación de sus procedimientos administrativos contenidos en el "Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio del Interior"; Que, en el marco de las políticas de modernización y facilitación de la atención al ciudadano, establecidas por

el Poder Ejecutivo, se considera conveniente simplificar el "Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del Ministerio del Interior", en la parte relativa a la Superintendencia Nacional de Migraciones MIGRACIONES (ex DIGEMIN); De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Legislativo Nº 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Decreto Supremo N° 0102013-IN, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Eliminar del "Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio del Interior", en la parte relativa a la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES (ex DIGEMIN), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2012-IN y sus modificatorias, lo siguiente: a) Los sub procedimientos administrativos detallados en el Anexo 1, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. b) Los requisitos de los procedimientos y servicios administrativos prestados en exclusividad, según Anexos 2 y 3, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Establecer el contenido del "Texto Único de Procedimientos Administrativos- TUPA del Ministerio del Interior", en la parte relativa a la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES (ex DIGEMIN), conforme al Anexo 4 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial se publica en el Diario Oficial El Peruano y entrará en vigencia a los cinco (05) días calendario siguientes a su respectiva publicación. Artículo 4º.- Disponer que a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución Ministerial, los procedimientos, peticiones, solicitudes, denuncias, recursos impugnativos, y en general, cualquier trámite que se encuentre sustanciándose ante los órganos de la Superintendencia Nacional de Migraciones MIGRACIONES, deberán resolverse de conformidad con los requisitos establecidos en el Anexo 4 mencionado en el artículo 2. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial y los Anexos 1, 2, 3 y 4 que la conforman serán publicados de forma conjunta en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob. pe), en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www. migraciones.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior

ANEXO 1 ELIMINACIÓN DE SUB PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CONTENIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR EN LA PARTE RELATIVA A LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES (EX DIGEMIN) NÚMERO DE ORDEN EN TUPA 7 ÓRGANO DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO Prórroga de Permanencia SUB PROCEDIMIENTO ELIMINADO · Familiar de Residente FUNDAMENTO LEGAL ESPECÍFICO DE CADA ELIMINACIÓN DE SUB PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS · Artículo 33º de la Ley de Extranjería, Decreto Legislativo Nº 703, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1043. · Artículo 42º del Reglamento de la Ley Nº 27891, Ley del Refugiado, aprobado por el Decreto Supremo N° 119-2003-RE; y, el artículo 30º del Reglamento de la Ley Nº 27840, Ley de Asilo, aprobado por Decreto Supremo N° 092-2005-RE. · Artículo 7º de la Ley de Extranjería, Decreto Legislativo Nº 703.

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