Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2015 (21/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Miércoles 21 de octubre de 2015 /

El Peruano

1017, disponiendo además que a partir de la vigencia de la acotada Ley, el procedimiento de contratación y la ejecución del contrato correspondiente, se regula bajo los alcances del comercio internacional y por las normas y principios del derecho internacional, lo que no enerva la obligación de cumplir con la legislación nacional en los actos previos a la contratación; Que, asimismo, la Ley N° 29951 establece que mediante Decreto Supremo refrendado por el titular del sector, se declara de interés nacional el objeto de la contratación y se autoriza la formalización de los actos necesarios, para lo cual se requiere: i) Estudio de mercado; ii) Los informes técnico-económicos que evidencien las ventajas comparables para el Estado peruano de contratar directamente con otro Estado; iii) Un informe de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces del sector correspondiente que señale que se cuenta con el financiamiento necesario para dicha contratación, salvo que se requiera concertar una operación de endeudamiento, en cuyo caso, la misma debe estar contemplada en el Programa Anual de Endeudamiento del año respectivo; y, iv) Declaratoria de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), cuando corresponda; Que, mediante Informe Nº 255-2014-EF/62.01, de fecha 24 de julio de 2014, la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas ha señalado que la citada Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, se mantiene vigente al no contener materia presupuestal; Que, el numeral 17) del artículo 6 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobada con Decreto Legislativo N° 1135, establece entre las funciones del Ministerio del Interior, efectuar contrataciones de Gobierno a Gobierno para la provisión de bienes o servicios especializados, cuando corresponda; Que, las contrataciones de bienes y servicios en el marco de una contratación de Gobierno a Gobierno en el Sector Interior se rigen por la Directiva N° 006-2014/IN, "Procedimiento para la contratación de bienes y servicios bajo la modalidad de Gobierno a Gobierno", aprobada por Resolución Ministerial Nº 0916-2014-IN, mediante la cual se regula el procedimiento para la contratación con un Gobierno Extranjero; Que, el numeral 6.7 de la mencionada Directiva establece que el expediente de contratación debe contener: i) El requerimiento y el detalle de las especificaciones técnicas o términos de referencia de los bienes o servicios, según corresponda, ii) La declaratoria de viabilidad en el SNIP, cuando se trate de un proyecto de inversión pública; iii) Las expresiones de interés del Gobierno o Gobiernos interesados en proveer los bienes o servicios; iv) El estudio de mercado; v) El Informe Técnico - Económico, elaborado por el Comité Técnico; vi) El reporte de inclusión de la contratación en el Plan Anual de Contrataciones; vii) El Informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto en el cual se señale que se cuenta con el financiamiento necesario para dicha contratación; y, viii) La Certificación y/o previsión presupuestal, según corresponda, emitido por el órgano competente; Que, la contratación de bienes se sustenta en el correspondiente Estudio de Mercado y en el Informe Técnico-Económico, a través de los cuales se verifican las ventajas comparables para el Estado peruano de contratar directamente con otro Estado, así como el Informe de Financiamiento, necesarios para efectuar dicha contratación, en observancia a lo dispuesto en la Trigésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951; Que, el Ministerio del Interior ha efectuado la aprobación del Expediente de Contratación para la adquisición de pistolas de puño, bajo la modalidad de Gobierno a Gobierno, en cumplimiento del numeral 6.7 de la Directiva N° 006-2014/IN, por lo que resulta necesario emitir el acto que declare de interés nacional la presente adquisición, debiendo autorizarse al Ministro de Interior a emitir los actos que sean necesarios para lograr tal fin; De conformidad con las facultades conferidas en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, y el numeral 3) del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1.- Declarar de interés nacional el objeto del proceso de contratación para la adquisición de 28,707

pistolas de puño, para la Policía Nacional del Perú, bajo la modalidad de contratación de Gobierno a Gobierno, conforme al sustento indicado en la parte considerativa de la presente disposición. Artículo 2.- Autorizar al Ministro del Interior a emitir los actos necesarios para la formalización de la contratación indicada en el artículo precedente. Artículo 3.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de octubre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior

1301915-1

Autorizan viaje de Viceministro de Orden Interno, Asesor Diplomático de la MISPA V y Oficial de la PNP, a los EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 215-2015-IN
Lima, 20 de octubre de 2015 VISTOS; el OF. RE (DPM-DSD) N° 2-10-C/941ca, de fecha 6 de octubre de 2015, del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, el Oficio N° 00998-2015/IN/VOI, de fecha 7 de octubre de 2015, del Viceministerio de Orden Interno del Ministerio del Interior; CONSIDERANDO: Que, mediante OF. RE (DPM-DSD) N° 2-10-C/941ca, de fecha 6 de octubre de 2015, el Ministro Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, hace de conocimiento al Ministro Consejero Renzo Fernando Villa Prado, Asesor Diplomático de la MISPA V, la participación a la Cuarta Reunión del Grupo de Trabajo para coordinar los aspectos preparativos de la Quinta Reunión de Ministros en Materia de Seguridad Pública de las Américas (MISPA V), a realizarse el 26 y 27 de octubre de 2015, en la sede de la Organización de Estados Americanos - OEA, ciudad de Washington D.C. Estados Unidos de América; Que, mediante Oficio N° 00998-2015/IN/VOI, de fecha 7 de octubre de 2015, se acredita la participación en la Cuarta Reunión del Grupo de Trabajo encargado de coordinar los aspectos preparativos de la Quinta Reunión de Ministros en Materia de Seguridad Pública de las Américas (MISPA V), del Teniente General PNP en retiro Jorge Flores Goicochea, Viceministro de Orden Interno del Ministerio del Interior, del Ministro Consejero Renzo Fernando Villa Prado, Asesor Diplomático de la MISPA V y del Coronel PNP Víctor Raúl Fernández Serna, Jefe de la Oficina de Asesoramiento Inmediato de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; Que, considerando la importancia del referido evento internacional, el que tiene por finalidad coordinar los aspectos preparativos de la Quinta Reunión de Ministros en Materia de Seguridad Pública de las Américas (MISPA V), resulta de interés institucional autorizar el viaje al exterior de los representantes antes mencionados, con costo para el Estado, con cargo a la Unidad Ejecutora 001 - Dirección General de Administración, del Pliego 007 y Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1135,

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