Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2015 (21/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Miércoles 21 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

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y Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE; además, que el Consejo Directivo de la ejecución del citado proyecto será presidido por el Ministerio de la Producción, respetando las condiciones de gobernanza y adecuado balance entre los representantes públicos, privados y académicos que lo integran; Que, mediante Decreto Supremo N° 157-2012-EF se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, hasta por la suma de US$ 35 000 000,00 (Treinta y Cinco Millones con 00/100 Dólares Americanos), destinada a financiar parcialmente el "Proyecto Innovación para la Competitividad" cuyo objetivo es la consolidación y dinamización del mercado de innovación tecnológica para el incremento de la competitividad del país y cuya Unidad Ejecutora era la 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros; asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la citada norma, con fecha 28 de setiembre de 2012 el Gobierno del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID suscribieron el Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE; Que, la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, autoriza al Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Ministerio de la Producción a efectuar operaciones de cofinanciamiento, otorgar subvenciones a personas naturales o jurídicas privadas o públicas para el desarrollo de proyectos de innovación productiva, difusión y actualización tecnológica, desarrollo de la calidad; proyectos para el fortalecimiento de capacidades de generación y aplicación de conocimientos tecnológicos, capacidades productivas y de gestión empresarial; y proyectos que dinamicen el mercado de la innovación productiva; con cargo a los recursos del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; Que, en el numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, autoriza para el presente año fiscal la realización de manera excepcional de transferencias financieras entre entidades; asimismo, en el numeral 12.2 del citado artículo establece que las transferencias autorizadas en el numeral 12.1 se realizan, en el caso de entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la oficina de presupuesto; Que, mediante el Oficio N° 222-2015-PRODUCE/ PNICP.CE el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad ­ PNICP remite a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto el Informe N° 030-2015-RPP-PNICP, en el cual se señala que la transferencia financiera de S/. 7´328,473.00 (Siete Millones Trescientos Veintiocho Mil Cuatrocientos Setenta y Tres con 00/100 Nuevos Soles) desde la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (del Pliego y Sector Producción) a favor de los Sectores: Educación, Ambiental, Salud, Agricultura y Defensa, así como a otras unidades ejecutoras del Sector Producción, es con el objetivo de continuar con el avance físico de 51 proyectos de innovación divididos en las diversas líneas de concurso que tiene la citada Unidad Ejecutora, conforme detalla en el Anexo Único adjuntado al citado informe; Que, con el Informe N° 529-2015-PRODUCE/OGPPOP la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Producción opina de manera favorable respecto a la mencionada autorización de transferencia financiera por S/. 7´328,473.00 (Siete Millones Trescientos Veintiocho Mil Cuatrocientos Setenta y Tres con 00/100 Nuevos Soles), con cargo a las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos Oficiales de Crédito Externo por los importes de S/. 3´706,121.00 (Tres Millones Setecientos Seis Mil Ciento Veintiún con 00/100 Nuevos soles) y S/. 3´622,352.00 (Tres Millones Seiscientos Veintidós Mil Trescientos Cincuentaidos con 00/100 Nuevos Soles), toda vez que señala que se cuenta con recursos presupuestales disponibles para realizar las transferencias financieras para el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas públicas, del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de

Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor de los Sectores: Educación, Ambiental, Salud, Agricultura, Defensa y Producción; Que, asimismo, el Informe citado en el considerando precedente señala que el proyecto de Inversión Pública "Innovación para la Competitividad" es financiado con Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el marco del Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE, por la suma total de US$ 100´000,000.00 (Cien Millones con 00/100 Dólares Americanos) de los cuales US$ 35´000,000.00 (Treinta y Cinco Millones con 00/100 Dólares Americanos) provienen del BID y US$ 65´000,000.00 (Sesenta y Cinco Millones con 00/100 Dólares Americanos) del Tesoro Público, cuyo objetivo es consolidar el mercado de la innovación tecnológica para el incremento de la competitividad del país; Que, según el Oficio N° 0625-2015-EF/50 06 la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas considera que los recursos del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad pueden ser otorgados a entidades públicas beneficiarias para la ejecución de las acciones establecidas en la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, bajo el mecanismos de transferencia financiera, en el marco del literal d) del numeral 12.1 del artículo 12 de la citada Ley; Que, la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad ­ PNICP generó los Certificados de Crédito Presupuestario números: 0000001364, 0000001365, 0000001366, 0000001367 y 0000001368, con los cuales expresa la disponibilidad de recursos para efectuar las transferencias financieras para el financiamiento de 51 proyectos de innovación; Con el visado de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera para el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas públicas, del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por la suma de S/. 7,328,473.00 (Siete Millones trescientos veintiocho mil cuatrocientos setenta y tres con 00/100 Nuevos Soles), a las entidades públicas citadas en el Anexo Único de la presente Resolución Ministerial, en el marco del artículo 12 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015. Artículo 2.- La Oficina General de Administración o quien haga las veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Producción, así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 4.- Disponer que el Anexo Único a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se publique en el Diario Oficial El Peruano y en el portal Institucional del Ministerio de la Producción, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción

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