Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2015 (27/10/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

564674 PODER EJECUTIVO

NORMAS LEGALES

Martes 27 de octubre de 2015 /

El Peruano

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en algunos distritos y provincias del departamento de Ayacucho por Peligro Inminente ante el periodo de lluvias 2015-2016 y posible ocurrencia del Fenómeno El Niño
DECRETO SUPREMO Nº 073-2015-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA: CONSIDERANDO: Que, la temporada de lluvias en nuestro país es un fenómeno recurrente que afectan a unidades vulnerables todos los años, poniendo en muy alto riesgo dichas zonas y por tanto en peligro inminente ante deslizamientos e inundaciones, situación que en el presente año se empeora con la presencia del Fenómeno El Niño - FEN y su probable extensión hasta el próximo verano sin descartar que presente una magnitud fuerte o extraordinaria, lo que implicaría la presencia de lluvias intensas al coincidir con la próxima temporada de lluvias 2015-2016; con posibles consecuentes pérdidas y daños a la vida, a la salud y medios de vida de la población, así como de la infraestructura diversa pública y privada, requiriéndose la ejecución de acciones urgentes de reducción del muy alto riesgo existente; habiéndose aprobado mediante Decretos Supremo Nº 045-2015-PCM, prorrogado por Decreto Supremo Nº 058-2015-PCM y por Decreto Supremo Nº 054-2015-PCM, prorrogado por Decreto Supremo Nº 070-2015-PCM; y sus modificatorias, las declaratorias de estado de emergencia por peligro inminente ante el periodo de lluvias 2015-2016 y posible ocurrencia del Fenómeno El Niño en distritos y provincias comprendidos en los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas, San Martín, Ancash, Lima, Ica, Arequipa, Cusco, Puno, Junín y Provincia Constitucional del Callao; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 68.1 del artículo 68 del Reglamento de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, la solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inminente o por la ocurrencia de un desastre, es presentada por el Gobierno Regional al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, con la debida sustentación; Que, mediante Oficio N° 519-2015-GRA/GR, de fecha 08 de setiembre de 2015, el Gobernador Regional (e) de Ayacucho solicita la Declaratoria de Estado de Emergencia en treinta y cuatro (34) distritos de ocho (08) provincias del departamento de Ayacucho; en razón a la situación de peligro inminente y muy alto riesgo existente en dichas localidades de su ámbito jurisdiccional, ante el próximo periodo de lluvias y posible ocurrencia del Fenómeno El Niño; Que, de otro lado, el numeral 68.2 del artículo 68 del Reglamento de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo N° 0482011-PCM, establece que el INDECI emite opinión sobre la procedencia de la solicitud, a cuyo fin emite el informe técnico respectivo; Que, mediante Informe Técnico N° 000242015-INDECI/11.0, de fecha 14 de setiembre de 2015; y, considerando: (i) la solicitud del Gobierno Regional de Ayacucho; (ii) el sustento presentado mediante el

Oficio Nº 1291-2015-GRA/GR-GG-GRPPAT, de fecha 04 de setiembre de 2015, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ayacucho; (iii) el "Informe de Estimación de Riesgo por Peligro Inminente ante periodo de lluvias 2015-2016 y posible ocurrencia por Fenómeno del Niño en la Región Ayacucho" y el Anexo N° 01 "Informe de lugares críticos para intervención en el departamento de Ayacucho", de fecha 07 de setiembre de 2015, emitido por la Sub Gerencia de Defensa Civil del Gobierno Regional de Ayacucho; (iv) el estudio de "Identificación de Poblaciones Vulnerables por activación de Quebradas 2015-2016" aprobado por Resolución Jefatural Nº 210-2015-ANA, de fecha 11 de agosto de 2015, de la Autoridad Nacional del Agua - ANA; (v) el Informe Mapa Integral del Escenario de Riesgo por lluvias ante el Fenómeno El Niño con características similares integradas de los Fenómenos El Niño Extraordinario (1982-1983) y (1997-1998), emitido en agosto de 2015 por el Centro Nacional de Estimación, Prevención, y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED; (vi) El Boletín Climático Nacional del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, versión agosto 2015; (vii) el Comunicado Oficial del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño (ENFEN) Nº 15-2015 y (viii) la Nota Técnica ENFEN Nº 02-2015; el Director de Respuesta del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI señala que se han identificado zonas críticas comprendidas en treinta y cuatro (34) distritos de ocho (08) provincias en el departamento de Ayacucho, ante peligro inminente por el próximo periodo de lluvias 2015-2016 y posible ocurrencia del Fenómeno El Niño, cuyo detalle se señala en Anexo - Informe de lugares críticos para intervención en la Región Ayacucho del referido Informe Técnico; Que en atención a lo expuesto, mediante el mencionado Informe Técnico, la Dirección de Respuesta del INDECI, atendiendo a la magnitud del peligro inminente y habiéndose sobrepasado la capacidad de respuesta del gobierno Regional de Ayacucho, opina por la procedencia de la solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia, por el plazo de sesenta (60) días calendario, en 34 distritos de 08 provincias del departamento de Ayacucho, detallados en el Anexo 1 que forma parte del presente Decreto Supremo, para la ejecución de acciones inmediatas orientadas estrictamente a reducir el muy alto riesgo existente, por parte de las entidades involucradas en el marco de sus competencias, a fin de resguardar la vida e integridad de la población expuesta y el patrimonio público y privado; Que, la magnitud de la situación descrita en los considerandos precedentes, demanda la adopción de medidas urgentes que permitan, al Gobierno Regional de Ayacucho, las Municipalidades provinciales de Cangallo, Huamanga, Huanta, La Mar, Lucanas, Sucre, Parinacochas y Víctor Fajardo, y las Municipalidades distritales competentes, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI, precisándose la participación del Ministerio de Agricultura y Riego, la Autoridad Nacional del Agua-ANA, el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Salud, el Ministerio de la Producción, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministerio de Defensa, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio de Cultura, el Ministerio del Ambiente y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; en concordancia con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 067-2015PCM; y demás entidades competentes, en cuanto les corresponda, ejecutar las acciones inmediatas y necesarias destinadas a la reducción del muy alto riesgo existente a fin de salvaguardar la vida de la población, sus bienes y la infraestructura pública y privada diversa, para cuyo efecto se cuenta con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros, emitida mediante el Memorándum N° 480-2015-PCM/SGRD;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.