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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015 (28/10/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 35

564805 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de octubre de 2015 El Peruano / y, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje de la señora CECILIA MIÑANO BARREDA, Especialista de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación, y del señor JUAN ANTONIO TRELLES CASTILLO, Director General de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; a la ciudad de Medellín, República de Colombia; del 28 al 30 de octubre de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación – Unidad Ejecutora: 024, de acuerdo al siguiente detalle: CECILIA MIÑANO BARREDA Viáticos : US$ 1 110.00 (2 días de evento + 1 día de instalación y traslado – US$ 370.00 x día) JUAN ANTONIO TRELLES CASTILLO Viáticos : US$ 1 110.00 (2 días de evento + 1 día de instalación y traslado – US$ 370.00 x día) Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas señaladas en el artículo precedente deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1304738-7 ENERGIA Y MINAS Modifican la R.M. Nº 271-2015-MEM/DM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 447-2015-MEM/DM Lima, 22 de octubre de 2015 CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del numeral 12.5 del artículo 12 del Decreto Supremo N° 021-2012-EM, el Ministerio de Energía y Minas mediante Resolución Ministerial Nº 520-2014-MEM/DM aprobó el Formato de Certifi cado de Entrega de Kits de Cocina a GLP; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 271-2015- MEM/DM, el Ministerio de Energía y Minas modifi có el Formato de Certifi cado de Entrega de Kits de Cocina a GLP señalado en el considerando precedente y dicto disposiciones relacionadas a la entrega de los referidos Kits de Cocina a GLP; Que, a través del Informe Nº 071-2015-MEM-DGEE/ ESM de la Dirección General de Efi ciencia Energética, de fecha 12 de octubre de 2015, se propone la modifi cación de las disposiciones establecidas en la Resolución Ministerial Nº 271-2015-MEM/DM relacionadas a la entrega de Kits de Cocina a GLP, a fi n de permitir realizar mejoras sustanciales, ahorro de tiempo y costos, así como el manejo oportuno y adecuado de la información por parte de los diferentes actores; Que, en ese sentido, corresponde la modifi cación de la Resolución Ministerial Nº 271-2015-MEM/DM, a fi n de establecer disposiciones que coadyuven a mejorar sustancialmente el proceso de entrega de Kits de Cocina a GLP, así como contar con la información de forma oportuna y adecuada por parte de los diferentes actores que participan en la entrega de Kits de Cocina a GLP; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29852, que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético – FISE; Reglamento de la Ley Nº 29852, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2012-EM y modifi catorias; Resolución Ministerial Nº 520-2014-MEM/ DM y Resolución Ministerial Nº 271-2015-MEM/DM; Con el visto bueno del Viceministro de Energía, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Directora General de la Dirección General de Efi ciencia Energética; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 271-2015-MEM/DM, según el siguiente texto: “Artículo 2.- Disponer que en tanto no se implemente el Certifi cado Digital de Entrega de Kits de Cocina a GLP, el mismo deberá constar de forma impresa, debiendo entregarse una copia al Benefi ciario FISE que reciba el Kit de Cocina a GLP y el original debe ser conservado por la Distribuidora Eléctrica, para lo cual deberá adoptar las medidas pertinentes para su custodia y conservación, bajo responsabilidad. Los originales de los referidos certifi cados o copia de los mismos serán remitidos y puestos a disposición del Ministerio de Energía y Minas a sólo requerimiento y sin expresión de causa. En un plazo máximo de cinco (05) días hábiles de concluido el cronograma de distribución, la Distribuidora Eléctrica pondrá a disposición del Ministerio de Energía y Minas, vía electrónica, el Acta de Cierre de las entregas de Kits de Cocina a GLP y la base de datos de los certifi cados entregados, proporcionados por el aplicativo implementado por OSINERGMIN para la entrega de Kits de Cocina a GLP. El Acta de Cierre de las entrega de Kits de Cocina a GLP proporcionado por el aplicativo implementado por OSINERGMIN, o documento que lo reemplace o modifi que, debidamente suscrito, acredita fehacientemente la cantidad de Kits de Cocina a GLP entregados a los Benefi ciarios FISE.” Artículo 2.- Disponer la adecuación de los procedimientos que estén realizando las Distribuidoras Eléctricas para el cumplimiento del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 271-2015-MEM/DM, a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Los gastos en los que hayan incurrido las Distribuidoras Eléctricas hasta la entrada en vigencia de la presente resolución, para el cumplimiento del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 271-2015-MEM/DM, serán reconocidos por el Administrador FISE en virtud a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 021-2012-EM y normativa aplicable. Artículo 3.- Facultar a la Dirección General de Efi ciencia Energética del Ministerio de Energía y Minas a realizar las coordinaciones técnicas y operativas pertinentes para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario ofi cial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe).