Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2015 (30/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Viernes 30 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

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Que, los casos de rabia canina se han ido incrementando durante los últimos años y en los tres años anteriores, apareciendo casos de rabia humana en algunos países y también en Puno y Arequipa donde después de quince años los Reportes Epidemiológicos informan que desde el mes de noviembre del 2014 han ido proliferando especialmente en las provincias de Camaná y Arequipa. Durante este año 2015 fueron reportados hasta la semana 28 en Arequipa por distritos: Alto Selva Alegre (2), Arequipa Cercado (1), Mariano Melgar (2), Miraflores (2), Socabaya (1) acumulando 8 casos, pero en las semanas posteriores se ha llegado a tener 14 casos, aumentando más en Mariano Melgar y en la provincia de Camaná. Que, para alertas como ésta, la OPS/OMS recomienda: 1) Programar y realizar campañas de vacunación masivas y sostenidas en el tiempo hasta obtener niveles de inmunidad y cobertura adecuadas; 2)Sensibilizar a la población para asegurar la búsqueda inmediata de atención médica ante la sospecha; 3) Utilizar vacunas que sean eficaces y seguras para la profilaxis de las personas expuestas; 4) La profilaxis post exposición no está contraindicada en embarazadas, infantes, ancianos o en personas inmuno comprometidas con VIH/ SIDA; 5) Informar a la población que se debe limpiar la herida y se debe inmunizar tan pronto como sea posible; 6) En caso de exposición humana solo puede detenerse el tratamiento si el animal agresor bajo observación no demuestra signos de rabia; 7) Los animales sacrificados o que hayan muerto deben ser sometidos a pruebas de detección y los resultados deben enviarse a los servicios veterinarios de control de zoonosis y de salud pública; 8) Disponer de inmuno biológicos (vacunas calificadas por OMS e inmunoglobulina) humanos y vacuna antirrábica canina. Que, el día 06 de mayo del 2015 se emite el Decreto Supremo Nº 013-2015-SALUD, por el cual se declara en
ACTIVIDADES

EMERGENCIA SANITARIA por un plazo de noventa (90) días calendarios a la provincia de Camaná (ocho distritos) con 58,952 habitantes y la Provincia de Arequipa(29 distritos) con 969,284 habitantes, encomendándose al Ministerio de Salud y a la Gerencia Regional de Salud de Arequipa realizar las acciones inmediatas consignadas en el "Plan de Acción para reducir el riesgo de presentación de casos de Rabia Humana y diseminación de casos de Rabia Canina Mayo-Julio 2015" incluido como Anexo I, aprobándose igualmente el Anexo II que contiene la "Relación de Bienes y Servicios para aplicar dicho Plan", cuyas contrataciones y/o adquisiciones serán destinadas exclusivamente para esta finalidad, bajo responsabilidad. Que, en este Plan se han considerado la siguientes actividades: i) Atención en Servicios de Salud, ii) Vacunación Antirrábica Canina, iii) Vigilancia Epidemiológica de Rabia, iv) Comunicación; requiriéndose un financiamiento de S/. 1'181,659.00 (Un millón ciento ochenta y un mil seiscientos cincuenta y nueve con 00/100 nuevos soles). Como RESPONSABLES se tienen: Por el MINSA: la Dirección General de la Salud de las Personas a través de la Estrategia Nacional de Zoonosis; por parte del Gobierno Regional: Gerencia Regional de Salud, Dirección Ejecutiva de Salud de Personas, Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental, Dirección Ejecutiva de Epidemiología, Oficina de Secretaría General y Comunicaciones, Dirección de Laboratorio Referencial de Salud Pública y Dirección de Comunicaciones. Se plantean como INDICADORES DE CUMPLIMIENTO: i) 100% de personas expuestas al virus rábico atendidas, ii) 100% de personas atendidas vacunadas según protocolo, iii) 80% de canes vacunados, iv) Cero casos de rabia humana como efecto de la emergencia sanitaria, v) Cero casos de rabia canina como efecto de la emergencia sanitaria, vi) 100% de las muestras remitidas al Laboratorio han sido procesadas oportunamente y vii) Una campaña masiva contra la rabia.
SEMANAS 1 2 x 3 x 4 x 5 x 6 x 7 x 8 x 9 x 10 x 11 x 12 x

ATENCION EN SERVICIOS DE SALUD Atención Integral a las personas expuestas al virus rábico Aplicación de suero antirrábico heterólogo y vacuna antirrábica humana a las personas expuestas al virus rábico. x Monitorear y evaluar el cumplimiento de normas y protocolos y tratamiento de personas expuestas al virus rábico x VACUNACION ANTIRABICA CANINA Vacunación antirrábica canina Monitorear y evaluar el cumplimiento de la vacunación antirrábica canina x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x

VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA RABIA Búsqueda activa y tomas de muestra de canes sospechosos de rabia Procedimiento de muestras de canes para confirmación o descarte de rabia Monitoreo y Supervisión de redes y micro redes en su ámbito jurisdiccional Asistencia técnica a redes y micro redes en su ámbito jurisdiccional COMUNICACIÓN Campaña de Difusión masiva contra la rabia, a través de los diferentes medios de x comunicación x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x

Que, el Comité Técnico conformado mediante Resolución Ministerial N° 354-2014/MINSA formula el Informe Técnico N° 008-2015-COMITÉ TÉCNICO DS N° 007-2014-SA y el Plan de Acción elaborado para sustentar la solicitud de declaratoria de Emergencia Sanitaria, demuestran la existencia de brotes crecientes de rabia canina (epizootias), lo que podría tener un gran impacto negativo en la salud de la población si no se implementan acciones inmediatas para la vigilancia, prevención y control. Que, a través del Informe N° 022-2015-ESNZOONOSIS/DAIS/DGSP/MINSA de fecha 13 de mayo del 2015, la Dirección General de las Personas concluye que actualmente en las provincias de Camaná y Arequipa existe una epidemia de rabia canina, con un alto número de personas mordidas por canes conformados

como portadores del virus de la rabia, generando una alta probabilidad de presentación de casos de rabia humana, resultando trascendental que la Gerencia Regional de Salud de Arequipa adopte las medidas correspondientes para proteger la salud de la población. Que, posteriormente el 20 de mayo de publica la Resolución Ministerial N° 311-2015/MINSA por la se autoriza la Transferencia financiera por un monto de S/. 1'136,610.00 (Un millón ciento treinta y seis mil seiscientos diez con 00/100 nuevos soles) a favor del Gobierno Regional de Arequipa, destinada a la atención de la población con riesgo elevado de presentación de casos graves y letales de enfermedades metaxénicas y zoonóticas y proteger, recuperar los supuestos que configuran una emergencia sanitaria, precisándose como

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