Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2015 (03/09/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

560652

NORMAS LEGALES

Jueves 3 de setiembre de 2015 /

El Peruano

Ingeniería Industrial y Mecánica ­ Escuela de Ingeniería Marítima; Que, con carta S/N de fecha 17 de octubre del 2014, la Universidad Tecnológica del Perú (UTP), remito las actualizaciones del Manual del Sistema de Gestión de la Calidad y los Convenios con instituciones correspondiente a la citada Universidad. Que, con fecha 03 de noviembre del 2014, personal designado por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, realizó la Auditoría de Gestión a la Universidad Tecnológica del Perú (UTP), encontrando observaciones; Que, la Resolución Directoral Nº 1070-2013 MGP/DCG de fecha 20 de noviembre del 2013, ha caducado el 20 de noviembre del 2014, de acuerdo a la parte Resolutiva de la mencionada Resolución Directoral y que el Certificado de Registro de Empresas y Asociaciones relacionadas a la Actividad Acuática Nº 063-13/R, ha caducado el 20 de noviembre del 2014 ; Que, con carta V.200-080 de fecha 10 de febrero del 2015, se comunica a la Universidad Tecnológica del Perú (UTP), que deberá subsanar las observaciones detalladas en la Lista de verificación encontradas en la Auditoría de Gestión efectuada el día 3 de noviembre del 2014; Que, mediante carta S/N de fecha 19 de marzo del 2015, el señor Frank PRETELL Domínguez, Director de la Escuela de Ingeniería Marítima Universidad Tecnológica del Perú - UTP, informa en relación a los resultados de la Auditoría de Gestión llevada a cabo el día 3 de noviembre del 2014, ha levantado todas las observaciones consignadas en la Lista de Verificación para Auditorías, solicitando que se le programe una nueva Auditoría de Gestión; Que, los días 16 y 17 de abril del 2015, personal designado por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas realizó la verificación de la subsanación a las observaciones encontradas por la Auditoría del 3 de noviembre del 2014, determinándose que estas habían sido debidamente levantadas; Que, de la evaluación al expediente administrativo y de la Auditoría de Gestión realizada, el día 16 y 17 de abril del 2015, a la Universidad Tecnológica del Perú (UTP) ­ Facultad de Ingeniería Industrial y Mecánica ­ Escuela de Ingeniería Marítima, estos satisfacen las prescripciones establecidas en los Capítulos I, Capítulo II, Capítulo III, del Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, 1978, en su forma enmendada resulta procedente su aprobación; De conformidad con lo evaluado por el Jefe del Departamento de Personal Acuático, a lo opinado por el Director de Asuntos Legales y a lo recomendado por el Director de Control de Actividades Acuáticas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reconocer a la Universidad Tecnológica del Perú (UTP) ­ Facultad de Ingeniería Industrial y Mecánica ­ Escuela de Ingeniería Marítima, como Centro de Formación de Oficiales de la Marina Mercante en las especialidades de Puente y Máquinas, con alcance para la formación por competencia de profesionales para cubrir guardia como Oficiales de Puente en Buques de Arqueo Bruto de 500 a más y como Oficiales de Guardia de Máquinas en Buques de Potencia de 750 Kw a más. Artículo 2º.- La presente Resolución Directoral, se mantendrá vigente mientras que la citada Universidad, cumpla con las disposiciones de la parte considerativa de la presente Resolución y otras que emita la Autoridad Marítima. Artículo 3º.- Publicar en el Portal Electrónico de la Autoridad Marítima Nacional www.dicapi.mil. pe, la presente Resolución Directoral, para fines de conocimiento público. Artículo 4º.- Publicar la presente Resolución Directoral en el diario Oficial "El Peruano", la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese y comuníquese como Documento Oficial Público (D.O.P.) VÍCTOR POMAR CALDERÓN Director General de Capitanías y Guardacostas 1282005-1

EDUCACION
Autorizan viaje de integrantes de la Delegación Peruana que participará en la XX Olimpiada Iberoamericana de Química 2015, a desarrollarse en Brasil
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 027-2015-MINEDU Lima, 2 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 15 de agosto de 2015 el Coordinador de la XX Olimpiada Iberoamericana de Química de la Universidade Federal Do Piauí de la República Federativa del Brasil cursa invitación al Presidente del Comité Permanente de Organización de la Olimpiada Peruana de Química para participar de la referida Olimpiada a desarrollarse del 05 al 14 de setiembre de 2015 en la ciudad de Teresina, República Federativa del Brasil; Que, la Olimpiada Iberoamericana de Química - OIAQ es una competencia entre los estudiantes de Iberoamérica cuyos objetivos principales son: promover el estudio de la química y fomentar el desarrollo de jóvenes talentos en esta ciencia; contribuir al fortalecimiento de los lazos de amistad entre los países participantes; y crear un espacio propicio para promover la cooperación, el entendimiento y el intercambio de experiencias; Que, mediante Resolución Ministerial N° 417-2015-MINEDU se designó a los integrantes de la Delegación Peruana que participarán en la XX Olimpiada Iberoamericana de Química, conformada por 04 (cuatro) estudiantes y 02 (dos) tutores; Que, la Dirección General de Educación Básica Regular, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 257-2015-MINEDU/VMGP-DIGEBR-LACV, señala que es necesario autorizar el viaje los 04 (cuatro) estudiantes y 02 (dos) tutores, integrantes de la citada Delegación Peruana, para garantizar su participación en la XX Olimpiada Iberoamericana de Química; Que, la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 075-2015-MINEDU/SG-OGCI, señala que es importante la participación de los citados estudiantes y tutores en la XX Olimpiada Iberoamericana de Química, puesto que les permitirá fortalecer sus capacidades; permitiendo además demostrar el nivel académico que tienen nuestros jóvenes en relación a otros que participan en la referida Olimpiada; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el viaje de los 04 (cuatro) estudiantes y 02 (dos) tutores que integran la Delegación Peruana que participará en la XX Olimpiada Iberoamericana de Química, cuyos gastos de pasajes aéreos serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación ­ Unidad Ejecutora: 026. Los gastos asociados a los viáticos serán cubiertos por los organizadores del evento; Que, al respecto, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.