Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2015 (03/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Jueves 3 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

560659

Que, en la perspectiva e implementación de los esquemas de Gabinetes Binacionales que el Perú viene impulsando con varios países de la región, resulta crucial contar con la asesoría técnica y especializada del mencionado Banco, especialmente en el ámbito del desarrollo e integración fronterizos; Que, es necesario que el Director General de América viaje a la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, del 3 al 4 de setiembre de 2015, para sostener reuniones con funcionarios del Banco de Desarrollo de América Latina (CAF), a fin de conocer el procedimiento formal para llevar a cabo el acompañamiento de dicho órgano a las actividades orientadas al desarrollo e integración fronterizos en el marco de los Gabinetes Binacionales; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAB) N.° 1645, del Despacho Ministerial, del 1 de setiembre de 2015; y el Memorando (OPR) N.° OPR0269/2015, de la Oficina de Programación y Presupuesto, del 2 de setiembre de 2015, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 0472002-PCM, modificado por Decreto Supremo N.º 0562013-PCM; la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; la Ley N.º 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Luis Salinas Montes, Director General de América, a la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, del 3 al 4 de setiembre de 2015, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175 Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasaje aéreo clase económica US$ 1 490,00 Viáticos por día US$ 370,00 Total Viáticos US$ 1110,00

Visto, el expediente Nº 15-075506-001, que contiene el Oficio N° 4365-2015-DG-DISA-II-LS/MINSA, emitido por el Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1023-2014/ MINSA, de fecha 31 de diciembre de 2014, se designó al médico cirujano Luis Alberto Vergara Fernández en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección Ejecutiva de Salud de las Personas de la Dirección de Salud II Lima Sur; Que, con el documento del visto, el Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur, comunica de la renuncia formulada por el profesional citado en el considerando precedente, por lo que solicita disponer la emisión del correspondiente acto resolutivo; Que, con el Informe N° 633-2015-EIE-OGGRH/MINSA, remitido mediante Memorando N° 1546-2015-OGGRHOARH-EIE/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud emite opinión favorable sobre la solicitud del Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur, señalando que es procedente aceptar la renuncia formulada; Que, en mérito a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta pertinente adoptar las acciones necesarias a fin de asegurar el normal funcionamiento de la citada Dirección de Salud; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia del médico cirujano Luis Alberto Vergara Fernández al cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección Ejecutiva de Salud de las Personas de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1281884-1

Nombres y Apellidos José Luis Salinas Montes

N° de días 2+1

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1282638-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Modifican el TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones y los Lineamientos de Política de Apertura del Mercado de Telecomunicaciones del Perú
DECRETO SUPREMO Nº 005-2015-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 75º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, establece dentro de las funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, fijar la política de telecomunicaciones a seguir y controlar sus resultados; Que, el artículo 37° del referido Texto Único Ordenado establece que en virtud del principio de neutralidad las entidades explotadoras de telecomunicaciones que sean titulares de concesiones o autorizaciones para prestar dos o más servicios de telecomunicaciones en forma simultánea, están obligadas a llevar contabilidad separada de sus actividades; Que, el artículo 253° del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,

SALUD
Aceptan renuncia de Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Salud de las Personas de la Dirección de Salud II Lima Sur
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 542-2015/MINSA Lima, 31 de agosto de 2015

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