Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2015 (03/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Jueves 3 de setiembre de 2015 /

El Peruano

Otorgan a favor de HIDRANDINA S.A. concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en zonas del proyecto "Electrificación Rural para el PSE Laredo I Etapa", ubicado en el departamento de La Libertad
(Se publica la presente Resolución Directoral del Ministerio de Energía y Minas, solicitado mediante Oficio N° 1117-2015-MEM/SEG, recibido el 1 de setiembre de 2015) RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 021-2014-EM/DGE Lima, 22 de enero de 2014 VISTO: El Expediente con código N° 65321412, sobre la solicitud de concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica, presentada por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio Sociedad Anónima ­ HIDRANDINA S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11000323 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Trujillo; CONSIDERANDO: Que, mediante solicitud presentada ante la Dirección General de Electricidad el 29 de mayo de 2012 bajo el Registro N° 2193616, el peticionario solicitó la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las instalaciones del proyecto "Electrificación Rural para el PSE Laredo I Etapa", que comprende las zonas de: 1) Lomas de Conache, 2) Conache, 3) Conache Alto, 4) Conache Bajo, 5) Pampas de San Juan, 6) Santa Victoria - Paredón, 7) San Pachusco, 8) Santo Domingo, 9) Cerro Blanco, 10) Puente Fierro, 11) La Carbonera, 12) El Castillo, 13) Santa Catalina, 14) Ciudad de Dios, 15) Santa Rosa, 16) Jesús María, 17) San Borja, 18) Las Cocas, 19) Menocucho, 20) Cathuay, 21) Pedregal, 22) Cumbray, 23) Cholocal, 24) La Constancia, 25) Cruz Blanca, 26) Mochadito y 27) Dos de Mayo, ubicado en los distritos de Laredo, Simbal y Poroto, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, cuyas coordenadas UTM PSAD56 figuran en el Expediente; Que, el peticionario ha presentado la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), aprobada mediante Resolución Gerencial N° 0117-2010-GR/GEMH-LL de fecha 20 de julio de 2010, y la Calificación como Sistema Eléctrico Rural (SER), aprobada mediante Resolución Directoral Nº 053-2012 EM/DGE, de fecha 06 de marzo de 2012, conforme a lo establecido en los artículos 22 y 30 del Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, y Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, respectivamente; Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley 28749, Ley General de Electrificación Rural concordado con los artículos 28, 29, 30 y 31 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, ha emitido el Informe Nº 879-2013-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio Sociedad Anónima ­ HIDRANDINA S.A., concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las zonas comprendidas en el proyecto "Electrificación Rural para el PSE Laredo I Etapa", ubicado en los distritos de Laredo, Simbal y Poroto, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se

aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las siguientes zonas, según las especificaciones obrantes en el expediente:
Zona de Departamento Provincia Concesión Lomas de Conache Conache Conache Alto Conache Bajo Pampas de San Juan Santa Victoria - Paredón San Pachusco Santo Domingo Cerro Verde Puente Fierro La Carbonera El Castillo Santa Catalina Ciudad de Dios Santa Rosa Jesús María San Borja Las Cocas Menocucho Cathuay Pedregal Cumbray Cholocal La Constancia Cruz Blanca Mochalito Dos de Mayo La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad Trujillo Trujillo Trujillo Trujillo Trujillo Trujillo Trujillo Trujillo Trujillo Trujillo Trujillo Trujillo Trujillo Trujillo Trujillo Trujillo Trujillo Trujillo Trujillo Trujillo Trujillo Trujillo Trujillo Trujillo Trujillo Trujillo Trujillo Plano Nº PGRAL_01 (Esc.: 1/75,000) Página 28 Página 28 Página 28 Página 28 Página 28 Página 28 Página 28 Página 28 Página 28 Página 28 Página 28 Página 28 Página 28 Página 28 Página 28 Página 28 Página 28 Página 28 Página 28 Página 28 Página 28 Página 28 Página 28 Página 28 Página 28 Página 28 Página 28

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Distrito

Laredo Laredo Laredo Laredo Laredo Laredo Laredo Laredo Laredo Laredo Laredo Laredo Laredo Laredo Laredo Laredo Laredo Laredo Laredo Laredo Simbal Simbal Simbal Simbal Simbal Simbal Poroto Poroto Poroto

Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 015-2013 a suscribirse con la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio Sociedad Anónima ­ HIDRANDINA S.A., el que consta de 17 Cláusulas y 03 Anexos. Artículo 4.- El texto de la presente Resolución Directoral deberá incorporarse en la Escritura Pública que dé origen el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 0152013, referido en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 5.- La presente Resolución será notificada al concesionario dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, aplicado de acuerdo al artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS A. NICHO DÍAZ Director General Dirección General de Electricidad 1257958-1

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