Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2015 (03/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Jueves 3 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

560645

MUNICIPALIDAD DE ATE R.A. Nº 0448.- Declaran habilitado urbano de oficio terreno ubicado en el distrito 560690 MUNICIPALIDAD DE COMAS Ordenanza Nº 442/MC.- Ordenanza que aprueba los procedimientos, servicios administrativos brindados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite contenidos en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Comas 560691 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA D.A. Nº 012-2015-DA/MDPP.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 260-MDPP, mediante la cual se otorgaron beneficios tributarios y no tributarios, así como incentivos por pago adelantado de tributos 560693 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Ordenanza Nº 292-MDSM.- Ordenanza que aprueba el programa de incentivo para el pago de obligaciones que se encuentran en la vía coactiva 560693

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA Ordenanza Nº 024-2015-AL/CPB.- Otorgan beneficio no tributario en el pago de deudas por infracciones al tránsito y transporte 560694 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL D.A. Nº 008-2015-MPH.Municipalidad Modifican el TUPA de la 560695

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CASA GRANDE Acuerdo Nº 069-2014-MDCG.- Declaran al distrito de Casa Grande como zona catastrada 560696

SEPARATA ESPECIAL
MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Ordenanza Nº 340-MDS y Acuerdo Nº 207.- Régimen de la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal en el Distrito de Surquillo 560629

PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Fe de Erratas Ordenanza Nº 020-2015-MDLP 560694

PODER EJECUTIVO

AGRICULTURA Y RIEGO
Autorizan viaje de profesionales del SENASA a Portugal, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 017-2015-MINAGRI Lima, 2 de setiembre de 2015 VISTAS: Las Cartas N°s 002732 y 018118, de fechas 19 de enero y 10 de agosto de 2015, respectivamente, de la Directora General encargada de la Dirección General de Alimentación y Veterinaria del Ministerio de Agricultura y del Mar de la República Portuguesa; y, CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo Comercial Perú - Unión Europea, vigente desde el 01 de marzo de 2013, negocia, entre otros, lo referido a las medidas sanitarias y fitosanitarias; Que, mediante la Carta N° 002732 de fecha 19 de enero de 2015, dirigida al Director de la Dirección de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, la Directora General encargada de la Dirección General de Alimentación y Veterinaria del Ministerio de Agricultura y del Mar de la República Portuguesa comunica que, siguiendo el interés de varias compañías en exportar al Perú, solicita la revisión del análisis de riesgo de plagas para peras y manzanas originarias de la República Portuguesa, que fuera elaborado en atención a la información requerida por el Perú y que fueron comunicados como parte de las negociaciones efectuadas entre la República del Perú y la Unión Europea de la cual la República Portuguesa forma parte; Que, mediante la Carta N° 018118 de fecha 10 de agosto de 2015, dirigida al Director de la Dirección de

Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, la Directora General encargada de la Dirección General de Alimentación y Veterinaria del Ministerio de Agricultura y del Mar de la República Portuguesa, en el marco del proceso de análisis de riesgo de plagas para la pera y la manzana producida en la República Portuguesa y a fin de apoyar la exportación de dichas frutas a la República del Perú, cursa invitación a dos expertos del Perú para participar en una misión técnica, a llevarse a cabo en la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, del 09 al 11 de setiembre de 2015; Que, la referida visita técnica del SENASA tiene como objetivo, entre otros, verificar las condiciones fitosanitarias existentes en las zonas productoras de manzanas y peras de la República Portuguesa, a fin de establecer las medidas más adecuadas de protección a la República del Perú en materia fitosanitaria, acorde al contexto internacional; Que, el artículo 93 del Capítulo V denominado "Medidas Sanitarias y Fitosanitarias" del Título II: Comercio de Mercancías, del citado Acuerdo Comercial, establece que los gastos de la verificación del sistema de control por las autoridades competentes de otra Parte estarán a cargo de la Parte que la realice, motivo por el cual corresponde al Perú asumir los costos que ocasione la citada verificación; Que mediante la Carta N° 0404-2015-MINAGRISENASA-DSV, de fecha 12 de agosto de 2015, dirigida a la Directora General encargada de la Dirección General de Alimentación y Veterinaria del Ministerio de Agricultura y del Mar de la República Portuguesa, el Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria comunica que, las ingenieras Enne María Carrillo Esquerre y Cecilia Felícitas Lévano Stella, Directora (e) de la Subdirección de Cuarentena Vegetal y Especialista de la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria de la Dirección de Sanidad Vegetal, respectivamente, de dicho Servicio Nacional, han sido designadas para realizar la citada visita técnica a la República Portuguesa; Que, es de interés sectorial la participación de la delegación del Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA, por cuanto permitirá, entre otros, asegurar la protección fitosanitaria al país estableciendo medidas adecuadas que minimice la introducción de plagas, evitando

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