Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2015 (03/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Jueves 3 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país. Precísese que los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, se adecúan a las disposiciones aplicables a tasas por trámites, derechos y licencias municipales y recogen las disposiciones previstas en la Ley Nº 30230. Artículo Décimo.- Difusión de Texto Único de Procedimientos Administrativos Institucional Dispóngase que el Anexo Nº 01 que contiene los procedimientos y servicios brindados en exclusividad aprobados en la presente Ordenanza, será publicado en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www.psce.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas (www.municomas.gob. pe). Dicha información también será publicada en el Portal Institucional del Servicio de Administración Tributaria de Lima (www.sat.gob.pe). Artículo Décimo Primero.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas y Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Secretaria General su publicación en el Diario Oficial El Peruano, a la Gerencia de Informática, Estadística y Gobierno Electrónico su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. Artículo Décimo Segundo.- Deróguese toda norma o disposición que se opongan a la presente Ordenanza. POR TANTO Mando, se registre, comunique, publique y cumpla. MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI Alcalde 1282234-1

logró incrementar considerablemente los ingresos por tributos, y que durante el presente mes de agosto se viene manteniendo el nivel de recaudación, no obstante, indica que a efectos de asegurar el cumplimiento de la Meta 23 del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal, referida al incremento de la recaudación del impuesto predial, resulta conveniente prorrogar los referidos beneficios durante el mes de setiembre; Que, la Segunda Disposición Complementaria de la Ordenanza Nº 260-MDPP, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, prorrogue la vigencia de la misma; Que, en ese sentido resulta pertinente acoger la propuesta de la Gerencia de Administración Tributaria y prorrogar la vigencia de los beneficios tributarios y no tributarios aprobados por el Concejo Distrital de Puente Piedra mediante Ordenanza Nº 260-MDPP; Estando a las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20 y a lo señalado por el artículo 42 de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; la Ordenanza Nº 260-MDPP y el Acuerdo de Concejo Nº 037-2015-AC/ MDPP DECRETA Artículo Primero.- Prorróguese hasta el 30 de setiembre de 2015, la vigencia de la Ordenanza Nº 260MDPP. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Tecnologías de la Información y Gobierno Electrónico, y demás órganos competentes, el estricto cumplimiento del presente Decreto. Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación conforme a Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE AYALA GONZALES Teniente Alcalde 1282637-1

MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 260-MDPP, mediante la cual se otorgaron beneficios tributarios y no tributarios, así como incentivos por pago adelantado de tributos
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2015-DA/MDPP Puente Piedra, 28 de agosto del 2015 EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: El Informe Nº 399-2015-GAT/MDPP de la Gerencia de Administración Tributaria; solicita prórroga de la Ordenanza Nº 260-MDPP; el Informe Legal Nº 2802015-GAJ/MDPP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 260-MDPP, publicado en fecha 23 de junio de 2015 en el Diario Oficial el Peruano, se otorgaron beneficios tributarios y no tributarios, así como incentivos por pago adelantado de los tributos correspondientes al periodo 2015, dentro del Distrito de Puente Piedra, cuya vigencia culminaba el 30 de junio de 2015, la misma que fue prorrogada hasta el 31 de julio de 2015 mediante Decreto de Alcaldía Nº 007-2015-DA/ MDPP y posteriormente hasta el 31 de agosto de 2015, a través del Decreto de Alcaldía Nº 011-2015-DA/MDPP; Que, mediante Informe Nº 399-2015-GAT/MDPP, la Gerencia de Administración Tributaria manifiesta que con los beneficios tributarios otorgados mediante la Ordenanza Nº 260-MDPP, durante el mes de julio se

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL
Ordenanza que aprueba el programa de incentivo para el pago de obligaciones que se encuentran en la vía coactiva
ORDENANZA N° 292-MDSM San Miguel, 28 de agosto de 2015 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El concejo municipal, en sesión ordinaria celebrada en la fecha, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú; Que, conforme al artículo 74° de la Constitución, así como al numeral 9) del artículo 9° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales se encuentran facultados a crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley. Que, el artículo 41° del Texto Único Ordenando del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N°133-13-EF, establece que la deuda tributaria solo podrá condonada por norma expresa con rango de ley y que excepcionalmente los Gobiernos Locales

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