NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2015 (03/09/2015)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 49
560691 NORMAS LEGALES Jueves 3 de setiembre de 2015 El Peruano / de ofi cio, los predios que previa evaluación por las áreas competentes, cumplan con las características señaladas en la presentó ordenanza. Asimismo, en el artículo segundo de la Ordenanza Nº 292-MDA, se encarga a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Sub gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, la identifi cación de los predios registralmente califi cados como rústicos y ubicados en zonas urbanas, debiendo cumplir dichos predios con lo establecido en la Ordenanza; Que, mediante Informe Nº 061-2015-MDA/GDU, de fecha 05 de Mayo del 2015, la Gerencia de Desarrollo Urbano, y el Informe Nº 095-2015-SGHUE-GDU/MDA, así como el Informe Nº 382-2015-MDA/GAJ, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, quien considera que no existe impedimento para aprobar la Habilitación Urbana de Ofi cio para el presente caso, opina por la procedencia técnica y administrativa siendo factible la aprobación de la Habilitación Urbana de Ofi cio mediante Resolución de Alcaldía; Que, mediante Proveído Nº 1603-2015-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte la Resolución de Alcaldía correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades; y la Ley Nº 29898 Ley que modifi ca la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones. RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR; HABILITADO URBANO DE OFICIO, el terreno con un área de 5,415.00 m2, denominado Sub Lote F-1, parte del Lote 2 ubicado en la Zona Alta del Sector B del fundo Inquisidor y Pulido del distrito de Ate; Provincia y Departamento de Lima, el cual se encuentra inscrito en el asiento 180 Fs. 412 del Tomo 1183 y continúan en la Ficha Registral Nº 11046962 del Registro de Predios, Zona Registral IX Sede Lima - SUNARP de propiedad de la COOPERATIVA DE VIVIENDA 27 DE ABRIL LIMITADA Nº 213, califi cado con zonifi cación Residencial de Densidad Media “RDM”, y Comercio Zonal “CZ” de conformidad con la Ordenanza Nº 1099-MML, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- APROBAR; el Plano Nº 018-2015-SGHUE-GDU/MDA y su respectiva Memoria Descriptiva que forman parte de la presente Resolución, siendo la distribución del área del terreno cuya Habilitación Urbana de Ofi cio que se aprueba es la siguiente: AREA TOTAL 5,415.00 m2 AREA UTIL TOTAL 3,464.88 m2 Área Útil Residencial Densidad Media “RDM” 1,280.00 m2 Área Útil Comercio Zonal “CZ” 2,133.98 m2 Área de Compensación 50.90 m2 Área de Vías 1,950.12 m2 Artículo 3º.- DETERMINAR; que como resultado de la habilitación urbana que en este acto se declara, se obtiene 19 lotes, de los cuales 08 son para Uso Vivienda, y 11 para Uso Comercio Zonal, cuyas áreas, linderos y medidas perimétricas se detallan en el Plano Nº 018-2015-SGHUE-GDU/MDA y la Memoria Descriptiva que forman parte de la presente Resolución; Artículo 4º.- PRECISAR; que el terreno de la habilitación urbana de ofi cio correspondiente al Sub Lote F-1, parte del Lote 2 de la Zona Alta del Sector B del fundo Inquisidor y Pulido, tiene asignada la Zonifi cación de Uso Residencial de Densidad Media “RDM” y Uso Comercio Zonal “CZ”, de conformidad con el Plano de Reajuste de Zonifi cación y Usos de Suelo para el Distrito de Ate, aprobado mediante Ordenanza Nº 1099-MML, de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 5º.- DISPONER; la Inscripción en el Registro de Predios Zona Registral IX Sede – SUNARP, el cambio de uso de rústico a urbano del inmueble de 5,415.00 m2, ubicado en el Distrito de Ate, e inscrito en el asiento 180 Fs. 412 del Tomo 1183 y continúan en la Ficha Registral Nº 11046962 del Registro de Predios, Zona Registral IX Sede Lima - SUNARP de propiedad de la COOPERATIVA DE VIVIENDA 27 DE ABRIL LIMITADA Nº 213, califi cado con zonifi cación Residencial de Densidad Media “RDM”, y Comercio Zonal “CZ” de conformidad con la Ordenanza Nº 1099-MML, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y en consecuencia otorgar la libre disponibilidad de los mismos, por cuenta y costo de los propietarios del inmueble. Artículo 6º.- DISPONER; la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, por cuenta y costo de la Propietaria del inmueble. Artículo 7º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución de alcaldía a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones y demás áreas pertinentes de esta Corporación Edil, con conocimiento a la parte interesada. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1281633-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Ordenanza que aprueba los procedimientos, servicios administrativos brindados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite contenidos en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Comas ORDENANZA MUNICIPAL Nº 442/MC Comas, 3 de julio del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Comas en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; VISTO: El Dictamen de fecha 30 de junio del 2015 emitido por la Comisión Permanente de Regidores de la Comisión de Administración, Finanzas, Planificación y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Comas; el Informe Nº 133-2015-GPPR/MC, emitido por la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización; el Informe Nº 192-2015-GAJ-MDC, emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos; y, el Informe Nº 008-2015-GM/MC del Gerente Municipal; respecto del Proyecto de Ordenanza del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y los derechos administrativos contenidos en el mismo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado mediante Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 195º estipula que “Los Gobiernos Locales...son competentes para…Crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a Ley; Que, el Código Tributario en su artículo 60º establece “Los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modifi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley”; Que, el artículo 36º numeral 36.1 del de la Ley Nº