Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2016 (09/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Martes 9 de agosto de 2016 /

El Peruano

Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 021-2016-CONCYTEC-P, modificada a través de la Resolución de Presidencia Nº 062-2016-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva Nº 003-2016-CONCYTEC -OGPP "Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016" (en adelante, la Directiva); Que, mediante Oficio Nº 184-2016-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita la aprobación del otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, por un monto total de S/ 648,170.65 a favor de las personas jurídicas privadas ganadoras del Esquema Financiero EF 012 "Organización de Eventos de Promoción a la Innovación 2015" - Convocatoria 2015-II, del Esquema Financiero EF-012-2015-III: "Organización de Eventos de Promoción a la Innovación" - Convocatoria 2015III, del Esquema Financiero EF-011-2015-III: "Organización de Eventos Científicos y Tecnológicos" - Convocatoria 2015III, del Esquema Financiero EF-027 "I+D+i Internacional con CDTI España" - Convocatoria 2015, y del Esquema Financiero E046-2016-01 "Organización de Eventos de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CTI", conforme a lo dispuesto en las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 064 (precisada mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 121-2015-FONDECYT-DE), Nº 118, Nº 119, Nº 138, y Nº 174 -2015-FONDECYT-DE, y la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 064-2016-FONDECYT-DE, respectivamente; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 020-2016 -FONDECYT-UPP-UAJUSM, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por un monto total de S/ 648,170.65, a favor del Centro de Estudios Avanzados en Matemática y Ciencias Afines - CEAMAT - IMCA (S/ 3,520.85), la Universidad de Piura (S/ 1,815.27), Agro Industria San Antonio S.R.L. (S/ 213,688.93), la Universidad Católica San

Pablo (S/ 107,833.60), la Pontificia Universidad Católica del Perú (S/ 251,200.00) y la Universidad Continental S.A.C. (S/ 70,112.00), para cofinanciar proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalados en el referido Informe Técnico Legal. Los referidos órganos adjuntan los Certificados de Crédito Presupuestario N° 0000000156, Nº 0000000200, Nº 0000000233, Nº 0000000260 y Nº 0000000484, copias de las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 064 Nº 118, Nº 119, Nº 121, Nº 138 y Nº 174-2015-FONDECYT-DE, y de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 064-2016-FONDECYTDE, así como copias de los Convenios de Subvención Nº 048, Nº 066, Nº 072-2015-FONDECYT, del Convenio de Subvención Nº 001-2016-FONDECYT, y de los Contratos de Financiamiento Nº 072, Nº 073 y Nº 076-2016-FONDECYT; Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal Nº 020-2016-FONDECYT-UPPUAJ-USM, las disposiciones contenidas en las Bases de los mencionados Concursos, los citados Convenios Subvención y Contratos de Financiamiento, y en la normativa vigente sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 187-2016-CONCYTECOGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, concluyendo que la aprobación del otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas solicitadas por el FONDECYT se enmarcan en la Directiva y cuentan con disponibilidad presupuestal para ser atendidos hasta por el importe total de S/ 648,170.65, con el cual se cofinanciarán los proyectos en CTI señalados en el Informe Técnico Legal Nº 020-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM; Que, con el Informe Nº 144-2016-CONCYTEC-OGAJ, la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 020-2016 -FONDECYTUPP-UAJ-USM y en el Informe Nº 187-2016-CONCYTECOGPP, se ha cumplido con lo dispuesto en la Directiva; Con la visación del Secretario General, del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, por la suma total de S/ 648,170.65 (Seiscientos Cuarenta y Ocho Mil Ciento Setenta y 65/100 Soles); en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al detalle siguiente:

REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.

LA DIRECCIÓN

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