Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2016 (18/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Jueves 18 de agosto de 2016 /

El Peruano

Investigación y Desarrollo Tecnológico informa que la UIT en coordinación con el INICTEL-UNI está organizando el Taller "Tecnología para Mitigar los efectos de terremotos y Tsunamis y demostración del prototipo EWBS ante alerta de emergencia de tsunamis", a realizarse en Guayaquil del 12 al 13 de setiembre de 2016; Que, asimismo, en el Informe antes indicado, se solicita que se autorice la participación del Ing. Alejandro José Llanos García investigador especializado en temas de alerta temprana, en calidad de expositor técnico y se gestione la asignación de viáticos, adquisición de pasajes aéreos y seguro de viajero; Que, por Acuerdo N° 005.013.2016, adoptado en su Sesión Ordinaria, el Comité Directivo del INICTEL-UNI acordó: Autorizar, el viaje en comisión de servicios del Ing. Alejandro José Llanos García, en calidad de expositor en el Taller "Tecnología para Mitigar los efectos de terremotos y Tsunamis y demostración del prototipo EWBS ante alerta de emergencia de Tsunamis", a realizarse en Guayaquil ­ Ecuador del 11 al 14 de setiembre de 2016, periodo que considera días de desplazamiento, así como la adquisición de pasajes aéreos (Lima ­ Guayaquil ­ Lima) y asignación de viáticos (alojamiento, alimentación y transporte local) y seguros personales, gastos que cuentan con la respectiva disponibilidad presupuestal, conforme el marco normativo de la Ley de Presupuesto y en ese sentido, se remita la documentación pertinente al Pliego para la emisión de la Resolución Rectoral correspondiente. Exonerándose el presente acuerdo del requisito de aprobación del acta en la próxima sesión del Comité Directivo para su ejecución; Que, mediante Disponibilidad Presupuestal N° 0142016-DIDT del 16 de agosto de 2016, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, remite la Meta, Cadena de Gasto y Fuente de Financiamiento a las cuales se afectará la comisión de servicios; Que, la Directiva Nº 006-2009-INICTEL-UNI-DE "Procedimientos para la Programación, autorización y rendición de cuentas por viajes en Comisión de Servicios del INICTEL-UNI, señala en su numeral 6.2.2 que las comisiones del servicio al exterior que irroguen gastos al presupuesto del INICTEL-UNI, serán autorizadas por Resolución del Titular del Pliego y se publicarán en el diario oficial "El Peruano", antes del inicio de la comisión de servicios; De conformidad con lo previsto en el artículo 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, en vía de excepción, el viaje en Comisión de Servicios, del Ing. Alejandro José Llanos García, investigador especializado en temas de alerta temprana de la Dirección de Investigación y Desarrollo Tecnológico, a la ciudad de Guayaquil ­ Ecuador, del 11 al 14 de setiembre de 2016, para que participe como expositor técnico en el Taller "Tecnología para Mitigar los efectos de terremotos y Tsunamis y demostración del prototipo EWBS ante alerta de emergencia de tsunamis". Artículo Segundo.- Otorgar al Ing. Alejandro José Llanos García, servidor de la Dirección de Investigación y Desarrollo Tecnológico del INICTEL-UNI, el equivalente en nuevos soles del total de los montos que correspondan, para sufragar los gastos que irroguen su participación en la comisión de servicios referida en los considerandos de la presente Resolución, debiendo rendir cuenta documentada de lo gastado en un plazo no mayor de quince (15) días, al término de la referida comisión:
Meta Cadena de Gasto 0016 0016 0016 2.3.2.1.1.1 2.3.2.1.1.2 2.3.2.6.3.4 FF R.O R.O R.O Concepto Pasajes y Gastos de Transporte Viáticos y asignaciones por comisión de servicios Otros seguros personales Total Monto S/. 3,500.00 5,180.00 249.00 8,929.00

detalle contenido en el cuadro precedente y afectado a la Meta antes señalada. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje el Comisionado, deberá presentar ante el Comité Directivo de la Unidad Ejecutora 002 INICTEL-UNI, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante la comisión. Artículo Quinto.- Disponer que la Oficina de Administración de la Unidad Ejecutora 002 INICTEL-UNI publique la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad a lo establecido por el artículo 3° de la Ley N° 27619, con cargo a los recursos de dicha Unidad Ejecutora. Artículo Sexto.- Dar cuenta al Comité Directivo del INICTEL-UNI. Regístrese, comuníquese y archívese. JORGE ELÍAS ALVA HURTADO Rector ARMANDO BALTAZAR FRANCO Secretario General 1417141-1

Aprueban la Estructura Organizacional de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº CU-181-2016-UNSAAC Cusco, 17 de junio de 2016 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO VISTO, el Oficio Nº 238-2016-VRAD-UNSAAC, signado con el Nº 624135, presentado por el Dr. Manrique Borda Pilinco, Vicerrector Administrativo de la Institución, solicitando aprobación de la ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO, y; CONSIDERANDO: Que, mediante documento del Visto, el Señor Vicerrector Administrativo de la Institución, eleva la propuesta de Estructura Organizacional de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, como resultado del "Taller sobre Instrumentos de Gestión de la UNSAAC", llevado a efecto el día 28 de abril de 2016 en la localidad de Pisaq, autorizado por Resolución Nº R-0684-2016UNSAAC, organizado por el Vice Rectorado Administrativo y la Dirección de Planificación, Unidad de Organización y Métodos; Que, el Señor Vicerrector Administrativo, señala que la aprobación del referido documento de gestión resulta prioritario para la Institución, en tanto permitirá elaborar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el Manual de Organización y Funciones y el Cuadro de Asignación de Personal; que al no encontrarse vigentes viene provocando desorden en la distribución del recurso humano en la entidad; Que, la Estructura Orgánica constituye el conjunto de órganos interrelacionados racionalmente entre sí para cumplir funciones pre-establecidas que se orientan en relación con objetivos derivados de la finalidad asignada a la entidad, como se define en el Art. 5º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ROF, por parte de las entidades de la Administración Pública; Que, dicha norma legal, señala que la Estructura Orgánica de una entidad debe estar diseñada con criterios de simplicidad y flexibilidad que permitan el cumplimiento

Artículo Tercero.- Los gastos señalados en los artículos precedentes serán financiados de acuerdo al

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