Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2016 (19/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano / Viernes 19 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

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Secretarial N° 18-2016/SGEN/RENIEC (12ABR2016), dispone en su numeral 4.5 que el autenticador de firmas en Certificaciones de actas registrales ­ OREC, es el servidor facultado por el RENIEC a dar calidad de auténtica la Certificación de un Acta Registral; Que conforme lo dispone el artículo 25º del Reglamento de Organización y Funciones y Estructura Orgánica del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 73-2016/ JNAC/RENIEC (31MAY2016), la Secretaria General es el órgano de la Acta Dirección que se constituye en la máxima autoridad administrativa de la institución; por lo que al ser el pedido formulado por la Sub Gerencia de Servicios Especiales uno de carácter administrativo, corresponde a la Secretaria General emitir el correspondiente acto administrativo que así lo disponga; Que la presente Resolución debe ser puesta en conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; el artículo 25°, e inciso s) del artículo 26º del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 73-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la labor de autenticación de firmas de Registradores del Estado Civil en copias certificadas y constancias para el uso en el exterior a la señora Gabriela Milagros Campos Eugenio, de la Sub Gerencia de Servicios Especiales de la Gerencia de Operaciones Registrales, quien ejercerá dicha función a nivel nacional: Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales el cumplimiento de la presente Resolución Secretarial y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase. ANA CASTILLO ARANSAENZ Secretaria General 1417876-1 RESOLUCIÓN SECRETARIAL Nº 46-2016/SGEN/RENIEC Lima, 17 de agosto de 2016 VISTOS: Las Hojas de Elevación N° 164-2016/GOR/RENIEC (07JUL2016), Nº 000098-2016/GOR/RENIEC (18ABR2016) y N° 000149-2015/GOR/RENIEC (07MAY2015) emitidas por la Gerencia de Operaciones Registrales; el Informe Nº 000001-2016/SC/SGSE/RENIEC (01JUL2016), las Hojas de Elevación N° 000134-2016/OC/SGSE/RENIEC (13ABR2016), N° 000021-2015/GOR/SGSE/RENIEC (06MAY2015) y N° 000087-2015/OC/SGSE/RENIEC (04MAY2015), emitidas por la Sub Gerencia de Servicios Especiales de la Gerencia de Operaciones Registrales; la Hoja de Elevación N° 000032-2016/GAJ/SGAJR/ RENIEC (17MAY2016) y los Informes N° 000217-2016/ GAJ/SGAJR/RENIEC (19JUL2016), N° 000156-2016/ GAJ/SGAJR/RENIEC (13MAY2016), N° 000150-2016/ GAJ/SGAJR/RENIEC (11MAY2016) y Nº 000169-2015/ GAJ/SGAJR/RENIEC (13MAY2015), emitidos por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y las Hojas de Elevación N° 0004032016/GAJ/RENIEC (19JUL2016), Nº 000262-2016/GAJ/ RENIEC (17MAY2016), N° 000253-2016/GAJ/RENIEC (13MAY2016), N° 000246-2016/GAJ/RENIEC (11MAY2016) y Nº 000329-2015/GAJ/RENIEC (13MAY2015), emitidas por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que mediante la Ley N° 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), con

arreglo a los artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como un organismo constitucionalmente autónomo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera, encargada de organizar y mantener el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que conforme a lo dispuesto por Resolución Jefatural N° 001-99-JEF/RENIEC (04ENE1999), las certificaciones de Actas de Nacimiento, Matrimonio o Defunciones que expide el RENIEC, a través de las Oficinas del Registro de Estado Civil, requieren para su uso en el exterior, de la constancia de verificación de la firma del registrador que las expidió; Que la Gerencia de Operaciones Registrales mediante documento de vistos, hace de conocimiento el pedido formulado por la Sub Gerencia de Servicios Especiales de la Gerencia de Operaciones Registrales, a través del cual propone se autorice la labor de autenticación de firmas de Registradores del Estado Civil en copias certificadas de actas y constancias para usos en el exterior a la señora Ana Indira Mariño Arquiñigo, de la Sub Gerencia de Servicios Especiales, en reemplazo de la ex servidora Mariela Cecilia Haltenhof Rivas; quien ejercerá dicha función a nivel nacional; Que mediante Resolución Jefatural N° 106-2016/JNAC/ RENIEC (10AGO 2016), se dejó sin efecto la Resolución Jefatural N° 143-2008-JNAC/RENIEC (19MAR2008) que delegó la labor de autenticación de firmas de Registradores del Estado Civil en copias certificadas y constancias para uso en el exterior a la ex servidora Mariela Cecilia Haltenhof Rivas; Que la Guía de Procedimientos GP-391-GOR/ SGSE/001 "Autenticación de Firmas de Certificaciones de Actas Registrales y Constancias de No inscripción de Hechos Vitales y Actos Modificatorios del Estado Civil Certificadas por las Oficinas del Registro del Estado Civil (OREC), Primera Versión, aprobada por Resolución Secretarial N° 18-2016/SGEN/RENIEC (12ABR2016), dispone en su numeral 4.5 que el autenticador de firmas en Certificaciones de actas registrales ­ OREC, es el servidor facultado por el RENIEC a dar calidad de auténtica la Certificación de un Acta Registral; Que conforme lo dispone el artículo 25º del Reglamento de Organización y Funciones y Estructura Orgánica del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 73-2016/ JNAC/RENIEC (31MAY2016), la Secretaria General es el órgano de la Acta Dirección que se constituye en la máxima autoridad administrativa de la institución; por lo que al ser el pedido formulado por la Sub Gerencia de Servicios Especiales uno de carácter administrativo, corresponde a la Secretaria General emitir el correspondiente acto administrativo que así lo disponga; Que la presente Resolución debe ser puesta en conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; el artículo 25°, e inciso s) del artículo 26º del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 73-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la labor de autenticación de firmas de Registradores del Estado Civil en copias certificadas y constancias para el uso en el exterior a la señora Ana Indira Mariño Arquiñigo, de la Sub Gerencia de Servicios Especiales de la Gerencia de Operaciones Registrales, quien ejercerá dicha función a nivel nacional. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales el cumplimiento de la presente Resolución Secretarial y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase. ANA CASTILLO ARANSAENZ Secretaria General 1417876-2

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