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597226 NORMAS LEGALES Viernes 19 de agosto de 2016 / El Peruano improcedencia de lo solici tado, la exclusión y el archivo defi nitivo del Expediente; sobre el Acto Administrativo o Resolución cabe la presen tación de Impugnación, de Reconsideración y de Apelación en un plazo de quince (15) días hábiles. De ser favorable y de estar agotada las vacantes para formar grupos de personas seleccionadas como Pre-bene fi ciarios, el o los postulantes pasarán a formar parte integrante de la li sta de postulantes aptos en espera de una nueva oportunidad, de ser el caso. 2.- Terminada la fase de veri fi cación de requisitos el PROMUVI con el visto bueno de la Subgerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial de la Municipal idad Provincial “Mariscal Nieto”, procederá a la publicación y convocatoria del listado o Padrón De fi nitivo de Pre-bene fi ciarios. 3.- Terminada la fase de cali fi cación del Área de Adjudicación, se remitirá a la Subgerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acondicion amiento Territorial de la Municipalidad Provincial “ Mariscal Nieto” los resultados para su publicación en el térm ino de setenta y dos (72) horas la relación de candid atos aptos y por un plazo mínimo de siete (07) días cale ndario de publicado, vencido el plazo de no ser observad o, la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicion amiento Territorial de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto” emitirá a pedido de parte, en forma individu al la Resolución de Inscripción en el Padrón De fi nitivo y la Subgerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acond icionamiento Territorial procederá de O fi cio a la Inscripción de la Resolución del Padrón Defi nitivo, dando por co ncluido el procedimiento. 4.- En el caso de observaciones realizadas por terceros, previa veri fi cación o constatación la Municipalidad Provincial “Mari scal Nieto” procederá de acuerdo a lo establecido en el Numeral 1.3 del presente Artículo. Artículo 19º.- INSCRIPCIÓN EN EL PADRÓN DEFINITIVO: Terminada la fase de evaluación, el Pre - Bene fi ciario deberá solicitar la emisión de Resolución de Inscripción en el Padrón De fi nitivo. Requisitos:a) Solicitud de Resolución de Inscripción en Padrón Defi nitivo. b) Recibo de Pago por derecho de Trámite. Tramite:a) Se apertura con la presentación de solicitud por Mesa de Partes por el(los) bene fi ciario(s), quien(es) es el que puede tramitar y celebrar. b) De no mediar observación alguna, la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial emite la Reso lución de Inscripción en Padrón Defi nitivo. c) La Subgerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial queda facultada para otorgar fa cilidades al(los) bene fi ciario(s) que no pueda realizar el trámite en forma personal en caso de enfermedad o impedimento físicos. Artículo 20º.- SORTEO: La modalidad del sorteo se establecerá en las bases.El sorteo se realizará con la presencia de Notario Público quien dará fe del sorteo con el acta correspondiente. Una vez sorteado el lote, el bene fi ciario otorgará a la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto” la autorización expresa de desalojo administrativo y retiro de pertenencias mediante el Acta de Autorización de Reversión; asimismo, procederá a la suscripción del Acta de Autorización de Posesión entre el Representante de la Municipalidad auto rizado (Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondiciona miento territorial) y el Bene fi ciario. En el caso extraordinario, en el que al postulante se le asigne un lote que haya sido revertido y cuente con construcción consolida da y no esté en condiciones de pagar el valor de la tasación del lote y/o de consignar en el Banco de la N ación a nombre del Ex-bene fi ciario la valorización de la mejora consolidada, puede dejarse sin efecto y procederá a un nuevo sorteo en la misma fecha. Culminado el proceso de sorteo se publicará la relación de los bene fi ciarios con el no mbre del programa y/o sectorización y el número del lote asignado por sorteo. Artículo 21º.- ACTA DE AUTORIZACIÓN DE POSESIÓN: Es el procedimiento que tiene como objetivo formalizar la asignación y autorizar la posesión de un lote de terreno de libre disponibilidad o que haya sido revertido al dominio de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”, al bene fi ciario que ha participado del Sorteo y su tramitación se rige por lo siguiente: Requisitos:a) Solicitud de Acta de Au torización de Posesión. b) Recibo de Pago por derecho de Trámite. Trámite:a) Se apertura con la presentación de solicitud por Mesa de Partes por el(los) Bene fi ciario(es), quien(es) son los que pueden tramitar y celebrar el acto, dicho trámite deberá ser iniciado en un plazo perentorio de 07 días hábiles contados a partir de la publicación de los bene fi ciarios del sorteo públic o, caso contrario se dejará sin efecto la designación del lote de terreno sorteado mediante acto administrativo. b) Se aplicará el Silencio Administrativo Negativo si transcurrido los treinta (30) días hábiles posteriores a la fecha de inicio de trámite, no hubiera pronunciamiento por parte de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”. c) De no mediar observación alguna, se procede a la suscripción del Acta de Autorización de Posesión el(los) bene fi ciario(s) tendrán un plazo máximo de quince (15) días calendarios para instalarse en el lote asignado, a partir de los cuales ingresarán a una fase de observación de la posesión personal y continua del lote por el lapso de cuarenta y cinco (45) días calendario, la misma que será practicada con un mínimo de tres (03) inspecciones inopinadas por la Subgerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”. d) Asimismo, se suscribirá el Acta de Autorización de Reversión en el momento de la entrega del Acta de Autorización de posesión. e) La Subgerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial queda facultada para otorgar facil idades al(los) bene fi ciario(s) que no pueda realizar el trámite en fo rma personal en caso de enfermedad o impedimento físicos. Artículo 22º.- RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN: La Resolución de Adjudicación es un título provisorio que se otorga a pedido de parte, dich a solicitud debe realizarse hasta antes de lo s cuarenta y cinco (45) días hábiles de haber recibido el Acta de Autorización de Posesión, siendo indispensable cu mplir con las siguientes condiciones: a) Solo los bene fi ciarios del procedimiento administrativo pueden tramitar y celebrar los actos de adjudicación. b) Contar con el Acta de Autorización de Posesión.c) Haber suscrito el Acta de Autorización de Reversión.d) Residir o tener posesión en forma personal y continua en el lote de terr eno que le fuera autorizado. e) Contar con documento nacion al de identidad - DNI, en el cual acredite tener como domicilio el ámbito de aplicación del Plan Director. f) Haber efectuado el pago del valor del terreno que se adjudica y/o haber suscrito el correspondiente contrato de compromiso de pagos en caso de que el pago se realice a plazo d eterminado, siendo el plazo máximo de un año p ara la cancelación total del valor del terreno. g) El adjudicatario debe rá estar registrado como contribuyente en la Municip alidad correspondiente del lote adjudicado.