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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2016 (19/08/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 9

597131 NORMAS LEGALES Viernes 19 de agosto de 2016 El Peruano / Con el visado de la Secretaria General, del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley N° 30373, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC y la Resolución Ministerial N° 471-2015-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptación Aceptar y agradecer la donación dineraria por la suma de Seiscientos once mil seiscientos cincuenta y nueve con 46/100 Soles (S/ 611 659.46) correspondiente a los desembolsos efectuados por el Fondo General Contravalor Perú - Japón en el marco del Contrato de Financiamiento y Adendas suscritas con el Ministerio de Cultura en relación al Proyecto “Construcción y Equipamiento del Centro Internacional de Investigación, Conservación y Restauración y Museografía del Museo Nacional Chavín”. Artículo 2.- Incorporación Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 003: Ministerio de Cultura, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Cultura – Administración General para el Año Fiscal 2016, en la Fuente de Financiamiento 4 Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de SEISCIENTOS ONCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 00/100 SOLES (S/ 611 659.00) de acuerdo al detalle siguiente: INGRESOS En Soles Fuente de Financiamiento : 4 Donaciones y Transferencias Rubro : 13 Donaciones y TransferenciasUnidad Ejecutora : 001 Ministerio de Cultura – Administración General1.4 Donaciones y transferencias1.4.1 Donaciones y transferencias corrientes1.4.1.1 De Gobiernos extranjeros 1.4.1.1.5 De Fondos Contravalor o de Desarrollo Binacional 1.4.1.1.5.2 Fondo Contravalor Perú – Japón 611 659.00 TOTAL INGRESOS 611 659.00 =========EGRESOS En Soles Categoría Presupuestal : 9002 Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en ProductosProyecto : 2031715 Museo Nacional de ChavínAcción de Inversión / Obra : 4000128 Instalación de Infraestructura CulturalFuente de Financiamiento : 4 Donaciones y Transferencias Gastos de Capital 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 611 659.00 TOTAL EGRESOS 611 659.00 ========= Artículo 3.- Codi fi cación La O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. Artículo 4.- Notas para Modi fi cación Presupuestaria La O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, instruirá a la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Cultura – Administración General del Pliego 003: Ministerio de Cultura, para que elabore las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 5.- Presentación de la Resolución Copia de la presente Resolución se presenta dentro de los cinco (05) días de aprobada, a los Organismos señalados en el artículo 23 numeral 23.2 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Cultura 1418037-1 DEFENSA Autorizan viaje de Coronel EP a la Confederación Suiza, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 256-2016-DE/ Lima, 18 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil (DSD-SCD) N° 574 del 15 de julio de 2016, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita designar un representante del Ministerio de Defensa para que participe en la Segunda Conferencia de los Estados Parte del Tratado sobre el Comercio de Armas (TCA) que se llevará a cabo en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 22 al 26 de agosto de 2016; Que, en la mencionada Conferencia los representantes de los Estados Parte, participarán en el debate general y adoptarán una serie de decisiones relativas a la implementación del Tratado y su mecanismo de seguimiento, el cual incluye la cooperación y asistencia internacional, presentación de informes iniciales y anuales, universalización del TCA y preparación de la Tercera Conferencia, entre otros aspectos de importancia; Que, siendo la mencionada actividad de interés institucional, mediante O fi cio N° 298-2016-MINDEF/ VRD/B/01 del 27 de julio de 2016, el Director General de Recursos Materiales, propone la participación del Coronel EP Guillermo Enrique BUSTAMANTE VALDERRAMA, por lo que es necesario autorizar el viaje al exterior del mencionado O fi cial Superior; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016 del Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administración General, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión ofi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando es a otro continente; Que, de conformidad con el itinerario de los vuelos internacionales y con el fi n de facilitar la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad, es necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación y el retorno un (1) día después de culminado el mismo;