Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2016 (04/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Domingo 4 de diciembre de 2016 /

El Peruano

Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0052-2015-MINAGRI, de fecha 06 de febrero de 2015, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 07 de febrero de 2015, se designó al señor Werner Cabrera Campos, en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jaén ­ San Ignacio ­ Bagua, del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo al cual ha formulado renuncia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el señor Werner Cabrera Campos, al cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jaén ­ San Ignacio - Bagua del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, al señor Ingeniero Agrónomo Edim Galvani Dávila Cajo, en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jaén ­ San Ignacio ­ Bagua, del Ministerio de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1460094-2

y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; Que, el numeral 201.1 del artículo 201 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, precisando que la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 011-2012JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modificado por el Decreto Legislativo N° 1232, Decreto Legislativo que modifica diversos artículos y Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo 1049, Decreto Legislativo del Notariado; y, la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0207-2016-JUS, del 27 de julio de 2016, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1.- Nombrar al señor abogado Dámaso Samuel Bellido Salcedo como notario del distrito de Picsi, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, distrito notarial de Lambayeque, debiendo expedirse para tal efecto el Título correspondiente." Artículo 2.- Dejar subsistente todo lo demás que contiene la Resolución Ministerial N° 0207-2016-JUS, del 27 de julio de 2016. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de Lambayeque y al interesado, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1460095-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Modifican el artículo 1 de la R. M. N° 02072016-JUS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0351-2016-JUS Lima, 1 de diciembre de 2016 VISTOS, el escrito presentado por el señor notario Dámaso Samuel Bellido Salcedo, el Informe Nº 255-2016-JUS-CN/ST, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado, el Oficio N° Oficio Nº 1653-2016JUS/CN/P, de la Presidenta del Consejo del Notariado y el Informe Nº 1067-2016-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0207-2016JUS, del 27 de julio de 2016, se nombró al señor Dámaso Samuel Bellido Salcedo, como notario del distrito de Picsi, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, distrito notarial de Lambayeque; Que, mediante escrito del 23 de agosto de 2016, el mencionado notario solicitó rectificar la indicada resolución, en el sentido que su primer nombre fue consignado como Damaso, siendo lo correcto Dámaso. Así, de la fotocopia legalizada del Documento Nacional de Identidad ­ DNI y la fotocopia simple de la partida de nacimiento, asentada el 04 de octubre de 1963, se puede apreciar que el nombre del citado notario es Dámaso Samuel Bellido Salcedo; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo, que tenga eficacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados

PRODUCE
Suspenden actividades extractivas del recurso anchoveta y anchoveta blanca
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 467-2016-PRODUCE Lima, 2 de diciembre de 2016 VISTOS: El Oficio N° 1049-2016-IMARPE/DEC del Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE y el Informe N° 430-2016-PRODUCE/DGP-Diropa de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, en adelante la Ley, en su artículo 2 establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación y que en consecuencia corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional;

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