Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2016 (04/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

REQUISITOS

Nº DE ORDEN

DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD CALIFICACIÓN DERECHO DE INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE PLAZO AUTORIDAD TRAMITACIÓN RECURSOS Evaluación Previa INICIO DE PARA COMPETENTE PARA PROCEDIMIENTO Automático Formulario / RESOLVER RESOLVER En % UIT En S/ Positivo Negativo RECONSIDERACIÓN APELACIÓN Número y denominación Ubicación

-Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, Art. 5º (22.12.2011).

D) Por otros motivos:

6. Cuando la actualización o modificación de datos y la baja de registros se realice por otros motivos -D.S. N°15-2010-TR , modifica Decreto Supremo Nº distintos al fallecimiento, se solicitará copia simple 018-2007-TR, Art.2º (18.12.2010). legible de los documentos que sustenten la actualización/modificación o baja, según corresponda. D.S. Nº 008-2011-TR, aprueban normas de adecuación al T-REGISTRO y PLAME.

El Peruano / Domingo 4 de diciembre de 2016

-Resolución N° 013-GCASEG-ESSALUD-2009, Art. 3° numeral 3.1 (01.10.2009).

-Resolución N° 24-GCAS-ESSALUD-2011, Art. 1° (22.07.2011).

-Resolución N° 30-GCAS-ESSALUD-2011, Art. 1° (05.10.2011).

-Resolución N° 001-GCAS-ESSALUD-2014, Art. 1°, modificado por

-Resolución Nº 12-GCSPE-ESSALUD-2015 (4.05.2015).

NORMAS LEGALES

-Resolución N° 28-GCSPE-ESSALUD-2015, Art. 1° (07.10.2015).

-Resolución N° 37-GCSPE-ESSALUD-2015 (27.11.2015).

-Resolución N° 49-GCSPE-ESSALUD-2015 (25.01.2016).

-Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Art. 26º (12.07.1995); Art. 37º modificado por Ley Nº 30338, Ley que modifica diversas leyes sobre el registro de la dirección domiciliaria, la certificación domiciliaria y el cierre del padrón electoral (27.08.2015).

Nota:

(1) El Registro incluye el alta, la actualización de datos y baja.

605809

(2)El Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes del Seguro Regular y Seguro de Salud Agrario Dependiente, debe ser realizado por la Entidad Empleadora a través del Aplicativo T-REGISTRO establecido por SUNAT. Las Oficinas de Seguros y Prestaciones Económicas sólo realizarán el procedimiento de registro de manera excepcional, cuando la información de los asegurados titulares y derechohabientes no se encuentre registrada en los sistemas de ESSALUD o los datos relacionados con el aseguramiento estén incompletos y dicha situación ocasione dificultad para las prestaciones que brinda ESSALUD.

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